Resolución número 006349 de 2016, por la cual se fija un plazo a las Instituciones Prestadoras de Servicios (IPS) para la radicación de solicitudes del Certificado de Potencial Beneficiario y se modifica el artículo 3º de la Resolución 3460 de 2015 - 21 de Diciembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 656245197

Resolución número 006349 de 2016, por la cual se fija un plazo a las Instituciones Prestadoras de Servicios (IPS) para la radicación de solicitudes del Certificado de Potencial Beneficiario y se modifica el artículo 3º de la Resolución 3460 de 2015

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín50094

El Ministro de Salud y Protección Social, en ejercicio de sus facultades legales en especial de las conferidas en el artículo 10 del Decreto 1681 de 2015 y,

CONSIDERANDO:

Que a través de la Resolución 3460 de 2015, modificada por las Resoluciones 3571 y 5588 de 2015 y 1121 de 2016, este Ministerio estableció el procedimiento, las condiciones, los requisitos que deben cumplir los beneficiarios, los criterios de viabilidad, y el seguimiento a la línea de redescuento con tasa compensada de la Financiera de Desarrollo Territorial S. A. (Findeter), destinada a otorgar liquidez y al saneamiento de pasivos de las Entidades Promotoras de Salud (EPS) y a capital de trabajo para las Instituciones Prestadoras de

Servicios de Salud (IPS).

Que la citada resolución en su artículo 3º, definió como beneficiarios a las Entidades Promotoras de Salud (EPS) de los Regímenes Contributivo y Subsidiado que tengan afiliados más del 2% del total de la población afiliada al Sistema General de Seguridad Social en Salud y a las Instituciones Prestadoras de Servicios (IPS) de naturaleza pública, privadas y mixtas, que cumplan con las condiciones allí dispuestas y que estén habilitadas e inscritas en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud (REPS).

Que dado el remanente de recursos que actualmente presenta la Línea de Crédito con Tasa Compensada de la Financiera de Desarrollo Territorial S. A. (Findeter), de acuerdo con lo informado por la Dirección de Financiamiento Sectorial de este Ministerio, se hace necesario fijar un nuevo plazo para radicar la solicitud del Certificado de Potencial Beneficiario, hasta agotar recursos o hasta el 31 de mayo de 2017.

Que con el ánimo de hacer uso de los recursos del remanente, se precisa modificar el factor objetivo del número mínimo de camas hospitalarias o puntos de diálisis en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud (REPS) y/o un mínimo de sillas de hemodiálisis o quimioterapia o infusión de medicamentos oncológicos o biológicos, para que nuevas Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) privadas o mixtas, puedan acceder a este beneficio.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Plazo para radicación de solicitudes.

Las Instituciones Prestadoras de Servicios de...

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