Resolución número 0004413 de 2014, por la cual se establecen los requisitos para la aprobación, certificación de la viabilidad técnica y financiera de los proyectos de estudios y diseños, construcción, rehabilitación, mantenimiento, mejoramiento, ampliación, interventoría, equipos y bienes relacionados con la infraestructura de transporte y su seguimiento - 7 de Enero de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 552107714

Resolución número 0004413 de 2014, por la cual se establecen los requisitos para la aprobación, certificación de la viabilidad técnica y financiera de los proyectos de estudios y diseños, construcción, rehabilitación, mantenimiento, mejoramiento, ampliación, interventoría, equipos y bienes relacionados con la infraestructura de transporte y su seguimiento

EmisorMinisterio de Transporte
Número de Boletín49387

La Ministra de Transporte, en ejercicio de las facultades legales, en especial las conferidas por los artículos 59 de la Ley 489 de 1998, 2 numeral 2.2 del Decreto número 087 de 2011, y del Decreto número 2048 de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto número 2048 del 16 de octubre de 2014, se estableció una línea de redescuento con tasa compensada a través de la Financiera de Desarrollo S. A. (Findeter), para promover el desarrollo de la infraestructura del sector transporte en todas las regiones del país;

Que el mencionado decreto establece que los recursos de esta línea se destinarán a financiar todas las inversiones relacionadas con el estudio y diseño, construcción, rehabilitación, mantenimiento, mejoramiento, ampliación, interventoría, equipos y bienes requeridos para el desarrollo de la operación de los sectores elegibles, dotación, operación y mantenimiento en todos los sectores establecidos en artículo 1º del citado decreto;

Que el artículo 3º ibídem establece que las operaciones de redescuento se podían otorgar hasta el 31 de diciembre 2018;

Que el artículo 6º del Decreto número 2048 de 2014 establece: "La viabilidad técnica y financiera de los proyectos estará a cargo del Ministerio o Entidad correspondiente.

El Ministerio o la entidad que de la viabilidad del proyecto establecerá los mecanismos que permitan realizar el seguimiento de los recursos asignados a los proyectos financiados con la línea de redescuento con tasa compensada, así como al cumplimiento de las condiciones de la misma, y efectuar el control y seguimiento de sus beneficiarios...";

Que por lo anterior, deben establecerse los requisitos para que las Direcciones de Infraestructura y Transporte y Tránsito del Ministerio de Transporte, la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), el Instituto Nacional de Vías (Invías) y la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil), dentro del marco de sus competencias, aprueben y certifiquen la viabilidad técnica y financiera para los proyectos de estudios y diseños, construcción, rehabilitación, mantenimiento, mejoramiento, ampliación, interventoría, equipos y bienes requeridos para el desarrollo de la operación en todos los sectores relacionados con la infraestructura de transporte;

Que para efectos del seguimiento de los proyectos establecidos en el artículo 6º antes referenciado, se hace necesario definir los mecanismos y condiciones que aseguren el adecuado uso de los recursos asignados a los proyectos financiados con la línea de redescuento con tasa compensada, así como el cumplimiento de las condiciones de la misma y efectuar el control y seguimiento de sus beneficiarios;

Que el contenido de la presente resolución fue publicado en la página web del Ministerio de Transporte, en cumplimiento de lo determinado en el literal 8 del artículo de la Ley 1437 de 201 1, desde el día 27 hasta el 29 de diciembre de 2014, con el objeto de recibir opiniones, sugerencias o propuestas alternativas;

Que los comentarios recibidos fueron evaluados, atendidos y los pertinentes fueron incorporados en el contenido del presente acto administrativo;

En mérito de lo anteriormente expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º

Establecer los requisitos para la aprobación y certificación de la viabilidad técnica y financiera de los proyectos de estudios y diseños, construcción, rehabilitación, mantenimiento, mejoramiento, ampliación, interventoría, equipos y bienes requeridos para el desarrollo de la infraestructura de transporte definida en el artículo 4º de la Ley 1682 de 2013, o de las normas que la modifiquen, sustituyan o adicionen, para...

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