Resolución número 0044 de 2017, por la cual se adopta el catálogo de cuentas para rendición de información financiera
Emisor | Superintendencias - Superintendencia del Subsidio Familiar |
Número de Boletín | 50139 |
La Superintendente del Subsidio Familiar, en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de las que le confieren los numerales 4 y 6 del artículo 7° del Decreto ley 2150 de 1992, numerales 4 y 7 del artículo 24 de la Ley 789 de 2002, el numeral 7 del artículo 2° y numerales 2 y 3 del artículo 5° del Decreto número 2595 de 2012, parágrafo del artículo 6° y numeral 2 del artículo 10 de la Ley 1314 de 2009, y en desarrollo del inciso 4° del artículo 2.2.7.5.3.2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo número 1072 de 2015, y
CONSIDERANDO QUE:
La Ley 1314 de 2009 regula los principios y las normas de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de la información aceptado en Colombia, señala las autoridades competentes, el procedimiento para su expedición y se determinan las entidades responsables de vigilar su cumplimiento.
Es competencia de la Superintendencia del Subsidio Familiar instruir a las entidades vigiladas sobre la forma como deben cumplir las disposiciones que regulan su actividad, fijar los criterios técnicos y jurídicos que faciliten el cumplimiento de tales normas y señalar los procedimientos para su cabal aplicación, así como ejecutar el control administrativo, financiero y contable sobre las entidades sometidas a su inspección y vigilancia y solicitar a las entidades vigiladas los estados financieros, para formular las observaciones, las cuales serán de obligatoria consideración por parte de las mismas.
Corresponde a la Superintendencia del Subsidio Familiar fijar, con sujeción a los principios y normas de contabilidad generalmente aceptadas en Colombia, los mecanismos y procedimientos contables que deben adoptar las cajas de compensación familiar.
Mediante Resolución número 0537 del 6 de octubre de 2009, se unificó el Catálogo de Cuentas para el Sistema de Subsidio Familiar en Colombia y fueron modificados y ampliados por las siguientes Resoluciones números 0742 del 20 de septiembre de 2013; 1135 del 30 de diciembre de 2013; 0645 del 5 de agosto de 2014; 0318 del 9 de mayo de 2014; 0397 del 10 de julio de 2015; 0407 de 7 de julio de 2016 y 0762 del 30 de noviembre de 2016.
Corresponde a la Superintendencia del Subsidio Familiar fijar los mecanismos y procedimientos contables que deben adoptar las cajas de compensación familiar, con sujeción a los principios y normas de contabilidad generalmente aceptados en Colombia, impartir instrucciones sobre el tratamiento contable y las medidas de control interno a adoptar en el registro de los recursos del 4%, el reconocimiento de los rendimientos financieros generados por la colocación de los recursos en cuentas bancarias o en productos financieros que producen rentabilidades y de los intereses moratorios en el pago de aportes parafiscales, de los subsidios asignados y no cobrados en sus procesos de caducidad y prescripción, y para el recaudo de recursos que no se identifican en su origen.
La Ley 1314 de 2009 definió el marco normativo a ser aplicado en la definición de los principios y normas de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de la información que serán aceptados en Colombia, señaló las autoridades competentes y los procedimientos para la expedición de normas y en el artículo 10 estableció que, en desarrollo de las funciones de inspección, control o vigilancia, corresponde a las autoridades de supervisión: "1. Vigilar que los entes económicos bajo inspección, vigilancia o control, así como sus administradores, funcionarios y profesionales de aseguramiento de información, cumplan con las normas en materia de contabilidad y de información financiera y aseguramiento de información, y aplicar las sanciones a que haya lugar por infracciones a las mismas. 2. Expedir normas técnicas especiales, interpretaciones y guías en materia de
contabilidad y de información financiera y de aseguramiento de información. Estas actuaciones administrativas deberán producirse dentro de los límites fijados en la Constitución, en la presente ley y en las normas que la reglamenten y desarrollen".
Corresponde a la Superintendencia fij ar las directrices para que las caj as de compensación familiar cumplan con las normas en materia de contabilidad y de información financiera y aseguramiento y, por lo tanto, se hace necesario adoptar el catálogo de cuentas para el reporte de dicha información.
En virtud de lo anteriormente señalado, este Despacho
RESUELVE:
CATÁLOGO DE CUENTAS
El catálogo de cuentas contiene la relación ordenada de la clase, grupo, cuentas y sub-cuentas del activo, pasivo, patrimonio, los ingresos, los gastos, los costos de los programas y servicios, los costos de producción, las cuentas de orden deudoras y las acreedoras.
