Resolución número 0004430 de 2014, por medio de la cual se amplían los plazos determinados en el artículo 15 de la Resolución 3157 de 17 de octubre de 2014y si dicta un disposición - 6 de Enero de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 551850526

Resolución número 0004430 de 2014, por medio de la cual se amplían los plazos determinados en el artículo 15 de la Resolución 3157 de 17 de octubre de 2014y si dicta un disposición

EmisorMinisterio de Transporte
Número de Boletín49386

La Ministra de Transporte, en ejercicio de las facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 1º de la Ley 769 de 2002 modificado por el artículo 1º de la Ley 1383 de 2010 y el artículo 6º numerales 6.1 y 6.2 del Decreto 087 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución 3157 de 17 de octubre de 2014, se reglamente el registro de la maquinaria perteneciente a las subpartidas 8429.11.00.00, 8429.19.00.00, 8429.51.00.00, 8429.52.00.00, 8429.59.00.00 y 8905:10.00.00 del arancel de aduanas, permitir el traslado o movilización de la maquinaria, sus partes, los horarios, las vías terrestres, fluviales, marítimas y el procedimiento y requisitos para llevar a cabo la expedición de la Guía de movilización o tránsito de la maquinaria.

Que el artículo 15 de la resolución ibídem, señaló:

"Artículo 15. A partir de la entrada en vigencia de la presente resolución, los fabricantes, ensambladores, importadores, propietarios y/o locatarios de la maquinaria que haya ingresado a territorio colombiano con posterioridad a la fecha de entrada en vigencia del Decreto 2261 de 2012, tendrán hasta el 31 de diciembre de 2014 para instalar el sistema de posicionamiento global (GPS) u otro dispositivo de seguridad y monitoreo electrónico, llevar a cabo el registro ante los organismos de tránsito y obtener la guía de movilización o tránsito de las maquinarias descritas en las subpartidas arancelarias 8429.11.00.00, 8429.19.00.00, 8429.51.00.00, 8429.52.00.00, 8429.59.00.00y 8905.10.00.00.

El propietario de la maquinaria que haya sido importada con anterioridad a la expedición del Decreto 2261 de 2012 Y que no cuente con sistema de posicionamiento global (GPS) u otro dispositivo de seguridady monitoreo electrónico, que no haya sido registrada en el sistema RUNT y no cuente con Guía de Movilización o Tránsito del equipo, deberán registrarla en un plazo no superior a 6 meses a partir de la publicación de la presente resolución, so pena de las sanciones establecidas en el parágrafo 2º del artículo e inciso 2 del artículo del Decreto 723 de 2014".

Que a la fecha, los importadores de la maquinaria perteneciente a las subparti-das 8429.11.00.00, 8429.19.00.00, 8429.51.00.00, 8429.52.00.00, 8429.59.00.00 y...

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