Resolución número 000193 de 2015, por la cual se establece el Plan Anual de Bienestar Social, Estímulos y Capacitación de los servidores públicos que prestan los servicios en la Justicia Penal Militar - Ministerio de Defensa Nacional para la vigencia 2015 - 24 de Julio de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 579303318

Resolución número 000193 de 2015, por la cual se establece el Plan Anual de Bienestar Social, Estímulos y Capacitación de los servidores públicos que prestan los servicios en la Justicia Penal Militar - Ministerio de Defensa Nacional para la vigencia 2015

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín49583

La Directora Ejecutiva de la Justicia Penal Militar, en uso de las facultades legales conferidas por el artículo 77 del Decreto número 1227 de 2005, en el artículo 56 del Decreto-ley 1792 de 2000, en los numerales 8 y 10 del artículo 26 del Decreto número 1512 de 2000, artículos 70 y 71 del Decreto número 091 de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 33 de la Ley 734 de 2002, señala como derechos de todo servidor público, entre otros el de recibir capacitación para el mejor desempeño de sus funciones, participar en todos los programas de bienestar social que para los servidores públicos y sus familiares establezca el Estado, tales como los de vivienda, educación, recreación, cultura, deporte, vacacionales y disfrutar de estímulos e incentivos conforme a las disposiciones legales o convencionales vigentes.

Que el Decreto número 091 de 2007, en el Capítulo VII en sus artículos 70 y 71, establece el deber de adoptar programas de inducción por el jefe del órgano o por quien este delegue y los parámetros generales de los programas de estímulos, bienestar y capacitación, dirigidos a los servidores públicos del sector defensa.

Que en virtud de lo antes expuesto, se hace necesario para la Dirección Ejecutiva de la Justicia Penal Militar (MDN), establecer mediante acto administrativo el Plan Anual de Bienestar Social, Estímulos y Capacitación de los servidores públicos que prestan los servicios en el Ministerio de Defensa Nacional - Justicia Penal Militar para la vigencia 2015,

RESUELVE:

Artículo 1º Campo de aplicación.

Serán beneficiarios del Plan de Bienestar Social, Estímulos y Capacitación, en sus diferentes programas, los cuales se indican en la presente resolución, los servidores públicos que prestan sus servicios en la Justicia Penal Militar -Ministerio de Defensa Nacional y sus familias.

Artículo 2º Políticas.

El Plan Anual de Bienestar Social, Estímulos y Capacitación de los servidores públicos que prestan sus servicios en la Justicia Penal Militar - Ministerio de Defensa Nacional está orientado por las siguientes políticas generales:

a) Los planes y programas deberán responder tanto a los requerimientos e intereses de la Justicia Penal Militar como de los servidores públicos y sus familias.

b) El Grupo de Administración de Personal y el Grupo Escuela de Justicia Penal Militar son los encargados de consolidar, elaborar y presentar a la Dirección Ejecutiva la propuesta de programas para el desarrollo del PlanAnual de Bienestar Social, Estímulos y Capacitación.

Parágrafo. Para efectos de esta resolución, cuando se haga referencia a los servidores públicos que prestan sus servicios en la Justicia Penal Militar se entiende que se hace referencia a quienes ocupan cargos de la planta de personal de la Justicia Penal Militar - Ministerio de Defensa Nacional y al personal uniformado y personal civil de la Fuerza Pública que se encuentre trasladado o en comisión a la Justicia Penal Militar - Ministerio de Defensa Nacional.

Artículo 3º Sujeción a las apropiacionespresupuestales.

En todo caso, la ejecución de los programas del Plan Anual de Bienestar Social, Estímulos y Capacitación, estará sujeta al presupuesto que se asigne para la actual vigencia.

Artículo 4º Objetivos generales del Plan de Bienestar Social, Estímulosy Capacitación.

