Resolución número 001621 de 2015, por medio de la cual se autoriza el certificado de funcionamiento y/o habilitación de Alianza Medellín-Antioquia EPS S.A.S. - Savia Salud EPS (NIT 900.604.350-0) - 23 de Septiembre de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 583243062

Resolución número 001621 de 2015, por medio de la cual se autoriza el certificado de funcionamiento y/o habilitación de Alianza Medellín-Antioquia EPS S.A.S. - Savia Salud EPS (NIT 900.604.350-0)

EmisorSuperintendencias - Superintendencia Nacional de Salud
Número de Boletín49644

El Superintendente Nacional de Salud, en ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el artículo 180 de la Ley 100 de 1993, el numeral 1 del artículo 3º del Decreto 1485 de 1994, el artículo 29 del Decreto 1011 de 2006, el artículo 10 del Decreto 2702 de 2014, el numeral 15 del artículo del Decreto 2462 de 2013 y previos los siguientes antecedentes y considerandos,

ANTECEDENTES:

  1. Que mediante la Resolución 223 del 27 de febrero de 1996 la Superintendencia Nacional de Salud (en adelante solo SNS) aprobó a la Caja de Compensación Familiar de Antioquia (Comfama), para administrar los recursos del Régimen Subsidiado, con el objeto de garantizar la prestación del Plan Obligatorio de Salud Subsidiado en la zona geográfica de su influencia, en los términos del Acuerdo 23, emanado por el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud y el Decreto 2357 de 1995.

  2. Que mediante Resolución 920 del 8 de julio de 2008, la SNS habilitó a la Caja de Compensación Familiar de Antioquia (Comfama), para la operación del programa de Régimen Subsidiado de Salud en distintos municipios del Departamento de Antioquia. Acorde con lo expresado en el artículo 1º, para la fecha en que fue expedida la citada Resolución, dicha entidad contaba con 376.209 afiliados activos. En el mismo acto administrativo se autorizó una ampliación de la capacidad de afiliación de 238.000 cupos, consolidando una capacidad total autorizada de 620.000 cupos de afiliación.

  3. Que mediante la Resolución 798 de 30 de marzo de 2012, la SNS resolvió autorizar la Alianza número 001 del 30 de marzo de 2012, suscrita entre el Departamento de Antioquia, el municipio de Medellín y el Programa de Entidad Promotora de Salud del Régimen Subsidiado (EPSS) de la Caja de Compensación Familiar de Antioquia (Comfama), con la finalidad de garantizar la continuidad de la afiliación en el régimen subsidiado del Departamento de Antioquia, de la población afiliada a los programas de la Entidad Promotora de Salud del Régimen Subsidiado (EPSS) de la Caja de Compensación Familiar Comfenalco Antioquia y de Cafesalud S.A., retirados del Departamento de Antioquia, cuya administración estaría en cabeza del Programa de Entidad Promotora de Salud del Régimen Subsidiado (EPSS) de la Caja de Compensación Familiar de Antioquia (Comfama). En la misma Resolución se dispuso aprobar la ampliación de la capacidad de afiliación de dicha entidad en 870.000 cupos de afiliación presentando una capacidad total autorizada de 1.490.000 cupos de afiliación.

  4. Que mediante la Resolución 2333 de 30 de julio de 2012, la SNS autorizó prorrogar el término de duración de la Alianza y aprobó la ampliación de la capacidad de afiliación en 267.000 cupos quedando con una capacidad total de 1.757.000 cupos de afiliación.

  5. Que mediante la Resolución 2969 de 28 de septiembre de 2012, la SNS autorizó prorrogar el término de duración de la Alianza 001 del 30 de marzo de 2012, suscrita entre el Departamento de Antioquia, el Municipio de Medellín y el Programa de Entidad Promotora de Salud del Régimen Subsidiado (EPSS) de la Caja de Compensación Familiar de Antioquia (Comfama).

  6. Que mediante ordenanza 039 del 18 de diciembre de 2012 expedida por la Asamblea Departamental de Antioquia, se autorizó al gobernador del Departamento para crear o asociarse con una Entidad Promotora de Salud (EPS), que operara el régimen subsidiado o contributivo, y cuyo objeto sería el de garantizar el acceso a los servicios de salud con oportunidad, calidad y eficiencia en el Sistema General de Seguridad Social en Salud.

  7. Que con fundamento en lo anterior, por documento privado del 27 de marzo de 2013 se constituyó la sociedad Alianza Medellín-Antioquia EPS S.A.S., registrada en Cámara de Comercio bajo el número de matrícula 21-485892-12 y NIT 900.604.350-0.

  8. Que mediante Resolución 610 del 12 de abril de 2013, la SNS resolvió: (i) "Artículo 1º. Autorizar la operación de la nueva persona jurídica denominada Alianza Medellín-Antioquia EPSS.A.S., identificada con NIT900.604.350-0, conformada por los integrantes de la Alianza No. 001 de 30 de marzo de 2012, con el fin de garantizar la continuidad, el aseguramiento y la prestación de servicios de salud a los afiliados al Régimen Subsidiado. Parágrafo: La Alianza Medellín-Antioquia EPS S.A.S., operará con el código y habilitación vigentes del programa de entidad Promotora de Salud del Régimen Subsidiado de la Caja de Compensación Familiar de Antioquia (Comfama)". (ii) "Artículo 2º.- Requerir a la Alianza Medellín-Antioquia EPS S.A.S., identificada con NIT 900.604.350-0, una vez sea notificada de la presente resolución, para que adelante las acciones pertinentes para obtener su habitación propia de conformidad con la normatividad vigente."

  9. Que mediante la Resolución número 001907 del 4 de octubre de 2013, la SNS resolvió: "Artículo 1º. Asignar el código temporal EPST01 a la Alianza Medellín-Antioquia EPS S.A.S. "Savia Salud EPS", identificada con NIT 900.604.350-0 con el fin de identificarla dentro del Sistema de Recepción, Validación y Cargue de información de Circular Única (RVCC), para el manejo de la información que debe reportar en Cumplimiento de la Obligación señalada en Circular Única. Parágrafo. El código asignado es excepcional y tiene una vigencia de seis (6) meses contados a partir de la notificación del presente acto administrativo, sin que dicho término exceda del 11 de abril de 2014. Artículo 2º. Requerir como consecuencia de lo anterior, a la Alianza Medellín-Antioquia EPS S.A.S. "Savia Salud EPS", una vez sea notificada de la presente resolución, para que adelante las acciones pertinentes para obtener su certificado de habilitación de conformidad con la normatividad vigente".

  10. Que mediante la Resolución número 00758 del 24 de abril de 2014, la SNS resolvió: '"Artículo 1º. Prorrogar la...

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