Resolución número 170 de 2020, por la cual se delega la función contenida en el literal j) del articulo 20 del Acuerdo ASP número 001 de 2020
Emisor | Varios - Jurisdicción Especial para la Paz |
Número de Boletín | 51553 |
El Presidente de la Jurisdicción Especial para la Paz, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Acto Legislativo 01 de 2017, la Ley Estatutaria 1957 de 2019, el Acuerdo ASP número 001 de 2020 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que lafunción administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.
Que el artículo 211 de la misma Constitución Política señala que la ley fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar sus funciones en sus subalternos o en otras autoridades.
Que el artículo 9 de laLey 489 de 1998 dispone que “Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias”.
Queelartículo 12delamismaLey489de 1998 establece que “(...) La delegación exime de responsabilidad al delegante, la cual corresponderá exclusivamente al delegatario, sin perjuicio de que en virtud de lo dispuesto en el articulo 211 de la Constitución Política, la autoridad delegante pueda en cualquier tiempo reasumir la competencia y revisar los actos expedidos por el delegatario, con sujeción a las disposiciones del Código Contencioso Administrativo ”.
Que el Acuerdo ASP número 001 de 2020 por el cual se adopta el Reglamento General de la JEP establece en el...
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