Resolución número 2016028087 de 2016, por la cual se establecen los lineamientos para la autorización de agotamiento de existencias de etiquetas y uso de adhesivos en alimentos - 31 de Julio de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 646170369

Resolución número 2016028087 de 2016, por la cual se establecen los lineamientos para la autorización de agotamiento de existencias de etiquetas y uso de adhesivos en alimentos

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos
Número de Boletín49951

El Director General del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima), en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el numeral 22 del artículo 10 del Decreto 2078 de 2012, en concordancia con el artículo 18 de la Resolución 5109 de 2005 y artículo 35 de la Resolución 333 de 2011,

CONSIDERANDO:

Que el numeral 22 del artículo 10 del Decreto 2078 de 2012, faculta a la Dirección General del Invima, para expedir los actos administrativos propios de su cargo, incluidos los que se refieren a la expedición, modificación y renovación de registros sanitarios.

Que el Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución número 5109 de diciembre 29 de 2005, mediante la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos de rotulado o etiquetado que deben cumplir los alimentos envasados y materias primas de alimentos para consumo humano.

Que el artículo 18 de la Resolución 5109 de 2005, determinó que las autorizaciones para el agotamiento de etiquetas y uso de adhesivos, deben ser tramitadas ante el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima), y que en virtud de lo anterior, serán aprobadas con base en los lineamientos que para el efecto tenga establecido este Instituto.

Que el Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución número 333 de febrero 10 de 2011, mediante la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos de rotulado o etiquetado nutricional que deben cumplir los alimentos envasados para consumo humano.

Que el artículo 35 de la Resolución 333 de 2011, establece que el Invima, otorgará autorizaciones de agotamiento de existencias de etiquetas y uso de adhesivos, de conformidad con el procedimiento que para el efecto esta entidad señale.

Que de acuerdo al numeral 7 del artículo 20 del Decreto 2078 de 2012, la Dirección de Alimentos y Bebidas del Invima debe ejercer la función de proponer a la Dirección General la adopción de procesos y procedimientos para la expedición de los registros sanitarios de los alimentos y bebidas y demás afines a su naturaleza y al procesamiento, notificación y comunicación de los actos administrativos e información que de ellos se derive.

Que en cumplimiento con las actividades de vigilancia y control que ejerce el Invi-ma sobre los productos que por ley tiene esta obligación, se ha detectado en múltiples ocasiones, que las leyendas, textos o contenidos de las etiquetas, rótulos o empaques no corresponden a los requisitos técnicos contenidos en la norma o no resulta acorde a lo aprobado en el registro sanitario; o en los eventos en que el Instituto les autoriza algunas modificaciones al Registro Sanitario se presentan situaciones de incumplimiento a los requisitos de rotulado.

Que si bien a la fecha se surte ante el Instituto el trámite de autorización de agotamiento de existencias de etiquetas y uso de adhesivos en alimentos, se requiere, para claridad de los usuarios, establecer lineamientos frente a las situaciones permitidas y no permitidas para el agotamiento de etiquetas y uso de adhesivos en alimentos.

Que para efectos de las responsabilidades sanitarias que se pueden derivar sobre la comercialización de los productos alimenticios o materias primas para alimentos, es necesario establecer las condiciones bajo las cuales se autoriza el agotamiento de existencias de etiquetas y uso de adhesivos en alimentos que presenten algún tipo de infracción en relación con lo establecido en las Resoluciones 5109 de 2005 y 333 de 2011.

Que en mérito a lo anterior, este Instituto,

RESUELVE

Artículo 1º Alcance.

El Invima expedirá las autorizaciones de agotamiento de existencias de etiquetas y uso de adhesivos en alimentos que requieran Registros Sanitarios, Permisos Sanitarios y/o Notificaciones Sanitarias a sus titulares y respecto de los demás productos contemplados en el artículo 37 de la Resolución 2674 de 2013 a los interesados previo al estudio de su viabilidad basado en el enfoque del riesgo sanitario.

Durante el estudio de autorizaciones de agotamiento de existencias de etiquetas y uso de adhesivos, se evaluará de manera integral todos los aspectos establecidos conforme a la normatividad sanitaria vigente en materia de rotulado o etiquetado.

Parágrafo. Al surtirse el estudio del agotamiento, si surgen observaciones por parte del Invima sobre los empaques, etiquetas o rótulos, su aprobación se sujetará al cumplimiento de los requerimientos que el Instituto formule según corresponda, conforme los términos del artículo 17 de la Ley 1755 de 2015 o la norma que lo modifique, sustituya o adicione.

Artículo 2º Término de autorización

. El término establecido para el agotamiento de existencias de etiquetas y uso de adhesivos, será concedido por un período máximo de seis (6) meses.

Parágrafo. En caso de que el interesado antes del vencimiento del periodo...

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