Resolución número 00110 de 2015, por la cual se establecen los mecanismos para la creacion, modificacion, actualizacion y seguimiento al Plan Anual de Adquisiciones - 3 de Septiembre de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 582050142

Resolución número 00110 de 2015, por la cual se establecen los mecanismos para la creacion, modificacion, actualizacion y seguimiento al Plan Anual de Adquisiciones

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial para la Consolidación Territorial
Número de Boletín49624

El Director General de la Unidad Administrativa Especial para la Consolidación Territorial, en ejercicio de las facultades legales establecidas en el numeral 14 del artículo 11 del Decreto 4161 del 3 de noviembre de 2011 y en cumplimiento a lo establecido artículo 1º del Decreto 4836 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que la elaboración del Plan Anual de Adquisiciones es el primer eslabón de una cadena de actuaciones que realiza la Unidad Administrativa Especial para la Consolidación Territorial, tendiente a una eficiente administración de sus recursos, a través una planeación estratégica que permita suplir las necesidades de la entidad, dando aplicabilidad, tanto a las normas contractuales como presupuestales. Así las cosas, el Plan Anual de Adquisiciones de la Entidad, es el programa detallado que involucra todas las modalidades de contratación que se ejecutarán durante el ejercicio presupuestal correspondiente a la vigencia 2015 y posteriores, evidenciando la planeación realizada frente al cubrimiento de sus necesidades, en cuanto a la adquisición de bienes, servicios u obras que requiere contratar la Unidad Administrativa Especial para la Consolidación Territorial, para el cabal cumplimiento de sus funciones y objetivos, de acuerdo con las apropiaciones presupuestales, independientemente del rubro que se afecte.

Los objetivos fundamentales del Plan Anual de Adquisiciones, serán los siguientes:

· Contar con una herramienta de planeación, control y retroalimentación que genere la debida información, para la toma de decisiones frente a los procesos de adquisición de bienes y/o servicios que requiera la entidad.

· Informar a la ciudadanía en general sobre los procesos de contratación que se adelantarán, evidenciado su objeto, presupuesto, modalidad de selección y cronograma.

· Garantizar los principios de transparencia, economía, eficacia, eficiencia, publicidad y responsabilidad, por los cuales se rige la contratación pública, permitiendo una mayor pluralidad de oferentes.

Mediante lo enunciado anteriormente, la entidad da cumplimiento a lo establecido en el estatuto de contratación pública, en particular las que le confieren el artículo 189, numeral 11 de la Constitución Política y la Ley 80 de 1993, la Ley 590 de 2000, la Ley 816 de 2003, la Ley 1150 de 2007, la Ley 1450 de 2011, la Ley 1474 de 2011, el Decreto-ley 019 de 2012 y a la Circular Externa número 2 de 16 de agosto de 2013 de Colombia Compra Eficiente, sus decretos reglamentarios, y demás normas contractuales vigentes, como a sus procesos y procedimientos internos.

Que en virtud de lo anterior,

RESUELVE:

CAPÍTULO PRIMERO Artículos 1 a 6

Del Comité de Adquisiciones

Artículo 1º Creación.

Por el cual se crea al interior de la Unidad Administrativa Especial para la Consolidación Territorial el Comité de Adquisiciones, como instancia asesora que apoya al ordenador del gasto, encargado principalmente de conocer y emitir recomendaciones sobre la distribución interna de los rubros presupuestales, Inversión y Funcionamiento;

Artículo 2º Composi...

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