Resolución número 0093 de 2015, por la cual se establece la programación del Canal Señal Institucional - 6 de Febrero de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 556619014

Resolución número 0093 de 2015, por la cual se establece la programación del Canal Señal Institucional

EmisorVarios - Autoridad Nacional de Televisión
Número de Boletín49417

La Directora encargada de la Autoridad Nacional de Televisión, en ejercicio de las facultades legales y en especial las que le confieren los numerales 1 y 2 del artículo 7º de la Ley 1507 de 2012 y los artículos 11 y 23 de la Resolución ANTV 1175 de 2013 - Estatutos Internos de la ANTV, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1º de la Constitución Política, establece que Colombia es un Estado Social de Derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general.

Que conforme lo dispuesto en el artículo 2º de la Constitución Política, "[s]on fines esenciales del Estado servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación (...)".

Que de conformidad con el artículo 365 de la Constitución Política, los servicios públicos son considerados inherentes a la finalidad social del Estado y pueden ser prestados por el Estado directa o indirectamente, por las comunidades organizadas, o por los particulares.

Que la televisión es un servicio público de competencia de la Nación, en el que se encuentran comprendidos derechos y libertades de las personas involucradas en el servicio de televisión, el interés general, el principio de legalidad, el cumplimiento de los fines y deberes estatales, y el funcionamiento eficiente y democrático de los contenidos.

Que la Comisión Nacional de Televisión, mediante Resolución CNTV 533 de 2003, reestructuró la conformación del servicio público de televisión abierta a nivel nacional, asignando una señal de Televisión Pública con una temática pública institucional, de manera que permitió reunir los programas de televisión producidos por diferentes entidades del Estado que eran transmitidos en los canales públicos concesionados Uno y A.

Que la participación de las entidades y organismos públicos en el servicio de televisión facilita la información de la ciudadanía sobre las actividades que desarrolla el Estado colombiano en cumplimiento de sus funciones constitucionales y legales, y de esta manera, facilitando y promoviendo la participación de los ciudadanos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación.

Que el artículo 3º de la Resolución número 533 de 2003 establece que "[l]a Comisión Nacional de Televisión invitará a las entidades públicas del orden nacional, regional, departamental y local, pertenecientes a las ramas ejecutiva, legislativa y judicial, a los organismos de control y a las entidades autónomas del Estado, a participar en la programación de Señal Colombia Institucional. La Junta Directiva de la Comisión Nacional de Televisión se reserva la facultad de autorizar la participación de otras entidades que desarrollen funciones públicas, de organizaciones no gubernamentales que representen los intereses de la sociedad civil y de organismos internacionales de carácter multilateral".

Que la Ley 1507 del 10 de enero de 2012, en su artículo 2º, creó la Autoridad Nacional de Televisión (ANTV), como una Agencia Nacional Estatal de Naturaleza Especial, del Orden Nacional, con personería jurídica, autonomía administrativa, patrimonial, presupuestal y técnica, la cual forma parte del sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), y cuyo objeto es brindar las herramientas para la ejecución de los planes y programas de la prestación del servicio público de televisión, con el fin de velar por el acceso a la televisión, garantizar el pluralismo e imparcialidad informativa, la competencia y la eficiencia en la prestación del servicio, así como evitar las prácticas monopolísticas en su operación y explotación, en los términos de la Constitución y la ley.

Que a partir del 10 de abril de 2012, se dio inicio al proceso de liquidación de la CNTV, al quedar conformada la Junta Nacional de Televisión de la ANTV y, por ende, la ANTV asumió e inició el ejercicio de las funciones que en virtud de la misma ley le fueron transferidas.

Que los artículos , , 12 y 14 de la Ley 1507 de 2012, trasladan a la ANTV y a su Junta Nacional de Televisión, la función de adjudicar las concesiones y licencias de servicio y aprobar prórrogas, así como reglamentar, entre otros aspectos, los requisitos de las licencias para acceder al servicio, el régimen sancionatorio, y la fijación de derechos, tasas y tarifas que deba percibir por...

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