Resolución número 1941 de 2014, por medio de la cual se niega una sustracción temporal de un área de la Reserva Forestal del Pacífico establecida mediante la Ley 2ade 1959 - 19 de Abril de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 567961074

Resolución número 1941 de 2014, por medio de la cual se niega una sustracción temporal de un área de la Reserva Forestal del Pacífico establecida mediante la Ley 2ade 1959

EmisorMinisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
Número de Boletín49487

La Directora de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS), en ejercicio de la función delegada por el Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible mediante Resolución número 0053 del 24 de enero de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Radicado número 4120-E1-27099 del 14 de noviembre de 2013, el señor Juan Francisco Montes, identificado con el Pasaporte número 1785279, representante legal de la Empresa Volador Colombia S.A.S. con NIT 900495326-4, solicitó la sustracción de un área de la Reserva Forestal del Pacífico, para la realización de un proyecto de exploración para mineral de cobre, plata, oro y demás minerales existentes en el Contrato de Concesión número IHS-08005X con un área otorgada de 3000,1076 ha, en el municipio de Quibdó del departamento de Chocó;

Que la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del MADS, mediante el Auto de Inicio número 091 del 16 de octubre de 2013, procedió a dar inicio al trámite de sustracción temporal de un área de la Reserva Forestal del Pacífico establecida en la Ley 2a de 1959, para la ejecución del programa de exploración minera denominado Comitá ubicado en el municipio de Quibdó en el departamento de Chocó, bajo del Expediente número SRF- 0224;

Que la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, mediante el Auto número 208 del 6 de junio de 2014, solicitó información adicional a la Empresa Volador Colombia S.A.S., de acuerdo al Concepto Técnico número 149 de diciembre de 2013, en el cual se evaluó la información presentada por el señor Juan Francisco Montes representante legal de la sociedad anteriormente señalada, para la ejecución del programa de exploración minera denominado Comitá ubicado en el municipio de Quibdó en el departamento de Chocó;

Que el Auto número 208 del 6 de junio de 2014, fue notificado personalmente a la señora Luz Estela Osorio Tobón, autorizada por el señor Juan Francisco Montes, representante legal de la Sociedad Volador Colombia S.A.S.;

Que mediante Radicado número 4120-E1-30721 del 8 de septiembre de 2014, el señor Juan Francisco Montes en su calidad de representante legal de la Sociedad Volador Colombia S.A.S., allega respuesta a los requerimientos realizados mediante el Auto número

208 del 6 de junio de 2014.

Fundamentos técnicos

Que la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en ejercicio de la función establecida en el numeral 3 del artículo 16 del Decreto-ley 3570 de 2011, emitió los Conceptos Técnicos números 171 del 6 de noviembre de 2014 y 173 del 14 de noviembre de 2014, en el cual se analizó toda la información allegada por el representante legal de la Empresa Volador Colombia S.A.S., respecto a la solicitud de sustracción de un área ubicada en la Reserva Forestal del Pacífico establecida en la Ley 2a de 1959, para la ejecución del programa de exploración minera denominado Comitá ubicado en el municipio de Quibdó en el departamento de Chocó.

Que los mencionados conceptos señalan:

"(■)

2. Descripción de la solicitud

El señor Juan Francisco Montes, identificado con el Pasaporte número 1785279 representante legal de la Empresa Volador Colombia S.A.S. con NIT 900.495.326-4, e identificado con cédula extranjería número 408015, en cumplimiento con lo establecido en la Resolución número 1526 del 2012, remitió la documentación correspondiente para solicitud de sustracción temporal de un área de 421,7260 ha en la Reserva Forestal del Pacífico, para la realización de un proyecto de exploración para mineral de cobre, plata, oro y demás minerales existentes en el Contrato de Concesión número IHS-08005X con un área otorgada de 3000,1076 ha, en el municipio de Quibdó del departamento de Chocó.

El área del Contrato de Concesión número IHS-08005X, se localiza en la zona de Reserva Forestal Nacional del Pacífico, en el departamento del Chocó, concretamente en el municipio de Quibdó, Zona 1 del territorio de Cocomacia, las áreas de concesión y de solicitud de sustracción se presentan en la Figura 1 y las coordenadas correspondientes en la Tabla 1.

Figura 1. Área del Contrato de Concesión número IHS-08005X y área a sustraer

Fuente: Informe presentado por Volador Colombia S.A.S.

