Resolución número 003 de 2015, por la cual se convoca a los gremios del sector productivo registrados en la Cámara de Comercio para elegir su representante ante el Consejo Superior de la Universidad Surcolombiana - 26 de Enero de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 554650006

Resolución número 003 de 2015, por la cual se convoca a los gremios del sector productivo registrados en la Cámara de Comercio para elegir su representante ante el Consejo Superior de la Universidad Surcolombiana

EmisorEntes Universitarios Autónomos - Universidad Surcolombiana
Número de Boletín49406

El Consejo Superior de la Universidad Surcolombiana, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial las conferidas en el parágrafo único del artículo 22 del Acuerdo número 075 de 1994 -Estatuto General de la Universidad Surcolombiana-, el numeral 2, artículo 19 del Acuerdo número 031 del 18 de agosto de 2004 -Estatuto Electoral-, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 18 del Acuerdo número 075 de 1994 -Estatuto General de la Universidad Surcolombiana-, establece la participación de un Representante del Sector Productivo del Huila ante el Consejo Superior Universitario;

Que mediante Acuerdo número 031 del 18 de agosto de 2004 -Estatuto Electoral-, el Consejo Superior Universitario reglamentó los procesos electorales en la Universidad Surcolombiana;

Que de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 22 del Acuerdo número 075 de 1994 -Estatuto General de la Universidad Surcolombiana, modificado por el

Acuerdo número 033 de 2006 y Acuerdo número 046 de 2013; y el numeral 1 del artículo 19 del Acuerdo número 031 de 2004 -Estatuto Electoral-, modificado por el Acuerdo número 064 de 2010, corresponde al Consejo Superior Universitario convocar a elecciones para que sea designado el Representante del Sector Productivo ante el Consejo Superior Universitario;

Que el artículo 1º del Acuerdo número 025 de 2004, modificó el parágrafo 1º del artículo 18 del Acuerdo número 075 de 1994 -Estatuto General de la Universidad Surcolombiana-, estableciendo que el Representante del Sector Productivo del Huila será elegido para un periodo de dos (2) años, contados a partir de la fecha de su posesión;

Que el artículo 22 del Acuerdo número 075 de 1994 -Estatuto General de la Universidad Surcolombiana, modificado mediante Acuerdo número 033 de 2006 y 046 de 2013, establece lo siguiente:

"Artículo 22. El representante del sector productivo será elegido en asamblea de delegatarios conformada por un representante de cada uno de los gremios del sector productivo legalmente constituidos con más de cinco (5) años de existencia legal que tengan carácter departamental.

El representante elegido deberá acreditar título de educación superior, experiencia empresarial y/o profesional no inferior a cinco (5) años, ser asociado, afiliado o estar vinculado al gremio que representa con...

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