Resolución número 0269 de 2015, por medio de la cual se delega el pago de sentencias, conciliaciones y laudos arbitrales en la Secretaría General del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y se ajusta el procedimiento aplicable - 17 de Marzo de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 561610906

Resolución número 0269 de 2015, por medio de la cual se delega el pago de sentencias, conciliaciones y laudos arbitrales en la Secretaría General del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y se ajusta el procedimiento aplicable

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
Número de Boletín49456

La Directora General del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Cecilia de la Fuente de Lleras, en uso de sus facultades legales y, en especial, las previstas en el artículo 2º del Decreto número 987 de 2012, la Ley 7a de 1979, el Acuerdo 102 de 1979 aprobado mediante Decreto 334 de 1980, y en los artículos y 78 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que los artículos 192 y 195 de la Ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativos (CPACA) establecen las reglas para el cumplimiento de sentencias y conciliaciones por parte de las autoridades públicas, normas aplicables cuando el pago se origine en un laudo arbitral en los términos de la Ley 1563 de 2012, Estatuto de Arbitraje Nacional e Internacional;

Que para optimizar el pago de sentencias, conciliaciones aprobadas por la jurisdicción y laudos arbitrales que impliquen obligaciones a cargo de la entidad se requiere centralizar en la Sede de la Dirección General su ejecución presupuestal;

Que para el cumplimiento de dicho objetivo, se requiere ajustar el procedimiento establecido para el pago de sentencias, conciliaciones aprobadas por la jurisdicción y laudos arbitrales, y modificar el macroproceso de Gestión Jurídica - PR12 MPA2, adecuándose a los parámetros establecidos en la presente resolución;

Que se considera conveniente y necesario delegar en la Secretaría General el cumplimiento de obligaciones impuestas en providencias judiciales o equivalentes;

Que por lo anteriormente expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Delegación

. Delegar en la Secretaría General el cumplimiento de las obligaciones impuestas en providencias judiciales o equivalentes, específicamente el pago de las sentencias, conciliaciones aprobadas por la jurisdicción y laudos arbitrales que impliquen obligaciones a cargo de la entidad como consecuencia de una providenciajudicial, o equivalente...

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