Tabla 1. Puntos coordenadas del Contrato de Concesión número IHS-08005X

y área a sustraer

Fuente: Informe presentado por Volador Colombia S.A.S. 3. Análisis y evaluación de la información presentada

El documento que se usó para la información, fue allegado por el peticionario y denominado "Sustracción Temporal de Área en la Reserva Forestal del Pacífico Contrato de Concesión número IHS-08005X".

3.1 Importancia de la actividad considerada de utilidad pública o interés social

De acuerdo con el estudio y dentro de las consideraciones que determinan la importancia del proyecto, se plantean como consideraciones de importancia de la actividad las siguientes: la creciente demanda en el mercado global de plata, cobre, oro, la participación e inversión social que se obtendrá a partir de las actividades de exploración minera tec-nificada, la contribución del proyecto como locomotor del crecimiento y la generación de empleo, el mejoramiento del nivel de vida de las comunidades a través de las transferencias de conocimientos y la generación de ingresos directos a través del empleo y contratación de personal local y el movimiento del comercio local.

3.2 Aspectos técnicos de la actividad

De acuerdo con lo indicado en el documento allegado a este Ministerio, el área solicitada en sustracción corresponde al Contrato de Concesión número IHS-08005X, del área se plantea extraer mineral de cobre, plata, oro y demás minerales existentes en el Contrato de Concesión número IHS-08005X. Se indica que se realizarán estudios geológicos superficiales (prospección) y del subsuelo (perforaciones), geotécnicos y ambientales que permitan definir la factibilidad técnica, ambiental y económica del proyecto.

Se menciona que el proceso exploratorio se realizará en 4 fases, las cuales incluyen:

1. Fase 1, denominada de Exploración geológica de superficie un (1) año, Exploración regional geoquímica, Exploración local geoquímica (detallada) y Estudios geofísicos (mag-netometría y polarización inducida) tienen un alcance de dos (2) años y la Compilación de datos y producción de informes se prolonga hasta el año 11.

2. Fase 2, los tiempos necesarios se extienden hasta 7 años,

3. Fases 3 y 4 de la etapa de exploración el tiempo alcanza el año 11.

De igual manera se realizará adecuación de accesos o senderos para la interconexión de toda la operación, llegando a ser necesaria la realización de trochas o senderos peatonales, los cuales requieren un ancho de 1.5 m y perforaciones con profundidades que variarán entre 100 y 600 m. Las perforaciones se realizarán de forma ortogonal a los cuerpos mineralizados y para cada plataforma de perforación se adecuarán áreas de aproximadamente 36 m2, (6 m x 6 m). En cuanto al material requerido para iniciar el proceso de exploración se relaciona la utilización de tablas y tablones para estructuras, instalaciones eléctricas, instalaciones de agua y tanques de almacenaje. Además de equipos como planta eléctrica o generador, motobomba o sistema de agua, taladros de perforación.

Con respecto al acceso se describen 4posibles rutas, resaltando la opción de helipuerto, las demás en su mayoría utilizan el transporte fluvial como estrategia de ingreso al sitio de estudio.

· Al respecto de combustibles (gasolina corriente, aceite lubricante y ACPM), para garantizar la perforación con 3 máquinas requieren almacenar en el proyecto un mínimo de 2000galones de ACPM, 10 galones de gasolina, 50 galones de aceite motor y 50 galones

de aceite hidráulico. La empresa considera la posibilidad de apoyo aéreo durante la etapa exploratoria, por lo que la necesidad de almacenar se reduce en un 90%.

· Adicionalmente y según las necesidades de la exploración, puede requerir la utilización de diferentes fluidos o lodos de perforación, entre los que se tienen fluidos densificantes, viscosificantes, dispersantes y defloculantes, de controladores de filtrado, de controladores de alcalinidadypH, bactericidas, inhibidores de corrosión, estabilizadores de shale, lubricantes, emulsificantes, floculantes, estabilizadores de temperatura, liberadores de tubería, entre otros. Adjuntan fichas técnicas de productos en el Anexo 3, se resalta su tratamiento, manejo y potencial contaminación como químicos industriales.

3.3 Área de influencia

El Área de Influencia Directa está definida según las actividades propias de la exploración y de su infraestructura asociada a los Concejos Comunitarios de San Francisco de Ichó, San Antonio de Icho, Tutunendo, Bocas de Nauritá, San Rafael de Neguá, Bocas de Nemotá, Villas del Rosario, Santa Lucía del Fuerte, San Joaquín, Las Brisas y el área de manejo especial Boca de Nauritá y cuencas de los ríos Comitá y Neguá que pertenecen a la Zona 1, del territorio de Cocomacia...

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