Resolución número 0334 de 2015, por la cual se modifica y adopta el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal del Instituto Nacional de Salud - 26 de Julio de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 579674050

Resolución número 0334 de 2015, por la cual se modifica y adopta el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal del Instituto Nacional de Salud

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Nacional de Salud Comisión de Personal
Número de Boletín49585

El Director General (e) del Instituto Nacional de Salud, en uso de sus facultades legales y especialmente las conferidas, por los Decretos número 4109 de 2011 y el numeral 23 del artículo 5º Decreto número 2774, 2775 de 2012, Decreto número 1785 del 2014, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de Colombia, en su artículo 122 establece que "No habrá empleo público que no tengafunciones detalladas en ley o reglamento y para proveer los de carácter remunerado se requiere que estén contemplados en la respectivaplantayprevistos sus emolumentos en el presupuesto correspondiente".

Que los Decretos números 4109 de 2011, 2774 de 2012 y 2775 de 2012 establecen la naturaleza jurídica, objeto, estructura, número de empleos y planta de personal del Instituto Nacional de Salud, por lo cual resulta necesario adecuar y adoptar el Manual de Funciones y Competencias Laborales del Instituto Nacional de Salud, de acuerdo con la normatividad recientemente expedida.

Que la planta global del Instituto Nacional de Salud, de acuerdo con lo previsto en el Decreto número 2775 de 2012, está conformada por cuatrocientos setenta y siete (477) empleos.

Que mediante Resolución número 339 del 10 de mayo de 2013 se adoptó el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales.

Que en el artículo 29 del Decreto número 1785 de 2014 establece "los organismos y entidades a los cuales se refiere el presente decreto expedirán el manual especifico de funciones y de competencias laborales describiendo las funciones que correspondan a los empleos de la planta de personal y determinando los requisitos exigidos para su ejercicio.

La adopción, adición, modificación o actualización del manual especifico se efectuara mediante resolución interna del jefe del organismo o entidad, de acuerdo a las disposiciones contenidas en el presente decreto".

Que el Decreto número 2539 de 2005 en su artículo 6º describe las competencias comportamentales y en el artículo 7º las competencias comunes a los servidores públicos.

Que el artículo 35 del mencionado Decreto número 1785 dispone: "[...]Los organismos y entidades ajustarán sus manuales específicos de funciones y de competencias laborales, dentro de los seis (6) meses siguientes a la publicación del presente decreto. Los manuales específicos vigentes, continuaran rigiendo hasta que se ajusten total o parcialmente".

Que por lo anterior se hace necesario actualizar el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal del Instituto Nacional de Salud. Que en mérito de lo expuesto;

RESUELVE:

Artículo 1º Actualizar el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales, para los empleos que conforman la planta de personal del Instituto Nacional de Salud, fijada mediante Decreto número 2775 de 2012, cuyas funciones deberán ser cumplidas por los funcionarios con criterios de eficiencia y eficacia en orden al logro de la misión, objetivos y funciones que señalan la ley y los reglamentos.
Artículo 2º Los servidores públicos de la planta de personal del Instituto Nacional de Salud, cumplirán las siguientes funciones y competencias laborales:

DESPACHO DEL DIRECTOR

NIVEL DIRECTIVO

| F001
I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO
Nivel: Directivo
Denominación del Empleo: Director General
Código: 0015
Grado: 24
No. de cargos: Uno (1)
Empleo del Jefe Inmediato: Consejo Directivo
  1. ÁREA FUNCIONAL

    DIRECCIÓN GENERAL

  2. PROPÓSITO PRINCIPAL

    Efectuar la dirección de los procesos derivados de la investigación en salud pública, gestión social del conocimiento, vigilancia y análisis de riesgo en salud pública, producción y comercialización, gestión de redes y transferencia tecnológica del Instituto Nacional de salud, la representación ante diversos organismos y la formulación de políticas de acuerdo con los lineamientos del Gobierno nacional, normatividad vigente y necesidades del sector de salud pública.

  3. DECRIPCIÓN DE LAS FUNCIONES ESENCIALES

    1. Dirigir, planear, coordinar y controlar el desarrollo de las funciones asignadas al Instituto Nacional de Salud y la evaluación de su gestión.

    2. Definir el Plan Estratégico del Instituto y los planes y programas necesarios para dar cumplimiento al objetivo del Instituto y presentarlos a aprobación del Consejo Directivo.

    3. Presentar a consideración del Consejo Directivo la política general del Instituto y una vez adoptada por este, expedir los actos administrativos necesarios para su ejecución y velar por su cumplimiento.

    4. Dirigir y promover la innovación en salud pública en los temas de competencia de la entidad, de conformidad con las políticas, planes y lineamientos del Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación y del Ministerio de Salud y Protección Social y participar en la evaluación de tecnologías en salud pública.

    5. Adoptar, en el marco de competencias del Instituto, el modelo operativo del Sistema de Vigilancia y Seguridad Sanitaria en el Marco del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

    6. Establecer relaciones con universidades y organismos de investigación científica y desarrollo tecnológico y asociaciones regionales y multilaterales nacionales e internacionales que propendan por la gestión y el conocimiento de las materias propias del objeto y funciones del Instituto.

    7. Impartir las directrices para participar y prestar asesoría en la formulación de normas científico-técnicas y procedimientos técnicos en salud pública.

    8. Impartir los lineamientos para la participación del Instituto en la planeación, desarrollo y coordinación de los sistemas de información en salud pública, con el Ministerio de Salud y Protección Social, las entidades territoriales y demás entidades del sistema de salud.

    9. Dirigir, en el marco de las competencias del Instituto, la formulación y ejecución de programas de prevención, promoción y protección de la salud pública.

    10. Dirigir la promoción y realización de actividades para la capacitación en competencias del recurso humano que presta servicios en salud pública, de conformidad con la política del Gobierno nacional.

    11. Dirigir el proceso de análisis del riesgo y respuesta inmediata en salud pública.

    12. Impartir las directrices, en coordinación con el Ministerio de Salud y Protección Social, para la participación del Instituto en el diseño y ejecución de programas y actividades destinados a prevenir, reducir o atender los efectos sobre la salud producidos por desastres, calamidades o emergencias, en articulación con las autoridades del Sistema Nacional de Prevención y Atención de Desastres (Sinpad).

    13. Dirigir y orientar el ejercicio de las funciones señaladas para el Observatorio Nacional de Salud.

    14. Dirigir y promover la investigación y gestión del conocimiento en salud pública, de conformidad con las políticas, planes y lineamientos del Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación y del Ministerio de Salud y Protección Social.

    15. Promover e incentivar en el Instituto los intercambios científicos y la consecución de recursos de cooperación científica y técnica.

    16. Controlar el funcionamiento del Instituto y evaluar el resultado de sus actividades, de acuerdo con las políticas y planes adoptados.

    17. Promover actividades entre el Instituto, el Ministerio de Salud y...

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