Resolución número 0508 de 2015, por la cual se efectúa una modificación al anexo del Decreto de Liquidación en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, para la vigencia fiscal de 2015 - 26 de Junio de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 576548762

Resolución número 0508 de 2015, por la cual se efectúa una modificación al anexo del Decreto de Liquidación en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, para la vigencia fiscal de 2015

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Administrativo de la Presidencia de la República
Número de Boletín49555

El Ministro de la Presidencia, en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 29 del Decreto número 4730 de diciembre 28 de 2005 modificado por el Decreto número 4836 de 2011 y

CONSIDERANDO:

Que mediante Ley 1737 del 2 de diciembre de 2014, se decretó el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 2015.

Que mediante Decreto número 2710 del 26 de diciembre de 2014, se liquidó el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2015, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos.

Que de conformidad con el artículo 29 del Decreto número 4730 de 2005, modificado con el Decreto número 4836 del 21 de diciembre de 2011, "las modificaciones al anexo del decreto de liquidación que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto total de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda o los programas y subprogramas de inversión aprobados por el Congreso, se realizarán mediante resolución expedida por el jefe del órgano respectivo. En el caso de los establecimientos públicos del orden nacional, estas modificaciones se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos, o por resolución del representante legal en caso de no existir aquellas.

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público-Dirección General del Presupuesto Público Nacional, aprobará las operaciones presupuestales contenidas en las resoluciones o acuerdos una vez se realice el registro de las solicitudes en el Sistema Integrado de Información Financiera SIIF Nación. Si se trata de gastos de inversión, se requerirá además, del concepto favorable del Departamento Nacional de Planeación...".

La Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional, con base en las modificaciones de que tratan los incisos anteriores, realizará los ajustes al Programa Anual Mensualizado de Caja PAC consultando la información registrada...

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