Los objetivos generales del Plan Anual de Bienestar Social, Estímulos y Capacitación, son:

a) Propiciar condiciones en el ambiente de trabajo que favorezcan el desarrollo de la creatividad, la identidad, la participación y la seguridad laboral de los servidores públicos que prestan sus servicios en el Ministerio de Defensa Nacional - Justicia Penal Militar, así como la eficacia, la eficiencia y la efectividad en su desempeño.

b) Fomentar la aplicación de estrategias y procesos en el ámbito laboral que contribuyan al desarrollo del potencial personal de los servidores públicos que prestan sus servicios en el Ministerio de Defensa Nacional - Justicia Penal Militar, a generar actitudes favorables frente al servicio público y al mejoramiento continuo de la organización, para el ejercicio de su función social.

c) Desarrollar valores organizacionales en función de una cultura del servicio público que privilegie la responsabilidad social y la ética administrativa, de tal forma que genere el compromiso institucional y el sentido de pertenencia e identidad.

d) Contribuir, a través de acciones participativas basadas en la promoción y la prevención, a la construcción de un mejor nivel educativo y recreativo de los servidores públicos que prestan sus servicios en el Ministerio de Defensa Nacional - Justicia Penal Militar.

e) Promover el desarrollo integral del talento humano y el afianzamiento de una ética del servicio público.

f) Fortalecer la capacidad, tanto individual como colectiva, de aportar conocimientos, habilidades y actitudes para el mejor desempeño laboral y para el logro de los objetivos institucionales.

Artículo 5º Conformación del Comité de Bienestar Social, Estímulos y Capacitación.

El Comité de Bienestar Social, Estímulos y Capacitación de los servidores públicos que prestan sus servicios en la Justicia Penal Militar - Ministerio de Defensa Nacional, estará integrado por:

El Coordinador del Grupo de Administración de Personal, quien lo presidirá.

El Coordinador del Grupo Logístico Administrativo y Financiero.

El Coordinador del Grupo de Asesoría Legal.

El Coordinador del Grupo de la Escuela de Justicia Penal Militar.

El Coordinador del Grupo de Desarrollo y Gestión.

El encargado del programa de Bienestar Social, Estímulos y Capacitación, quien será orgánico del Grupo de Administración de Personal.

Artículo 6º Funciones del Comité de Bienestar Social, Estímulos y Capacitación.

Son funciones del Comité de Bienestar Social, Estímulos y Capacitación:

a) Evaluar y aprobar las solicitudes para apoyo educativo, como estímulo y desarrollo del potencial de los servidores públicos que prestan sus servicios en el Ministerio de Defensa Nacional - Justicia Penal Militar y sus familias, generando un buen ambiente organizacional.

b) Evaluar y aprobar las solicitudes de apoyo para la realización de estudios con los que se obtenga el título de técnico, tecnólogo, en pregrado o posgrado, de los servidores públicos que prestan sus servicios en el Ministerio de Defensa Nacional - Justicia Penal Militar, de acuerdo a necesidades institucionales identificadas por la Dirección Ejecutiva de la Justicia Penal Militar.

c) Analizar e iniciar las acciones a que haya lugar por incumplimiento de los deberes y obligaciones a cargo de los servidores públicos que hayan accedido a los diferentes programas del Plan Anual de Bienestar Social, Estímulos y Capacitación.

Artículo 7º Secretario del Comité de Bienestar Social, Estímulos y Capacitación.

Actuará como Secretario del Comité de Bienestar Social, Estímulos y Capacitación de la Justicia Penal Militar - Ministerio de Defensa Nacional, el funcionario encargado del Plan de Bienestar Social, Estímulos y Capacitación, quien tendrá las siguientes funciones:

a) Levantar las actas de cada reunión del Comité de Bienestar Social, Estímulos y Capacitación.

b) Recibir y revisar previamente a la realización de las reuniones del Comité de Bienestar Social, Estímulos y Capacitación, la documentación aportada por los funcionarios para aplicar a cada programa. En caso de no ajustarse a los requisitos contemplados en la presente resolución la secretaría deberá efectuar la devolución.

c) Comunicar y preparar los documentos pertinentes, una vez sean aprobadas las solicitudes de apoyo por el Comité de Bienestar Social, Estímulos y Capacitación.

d) Informar a los servidores públicos sobre la aprobación o rechazo de sus solicitudes.

e) Informar al Comité de Bienestar Social, Estímulos y Capacitación respecto de los incumplimientos de los servidores públicos en los programas.

f) Hacer el seguimiento de las situaciones administrativas de los servidores públicos beneficiarios de...

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