Resolución número 07 de 2014, por medio de la cual se decide el traslado de un Folio de Matrícula Inmobiliaria a su Jurisdicción correspondiente - 5 de Noviembre de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 542707962

Resolución número 07 de 2014, por medio de la cual se decide el traslado de un Folio de Matrícula Inmobiliaria a su Jurisdicción correspondiente

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Gachetá, Cundinamarca
Número de Boletín49326

El Registrador de la Oficina de Registro e Instrumentos Públicos del municipio de Gachetá, departamento de Cundinamarca, en uso de facultades legales y en aplicación de los artículos 1º, 2º, 5º, 6º, 23 y 82 del Decreto-ley 1250 de 1970, del Capítulo I del Título II del C.C.A. y el artículo 27 del Decreto número 2158 de 1992 procede a resolver la actuación administrativa y del artículo 23 de la Constitución Política de Colombia y considerando,

CONSIDERANDO:

Que mediante oficio de fecha cinco (5) del mes de diciembre de 2014, elaborado y firmado por el señor Carlos de Jesús Contreras, identificado civilmente con la cédula número 114828563, quien manifiesta ser el propietario de los predios identificados con Matrícula Inmobiliaria números 160-45673 y 160-45675, solicitando el traslado de sus folios de matrículas, aduciendo que dichos lotes de terreno se encuentran ubicados en la Vereda Carutal del municipio de Barranca de Upía, departamento del Meta, a la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Villavicencio por ser esta la que le corresponde de acuerdo a la jurisdicción y ubicación de los predios;

Que la solicitud la radicó junto con un anexo el cual corresponde a la Resolución número 50-110-0009-2013 fechada del 10-04-2013, emanada por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi "IGAC" y mediante la cual ordena la inscripción en la Oficina de Catastro del municipio de Barranca de Upía;

Que se deben tener como prueba los siguientes documentos:

  1. Oficio de solicitud, bajo el Radicado número 998 del cinco (5) del mes de septiembre de 2014, firmado por el señor Carlos de Jesús Contreras, identificado civilmente con la cédula número 114828563 y quien manifiesta ser el propietario de los predios identificados con Matrícula Inmobiliarias números 160-45673 y 160-45675;

  2. Resolución número 50 emanada del IGAC, de fecha diez (10) del mes de mayo de 2013;

Que una vez verificada la ubicación del predio por este Despacho, se constató que los dos folios de matrículas se encuentran ubicados en el municipio de Barranca de Upía, Vereda Carutal, en el departamento del Meta;

Que por jurisdicción y debido a la ubicación de los predios, dichas matrículas deberán ser trasladadas a la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos "ORIP" de Villavicencio;

Que teniendo en cuenta todo lo anterior es menester dar aplicación a la...

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