La codificación del catálogo de cuentas está estructurada sobre la base de los siguientes niveles:
Clase: El primer dígito
Grupo: Los dos primeros dígitos
Cuenta: Los cuatro primeros dígitos
Subcuenta: Los seis primeros dígitos
1. Clases
Clase 1: ACTIVO
Clase 2: PASIVO
Clase 3: PATRIMONIO
Clase 4: INGRESOS
Clase 5: GASTOS
Clase 6: COSTOS DE VENTAS
Clase 7: COSTOS DE PRODUCCIÓN O DE OPERACIÓN
Clase 8: CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS
Clase 9: CUENTAS DE ORDEN ACREEDORA
Las clases 1 a 3 representan la situación financiera, las clases 4 a 6 contienen cuentas de resultados financieros del periodo, la clase 7 representa la acumulación de los costos asociados a la trasformación de bienes y prestación de servicios frente al periodo contable, y las clases 8 y 9 representan contingencias y revelan información para efectos de control
1. Grupos
Las clases están compuestas por grupos así: CLASE 1: ACTIVOS
GRUPOS
11 EFECTIVO Y EQUIVALENTES AL EFECTIVO
12 ACTIVOS FINANCIEROS - INVERSIONES
13 CUENTAS POR COBRAR
14 INVENTARIOS
15 PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO Y PROPIEDADES DE IN-
15 VERSIÓN
16 INTANGIBLES
17 GASTOS PAGADOS POR ANTICIPADOS
18 OTROS ACTIVOS
19 ACTIVOS POR IMPUESTOS
CLASE 2: PASIVO GRUPOS
21 OBLIGACIONES FINANCIERAS
22 PROVEEDORES
23 PRÉSTAMOS POR PAGAR
24 IMPUESTOS, GRAVÁMENES Y TASAS
25 BENEFICIOS A LOS EMPLEADOS
26 PASIVOS ESTIMADOS Y PROVISIONES
27 DIFERIDOS
28 FONDOS CON DESTINACIÓN ESPECÍFICA Y OTROS PASIVOS
29 PASIVOS POR IMPUESTO A LAS GANANCIAS
CLASE 3: PATRIMONIO
GRUPOS
31 OBRAS Y PROGRAMAS DE BENEFICIO SOCIAL
32 SUPERÁVIT
33 RESERVAS
36 RESULTADOS DEL EJERCICIO
37 RESULTADOS DE EJERCICIOS ANTERIORES
38 OTROS RESULTADOS INTEGRALES (ORI) CLASE 4: INGRESOS
GRUPOS
41 INGRESOS DE ACTIVIDADES ORDINARIAS
42 OTROS INGRESOS
CLASE 5: GASTOS GRUPOS
51 OPERACIONALES DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS SO-
51 CIALES
52 APROPIACIONES DE LEY Y TRANSFERENCIAS
53 OTROS GASTOS
54 IMPUESTO DE RENTA Y COMPLEMENTARIOS 59 RESULTADO DEL EJERCICIO
CLASE 6: COSTOS DE VENTAS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS
GRUPOS
61 COSTO DE VENTAS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS CLASE 7: COSTOS DE TRANSFORMACIÓN
GRUPOS
71 MATERIA PRIMA
72 MANO DE OBRA DIRECTA
73 COSTOS INDIRECTOS
74 CONTRATOS DE SERVICIOS CLASE 8: CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS
GRUPOS
81 DERECHOS CONTINGENTES
82 DEUDORAS FISCALES
83 DEUDORAS DE CONTROL
84 DERECHOS CONTINGENTES POR CONTRA (CR)
85 DEUDORAS FISCALES POR CONTRA (CR) CLASE 9: CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS
GRUPOS
91 RESPONSABILIDADES CONTINGENTES
92 ACREEDORAS FISCALES
93 ACREEDORAS DE CONTROL
94 RESPONSABILIDADES CONTINGENTES POR CONTRA (DB)
95 ACREEDORAS FISCALES POR CONTRA (DB)
96 ACREEDORAS DE CONTROL POR CONTRA (DB)
3. Cuentas y subcuentas
I ACTIVO
II EFECTIVO Y EQUIVALENTES DEL EFECTIVO 1105 CAJA
110505 Caja general
110510 Cajas menores
110515 Moneda extranjera
110520 Fondos y bases
1110 BANCOS
111005 Moneda nacional
111010 Moneda extranjera
111015 Recursos del régimen subsidiado en salud
111020 Recursos del régimen contributivo en salud
111025 Recursos de convenios y cooperación
111030 Recursos cuota monetaria
1115 REMESAS EN TRÁNSITO
111505 Moneda nacional
111510 Moneda extranjera
1120 CUENTAS DE AHORRO
112005 Bancos
112010 Organismos cooperativos financieros
112015 Recursos del régimen subsidiado en salud
112020 Recursos del régimen contributivo en salud
112025 Recursos de convenios y cooperación
112030 Recursos cuota monetaria
1130 CARTERAS COLECTIVAS
113005 Carteras Colectivas
1195 OTROS EQUIVALENTES DE EFECTIVO
119505 Certificados de depósito a término (CDT) hasta 90 días
12 ACTIVOS FINANCIEROS - INVERSIONES
INVERSIONES A VALOR RAZONABLE CON CAMBIOS EN EL
1205 RESULTADO
120501 Acciones
120502 Cuotas o partes de Interés Social
120503 Bonos
120504 Certificados de depósito a término (CDT)
120505 Títulos de tesorería (TES)
120506 Derechos de Recompra de Inversiones Negociadas (REPOS)
120507 Obligatorias
120508 Cuentas en Participación
120509 Otras Inversiones
120510 Recursos cuota monetaria
INVERSIONES A VALOR RAZONABLE CON CAMBIOS EN EL
1210 PATRIMONIO (OTRO RESULTADO INTEGRAL)
121001 Acciones
121002 Cuotas o partes de Interés Social
121003 Bonos
121004 Certificados de depósito a término (CDT)
121005 Títulos de Tesorería (TES)
121006 Derechos de Recompra de Inversiones Negociadas (REPOS)
121007 Obligatorias
121008 Cuentas en Participación
121009...
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