Resolución número 0511 de 2017, por la cual se autoriza al Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior (Icetex) para realizar una operación de manejo de deuda pública externa con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) - 7 de Marzo de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 670880149

Resolución número 0511 de 2017, por la cual se autoriza al Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior (Icetex) para realizar una operación de manejo de deuda pública externa con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF)

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín50168

La Directora General de Crédito Público y Tesoro Nacional, en uso de sus facultades legales, en especial de las que le confieren el artículo 2.2.1.4.3 del Decreto número 1068 del 26 de mayo de 2015, la Resolución número 2650 del 12 de noviembre de 1996, la Resolución número 2822 del 30 de diciembre de 2002 y la Resolución número 2563 del 9 de septiembre de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior (Icetex) y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) celebraron el 22 de diciembre de 2014, el Contrato de préstamo externo número 8354-CO con garantía de la Nación, destinado a financiar parcialmente el Programa "Access With Quality to Higher Education Project - ACCES II - SOP Phase 2", por USD 200.000.000.

Que mediante Oficio número 1-2017- 006760 del 31 de enero de 2017, el Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior (Icetex) solicitó a este Ministerio autorización para ejecutar una operación de manejo de deuda pública, específicamente relacionada con la cobertura de riesgo, para realizar la conversión de USD 39.115.719,01 (con Libor6m + 105 puntos básicos) a su equivalente en pesos colombianos (con tasa fija); operación que se realizará con el Banco Mundial, según lo establecido en el Contrato número 8354-CO con garantía de la Nación, destinado a financiar parcialmente el Programa "Access With Quality to Higher Education Project - ACCES II - SOP Phase 2", suscrito entre las partes.

Que el artículo 2.2.1.1.3. del Decreto número 1068 de 2015, estipula que constituyen operaciones propias del manejo de la deuda pública las que no incrementan el endeudamiento neto de la entidad estatal y contribuyen a mejorar el perfil de la deuda de la misma. Estas operaciones, en tanto no constituyen un nuevo financiamiento, no afectan el cupo de endeudamiento.

Dentro de las anteriores operaciones se encuentran comprendidas, entre otras, la refinanciación, reestructuración, renegociación, reordenamiento, conversión o intercambio, sustitución, compra y venta de deuda pública, los acuerdos de pago, el saneamiento de obligaciones crediticias, las operaciones de cobertura de riesgos, la titularización de deudas de terceros, las relativas al manejo de la liquidez de la Dirección...

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