Resolución número 014 de 2015, por medio de la cual se otorga la licencia de intervención del espacio público número 07 - 27 de Febrero de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 559562974

Resolución número 014 de 2015, por medio de la cual se otorga la licencia de intervención del espacio público número 07

EmisorVarios - Alcaldía de Santa Marta
Número de Boletín49438

El suscrito Secretario de Planeación Distrital, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las establecidas en la Ley 388 de julio 18 de 1997 y el Decreto número 1469 de 2010, y

  1. CONSIDERACIONES:

ANTECEDENTES DEL PROCEDIMEINTO

Que mediante oficio suscrito por la Sociedad Concesión Alumbrado Público, mediante oficio radicado en la Secretaría de Planeación Distrital, donde se solicita la expedición de licencia de Intervención de Espacio Público, para efectos de la intervención del separador central de la Avenida del Río desde el parque La Teneria hasta la Avenida del Libertador, ubicado en la ciudad de Santa Marta.

La solicitud anteriormente referida se encuentra soportada en los documentos relacionados a continuación, los cuales fueron aportados a la Secretaría de Planeación y hacen parte integrante del presente acto administrativo:

1. Descripción del proyecto, indicando las características generales, los elementos urbanos a intervenir en el espacio público, la escala y cobertura;

2. Una copia en medio impreso de los planos de diseño del proyecto, debidamente acordados y rotulados, en el cual se indica que el solicitante es la Sociedad Concesión Alumbrado Público, a escala 1:250 (Contiene el trazado de la intervención en el espacio público).

  1. Localización del proyecto en el espacio público a intervenir en escala 1:250 o 1:200 en concordancia con los cuadros de áreas y mojones del plano urbanístico cuando este exista.

  2. Para equipamientos comunales se deben presentar plantas, cortes y fachadas del proyecto arquitectónico a escala 1:200,1:100.

  3. Cuadro de áreas que determine índices de ocupación, porcentajes de zonas duras, zonas verdes, áreas libres y construidas según sea el caso y cuadro de arborización en el evento de existir.

  4. Registro fotográfico de la zona a intervenir.

  5. Especificaciones de diseño y construcción del espacio público.

COMPETENCIA DE LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN DISTRITAL PARA TRAMITAR Y EXPEDIR LICENCIA DE INTERVENCIÓN DE ESPACIO PÚBLICO

El artículo primero, Capítulo I del Plan de Ordenamiento Territorial, establece que el proceso de ordenamiento territorial es conducido por el Alcalde Distrital a través de la Secretaría de Planeación.

El artículo 3º del Decreto 1469 de 2010 establece que la competencia para la expedición de las licencias de intervención y ocupación del espacio público será competencia de los municipios y distrito, la cual se otorgará siguiendo las normas y demás especificaciones de diseño, construcción y accesibilidad definidas por la reglamentación vigente para la intervención del espacio público y sin desmejorar las condiciones existentes en el espacio público antes de la ejecución de la obra.

En virtud de lo anteriormente expuesto, esta Secretaría es competente para tramitar y expedir la respectiva licencia de intervención de espacio público, que nos ocupa.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

El presente procedimiento se encuentra regulado en el Decreto 1469 de 2010, en cual indica lo siguiente:

Artículo 12 Licencia de intervencióny ocupación del espacio público.

Es la autorización previa para ocupar o para intervenir bienes de uso público incluidos en el espacio público, de...

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