Resolución número 019 de 2015, por la cual se modifica el reglamento de comercialización mayorista de Gas Licuado de Petróleo, establecido en la Resolución CREG 053 de 2011 y se adoptan otras disposiciones - 4 de Marzo de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 560200698

Resolución número 019 de 2015, por la cual se modifica el reglamento de comercialización mayorista de Gas Licuado de Petróleo, establecido en la Resolución CREG 053 de 2011 y se adoptan otras disposiciones

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión De Regulación De Energía Y Gas
Número de Boletín49443

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos números 1524, 2253 de 1994 y 1260 de 2013,

CONSIDERANDO QUE:

El artículo 14.28 de la Ley 142 de 1994 definió el servicio público domiciliario de gas combustible como el conjunto de actividades ordenadas a la distribución de gas combustible y estableció la actividad de comercialización como actividad complementaria del servicio público domiciliario de gas combustible.

De acuerdo con lo estipulado en el artículo 74.1 de la Ley 142 de 1994, es función de la CREG "regular el ejercicio de las actividades de los sectores de energía y gas combustible para asegurar la disponibilidad de una oferta energética eficiente, propiciar la competencia en el sector de minas y energía y proponer la adopción de las medidas necesarias para impedir abusos de posición dominante y buscar la liberación gradual de los mercados hacia la libre competencia".

Según lo previsto en los artículos , y de la Ley 142 de 1994, la distribución de gas combustible y sus actividades complementarias constituyen servicios públicos domiciliarios esenciales y el Estado intervendrá en los mismos a fin de, entre otros, garantizar la calidad del bien y su disposición final para asegurar el mejoramiento de la calidad de vida de los usuarios, así como su prestación continua, ininterrumpida y eficiente.

Mediante la Resolución CREG 053 de 2011, modificada por las Resoluciones CREG 108 de 2011 y 154 de 2014, la Comisión estableció el reglamento de comercialización mayorista de GLP, con el cual se definieron, entre otros, los mecanismos para la compra y venta del producto al por mayor y el acceso al producto por parte de los diferentes agentes de la cadena.

En el mencionado reglamento se estableció que el acceso al producto que se encuentra con precio regulado se realizaría mediante Ofertas Públicas de Cantidades (OPC), llevadas a cabo por el respectivo comercializador mayorista. Las OPC iniciaron su aplicación a partir de octubre de 2011.

Mediante Resolución CREG 154 de 2014 se modificó el reglamento de comercialización mayorista de...

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