Resolución número 0005748 de 2016, por la cual se modifica el numeral 1 del artículo 12 de la Resolución 12379 de 2012, modificado por el artículo 3º de la Resolución 2501 de 2015y se dictan otros disposiciones - 28 de Diciembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 656478573

Resolución número 0005748 de 2016, por la cual se modifica el numeral 1 del artículo 12 de la Resolución 12379 de 2012, modificado por el artículo 3º de la Resolución 2501 de 2015y se dictan otros disposiciones

EmisorMinisterio de Transporte
Número de Boletín50100

El Ministro de Transporte, en ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 1º de la Ley 769 de 2002, modificado por el artículo 1º de la Ley 1383 de 2010, y los numerales 6.1 y 6.2 del artículo 6º del Decreto 087 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que el inciso 3º del artículo de la Ley 769 de 2002, modificado por el artículo 1º de la Ley 1383 de 2010, señala que:

" Artículo 1 º. Ámbito de aplicación y principios. (... ) Le corresponde alMinisterio de Transporte como autoridad supremo de tránsito definir, orientar, vigilar e inspeccionar lo ejecución de lo política nacional en materia de tránsito."

Que con el fin de brindar al usuario una herramienta legal que le permitiera tener claridad y certeza sobre los requisitos establecidos y los procedimientos diseñados, para adelantar ante los organismos de tránsito, los trámites relacionados con el Registro Nacional Automotor, Registro Nacional de Remolques y Semirremolques y Registro Nacional de Conductores, mediante Resolución 12379 de 2012, el Ministerio de Transporte adoptó los procedimientos y se establecieron los requisitos para adelantar los trámites ante los organismos de tránsito.

Que la citada Resolución 12379 de 2012 en su artículo 6º, adoptó el "Formato Único de Solicitud de Trámites", el cual es necesario para registrar la propiedad de un vehículo ante el Organismo de Tránsito donde esté registrado y deberá estar firmado por vendedor y comprador.

Que igualmente la Resolución ibídem, establece como requisito la toma y presentación de improntas de los vehículos para la realización de algunos trámites ante los organismos de tránsito.

Que teniendo en cuenta las solicitudes presentadas por fedeleasing, respecto a la revisión del proceso de traspaso de vehículos adquiridos a compañías de financiamiento comercial o instituciones financieras bajo la figura de contrato de arrendamiento financiero con opción de compra, para que en los eventos en los cuales se ejerza la opción de compra por parte del locatario, el trámite de traspaso se realice de forma unilateral.

Que adicionalmente, con la aparición en el mercado de nuevas marcas y líneas, se han establecido...

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