Resolución número 196 de 2014, por la cual se reglamenta el trámite administrativo de comisiones de servicios al interior y al exterior, reconocimientos de viáticos y gastos de viaje de servidores públicos y contratistas de la Entidad - 22 de Noviembre de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 545303690

Resolución número 196 de 2014, por la cual se reglamenta el trámite administrativo de comisiones de servicios al interior y al exterior, reconocimientos de viáticos y gastos de viaje de servidores públicos y contratistas de la Entidad

EmisorEmpresas Industriales y Comerciales del Estado - Centro de Memoria Histórica
Número de Boletín49343

El Director General, en uso de sus facultades legales, estatutarias y, especialmente las consagradas en el artículo 9º del Decreto número 4803 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que en el Decreto número 1950 de 1973, en sus artículos 75 al 81 se establecen las directrices sobre las comisiones al interior del país.

Que el artículo 61 del Decreto número 1042 de 1978 establece que los empleados públicos que deban viajar dentro o fuera del país en comisión de servicios tendrán derecho al reconocimiento y pago de viáticos.

Que el Decreto número 1042 de 1978, en sus artículos 64 y 65 establece las condiciones de pago y duración de las comisiones de servicio.

Que el artículo 71 del Decreto número 1042 de 1978 dispuso que: "De los gastos de transporte. Los empleados públicos que deban viajar fuera de su sede de trabajo, en desarrollo de comisiones de servicio dentro del país o en el exterior, tendrán derecho al reconocimiento y pago de los gastos de transporte, de acuerdo con reglamentación especial del Gobierno".

Que el artículo 4º de la Ley 4a de 1992, establece que "Con base en los criterios y objetivos contenidos en el artículo 2º, el Gobierno Nacional, cada año, modificará el sistema salarial correspondiente a los empleados enumerados en el artículo 1º literales a), b), c) y d), aumentando sus remuneraciones. Igualmente, el Gobierno nacional podrá modificar el régimen de viáticos, gastos de representación y comisiones de los mismos empleados".

Que el Decreto número 1050 de 1997, por el cual se dictan disposiciones sobre comisiones en el exterior (modificado por el Decreto número 2004 de 1997) establece los términos sobre los cuales se deben evaluar y analizar las solicitudes de comisiones al exterior de los servidores públicos.

Que mediante Directiva Presidencial número 11 de 2002, se establecieron las instrucciones para el trámite de las comisiones al exterior.

Que el Decreto número 2140 de 2008, en su artículo 1º modifica el artículo 12 del Decreto número 1050 del 10 de abril de 1997, el cual quedará así:

"Artículo 12. De los informes. Todo servidor público deberá presentar ante su superior inmediato y dentro de los tres días siguientes a lafinalización de la comisión que le haya sido conferida, un informe ejecutivo sobre las actividades desplegadas en desarrollo de la misma.

Así mismo, todas las Entidades objeto del ámbito de aplicación del presente decreto, deberán remitir al Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, la relación de las comisiones otorgadas y el valor pagado por ellas con cargo al Tesoro Público".

Que el Ministerio de Hacienda cada año expide el decreto con el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para cada vigencia fiscal y en este se establece que: "Viáticos y gastos de viaje. Por este rubro se le reconoce a los empleados públicos y, según lo contratado, a los trabajadores oficiales del respectivo órgano, los gastos de alojamiento, alimentación y transporte, cuando previa resolución, deban desempeñar funciones en lugar diferente de su sede habitual de trabajo.

Este rubro también incluye los gastos de traslado de los empleados públicos (...).

No se podrán imputar a este rubro los gastos correspondientes a la movilización dentro del perímetro urbano de cada ciudad, ni viáticos y gastos de viaje a contratistas, salvo que se estipule así en el respectivo contrato".

Que en el artículo 1º Decreto número 310 de 2012 se estableció "Delegar en los Ministros del Despacho y Directores de Departamento Administrativo la función de autorizar a los servidores públicos para que acepten cargos, honores o recompensas de gobiernos

extranjeros u organismos internacionales y para celebrar contratos con ellos, en los términos del artículo 129 de la Constitución Política".

RESUELVE:

CAPÍTULO I Artículos 1 a 10

Comisiones al interior

Artículo 1º Definiciones.

Para efectos de la aplicación de la presente resolución se definen los siguientes conceptos:

Comisión: Cuando el funcionario y/o contratista se encuentra en una situación administrativa que implica, ejercer temporalmente las funciones propias de su cargo, o atender transitoriamente actividades oficiales distintas, en lugares diferentes a los de su sede habitual, o cuando el contratista cumple con sus obligaciones contractuales, en lugar distinto al señalado como lugar de ejecución habitual.

Sede: Lugar donde un empleado realiza las funciones de su cargo de manera habitual; o en el que el contratista cumple con el objeto y las obligaciones contractuales, de acuerdo con lo señalado en el respectivo contrato.

Viáticos: Valor en dinero destinados a atender gastos de alojamiento y alimentación, que se paga o reconoce a los funcionarios y/o contratistas. Para establecer este monto se tendrá en cuenta la asignación básica mensual, (funcionarios) y/o el valor de los honorarios mensuales para los contratistas de prestación de servicios, conforme al Decreto de Viáticos que el gobierno expide cada año y a la tabla que establezca la entidad mediante Resolución.

Gastos de viaje: Valor en dinero que se paga para cubrir los costos por concepto de transporte terrestre, fluvial o aéreo, a funcionario y/o contratistas, en cumplimiento de la respectiva comisión.

Artículo 2º Principio de las comisiones.

Son principios que regirán las comisiones al interior del país para funcionarios y contratistas del Centro de Memoria Histórica, las siguientes:

  1. Planeación: Cada dependencia deberá realizar una efectiva y cuidadosa planeación mensual de las...

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