Resolución número 01890 de 2015, por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales, para los empleos del Nivel de Inspector de Seguridad de la Aviación Civil
Emisor | Unidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial Aeronáutica Civil |
Número de Boletín | 49610 |
El Director General de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, en uso de sus facultades legales y, en especial, las conferidas en el artículo 9º, numeral 14 del Decreto número 260 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto número 2157 del 27 de octubre de 2014 creó el Nivel de Inspector de Seguridad de la Aviación Civil, el cual comprende los empleos que exigen la aplicación de conocimientos técnicos para el desempeño de funciones calificadas en asuntos de vigilancia, evaluación y control de calidad del sistema de seguridad de la aviación civil y estableció los requisitos para el ejercicio de los cargos de Inspector de Seguridad de la Aviación, sin perjuicio de los exigidos en el Manual de Funciones y Requisitos adoptados por la entidad.
Que el Decreto número 2159 del 27 de octubre de 2014 creó en la planta de personal los empleos de Inspector de Seguridad de la Aviación Civil Nivel 53, en los Grados 30 y 33.
Que el Decreto 1785 de 2014, establece las funciones y los requisitos generales para los empleos públicos de los distintos niveles jerárquicos de los organismos y entidades del orden nacional y otras disposiciones.
Que el artículo 31 del señalado Decreto número 1785, establece los lineamientos para los sistemas especiales de nomenclatura y clasificación de empleos que no se rigen por la precitada norma, cuando se trate de elaborar, actualizar, o modificar sus manuales específicos, sin perjuicio de sus disposiciones específicas sobre la materia.
En mérito de lo anteriormente expuesto,
RESUELVE:
Adoptar el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales, para los empleos de Inspector de Seguridad de la Aviación Civil Nivel 53, en los Grados 30 y 33, creados por el Decreto número 2159 del 27 de octubre de 2014, de la planta global de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, de conformidad con el documento anexo, el cual forma parte integral de la presente resolución.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D.C., a 4 de agosto de 2015.
El Director General, | Gustavo Alberto Lenis Steffens. |
El Secretario General, | Santiago Valderrama Pérez. |
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y DE COMPETENCIAS LABORALES | |
I. IDENTIFICACIÓN | |
Nivel I | Inspector de Seguridad de la Aviación Civil |
Denominación del empleo | Inspector de Seguridad de la Aviación Civil |
Nivel II | 53 |
Grado | 30 |
Número de cargos | 10 |
Dependencia | Donde se ubique el cargo |
Cargo del Jefe Inmediato | Quien ejerza la supervisión directa |
II. ÁREA FUNCIONAL | |
Secretaría de Seguridad Aérea | |
III. PROPÓSITO PRINCIPAL |
Aplicar y ejecutar las actividades de certificación, inspección, seguimiento y vigilancia orientadas a la protección de la seguridad operacional en los temas de aeródromos y servicios aeroportuarios.
IV. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES
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Proyectar los programas anuales y procedimientos de certificación, inspección, seguimiento y vigilancia de aeródromos de operación nacional o...
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