Resolución número 1232 de 2020, por la cual se modifica la Resolución número 1065 del 29 de abril de 2020, a fin de ajustarla a las nuevas disposiciones del Decreto Legislativo 816 de 2020, para la correcta administración y establecimiento de las líneas de crédito garantizadas por el FNG - 11 de Junio de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 845414864

Resolución número 1232 de 2020, por la cual se modifica la Resolución número 1065 del 29 de abril de 2020, a fin de ajustarla a las nuevas disposiciones del Decreto Legislativo 816 de 2020, para la correcta administración y establecimiento de las líneas de crédito garantizadas por el FNG

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín51342

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las previstas en los artículos 208 y 209 de la Constitución Política, en concordancia con el artículo 44 de la Ley 489 de 1998 y los Decretos Legislativos 492 del 28 de marzo y 816 del 4 de junio de 2020, y

CONSIDERANDO

Que mediante el Decreto número 417 del 17 de marzo de 2020, se declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional por el término de treinta (30) días calendario, con el fin de conjurar la grave calamidad pública que afecta el país por causa del nuevo coronavirus COVID-19.

Que en función del Decreto Legislativo 417 de 2020, el Presidente de la República con la firma de todos los Ministros, expidió el Decreto Legislativo 444 del 21 de marzo de 2020 "Por el cual se crea el Fondo de Mitigación de Emergencias (FOME) y se dictan disposiciones en materia de recursos, dentro del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica".

Que el artículo 5º del Decreto Legislativo 444 de 2020, faculta al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, entre otras, para otorgar subsidios a tasas de interés, garantías, entre otras, siempre que se requieran para atender los objetivos del precitado Decreto legislativo.

Que en el marco del Decreto número 417 de 2020, a través del Decreto número 492 del 28 de marzo de 2020 se autorizó el fortalecimiento patrimonial del Fondo Nacional de Garantías S. A. (FNG), con el propósito de respaldar nuevas garantías que permitan originar créditos adicionales, todo esto con el fin de mantener activas las relaciones crediticias y financiar tanto a personas naturales como jurídicas que hayan sufrido efectos adversos en su actividad económica causados por los hechos que motivaron la emergencia Económica, Social y Ecológica declarada en el Decreto número 417 de 2020.

Que conforme a lo dispuesto en el artículo 4º del Decreto Legislativo 492 de 2020, con el fortalecimiento patrimonial del Fondo Nacional de Garantías S.A. (FNG), esta entidad respaldará solamente garantías focalizadas en sectores, productos o segmentos que se establezcan por la Junta Directiva del Fondo con el voto favorable del Ministro de Hacienda y Crédito Público o su delegado en la Junta, para dar acceso al crédito a las personas naturales y jurídicas que hayan sufrido efectos adversos en su actividad económica causados por los hechos que motivaron la emergencia Económica, Social y Ecológica declarada por el Decreto Legislativo 417 de 2020.

Que mediante la Resolución número 1065 de 29 de abril de 2020 de este Ministerio se creó el Comité de Administración del Fondo de Mitigación de Emergencias (FOME) y el Comité de Garantías para enfrentar el COVID-19 y se dictaron disposiciones sobre su funcionamiento.

Que por medio del Decreto Legislativo 637 del 6 de mayo de 2020 se declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el...

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