Resolución número 114 de 2015, por la cual se dictan disposiciones para la comercialización de gas natural en el año 2015 - 6 de Agosto de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 579973274

Resolución número 114 de 2015, por la cual se dictan disposiciones para la comercialización de gas natural en el año 2015

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión De Regulación De Energía Y Gas
Número de Boletín49596

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Ley 142 de 1994, y en desarrollo de los Decretos números 2253 de 1994 y 1260 de 2013, y

CONSIDERANDO QUE:

Con fundamento en las distintas normas y consideraciones contenidas en la parte motiva de la Resolución CREG 089 de 2013, mediante dicho acto administrativo la CREG reglamentó aspectos comerciales del mercado mayorista de gas natural, que hacen parte del reglamento de operación de gas natural.

El Título III de dicha resolución aborda aspectos comerciales del mercado primario de gas natural y en el Capítulo IV del mismo título establece los lineamientos para la comercialización de gas natural en dicho mercado.

El artículo 24 de la Resolución CREG 089 de 2013 determina que cuando el balance realizado por la UPME muestre que la oferta de gas natural es superior a la demanda de gas natural, en al menos tres (3) de los cinco (5) años siguientes al momento del análisis, se deberá dar aplicación al mecanismo de negociación directa durante un período definido, conforme a lo dispuesto en el artículo 25 de la misma resolución.

Mediante el artículo 3º de la Resolución número 122 de 2014 se modificó el artículo 24 de la Resolución CREG 089 de 2013, cambiando para el análisis del balance de gas natural el escenario de demanda baja por escenario de demanda media, el cual es del de mayor probabilidad de ocurrencia.

El Título IV de la Resolución CREG 089 de 2013 aborda aspectos comerciales del mercado secundario.

El Anexo número 6 de la Resolución CREG 089 de 2013 establece disposiciones relativas al mecanismo de subasta para el proceso úselo o véndalo de largo plazo, referidas a la comercialización de capacidad de transporte excedentaria de gas natural en el mercado secundario.

Por medio de la Resolución CREG 094 de 2014 se seleccionó a la Bolsa Mercantil de Colombia como gestor del mercado de gas natural, el cual inició la prestación de sus servicios el 5 de enero de 2015.

Conforme a lo anterior, se hace necesario que la CREG determine el mecanismo de comercialización a aplicar en el año 2015 y el cronograma para el efecto.

Mediante comunicación con Radicado CREG E-2015-007804 del 31 de julio de 2015, la UPME envió a la Comisión un balance de oferta y demanda de gas natural estimado por...

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