Resolución número 07482 de 2016, por la cual se autoriza la entrega de una infraestructura vial a la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), para el desarrollo del Proyecto de APP de iniciativa privada denominado Tercer Carril Doble Calzada Bogotá - Girardot - 27 de Octubre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 652582649

Resolución número 07482 de 2016, por la cual se autoriza la entrega de una infraestructura vial a la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), para el desarrollo del Proyecto de APP de iniciativa privada denominado Tercer Carril Doble Calzada Bogotá - Girardot

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Nacional de Vías
Número de Boletín50039

El Director General del Instituto Nacional de Vías, en ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, y en especial las conferidas en el artículo 2º numeral 2.17 y en el artículo 7º numeral 7.7 del Decreto número 2618 de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Nacional de Vías (Invías) tiene por objeto la ejecución de las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos de la infraestructura no concesionada de la Red Vial Nacional de carreteras primaria y terciaria, férrea, fluvial y de la infraestructura marítima, de acuerdo con los lineamientos dados por el Ministerio de Transporte.

Que el numeral 2.17 del artículo 2º del Decreto 2618 de 2013, señala como función a cargo del Instituto Nacional de Vías (Invías) "Coordinar con la Agencia Nacional de Infraestructura la entrega, mediante acto administrativo, de la infraestructura de transporte, en desarrollo de los contratos de concesión" .

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 3º del Decreto 4165 de 2011, la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) tiene por objeto "planear, coordinar, estructurar, contratar, ejecutar, administrar y evaluar proyectos de concesiones y otras formas de Asociación Público Privada (APP), para el diseño, construcción, mantenimiento, operación, administración y/o explotación de la infraestructura pública de transporte en todos sus modos y de los servicios conexos o relacionados y el desarrollo de proyectos de asociación público privada para otro tipo de infraestructura pública cuando así lo determine expresamente el Gobierno Nacional respecto de infraestructuras semejantes a las enunciadas en este artículo, dentro del respeto a las normas que regulan la distribución de funciones y competencias y su asignación".

Que el Gobierno contempla en el Proyecto de Plan de Desarrollo, promover la interconexión de carreteras para integrarlas al ámbito regional, nacional e internacional, además de fortalecer el proceso de participación privada en la ejecución de proyectos de infraestructura.

Que la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) adelantó el Proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía con Precalificación número VJ-VE-APP-IPV-SA-004-2016, cuyo objeto corresponde a: "Seleccionar la oferta más favorable para la celebración de un (1) Contrato de Concesión, para que el Concesionario realice a su cuenta y riesgo la construcción, el mejoramiento y la rehabilitación de la Infraestructura existente de la Autopista Bogotá - Girardot, mediante la ampliación a tres carriles desde el peaje de Chinauta hasta el sector denominado el Muña y la ampliación a tercer carril desde el portal de entrada del Túnel de Sumapaz hasta el peaje de Chinauta en el sentido Girardot hacia Bogotá, y múltiples actuaciones que mejoran la movilidad en toda la infraestructura como pasos a desnivel y nivel en puntos críticos así como el mantenimiento y la rehabilitación desde el portal de entrada del Túnel de Sumapaz hasta Girardot y la intersección San Rafael, de acuerdo con el Apéndice Técnico 1 de la Minuta del Contrato, en los términos del presente pliego de condiciones y sus anexos".

En desarrollo del proceso...

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