Resolución número 21292 de 2016, por la cual se establece el cronograma de actividades para el proceso de evaluación de que trata el artículo 35y el numeral 2 del artículo 36 del Decreto-ley 1278 de 2002 para el ascenso de grado o la reubicación nivel salarial de los educadores oficiales regidos por dicha norma, y se dictan otras disposiciones - 11 de Noviembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 653305017

Resolución número 21292 de 2016, por la cual se establece el cronograma de actividades para el proceso de evaluación de que trata el artículo 35y el numeral 2 del artículo 36 del Decreto-ley 1278 de 2002 para el ascenso de grado o la reubicación nivel salarial de los educadores oficiales regidos por dicha norma, y se dictan otras disposiciones

EmisorMinisterio de Educación Nacional
Número de Boletín50054

El Viceministro de Educación Superior Encargado de las Funciones del Despacho del Ministro de Educación Nacional, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el parágrafo del artículo 35 del Decreto-ley 1278 de 2002, en los artículos 2.4.1 4.2.1 y 2.4.1.4.3.2 del Decreto 1075 de 2015, y el Decreto 1573 de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto-ley 1278 de 2002 se expidió el Estatuto de Profe sio-nalización Docente, el cual regula las relaciones entre el Estado y los docentes y directivos docentes que prestan sus servicios en las instituciones educativas oficiales de preescolar básica y media que hacen parte de las entidades territoriales certificadas en educación.

Que el mencionado decreto-ley consagra en su artículo 35 y en el numeral 2 del artículo 36 la Evaluación de Competencias como el mecanismo voluntario que evalúa la práctica educativa y pedagógica por los educadores oficiales en su puesto de trabajo, con el fin de lograr su ascenso de grado o reubicación en el Escalafón Docente.

Que el Decreto 1657 de 2016, adicionado al Decreto 1075 de 2015, subrogó las secciones 1, 2, 3 y 4 del Capítulo 4, Título 1, Parte 4, Libro 2, del Decreto 1075 en donde se reguló la evaluación de la que trata el artículo 35 y el numeral 2 del artículo 36 del Decreto-ley 1278 de 2002, atribuyéndole a la misma un carácter diagnóstico formativo.

Que dentro de las responsabilidades dispuestas en el artículo 2.4.1.4.2.1 del Decreto 1075 de 2015, al Ministerio de Educación Nacional le compete definir el cronograma de la evaluación y en virtud de ello, procede a fijarlo para la Evaluación con Carácter Diagnóstico Formativa que iniciará trámites en el año 2016 y se desarrollará durante el año 2017, para los educadores que cumplan con los requisitos estipulados en el artículo 2.4.1.4.1.3 y su parágrafo transitorio del Decreto 1075 de 2015.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Cronograma.

Fíjese el siguiente cronograma de actividades para la evaluación de carácter diagnóstica formativa de que trata el artículo 35 y el numeral 2 del artículo 36 del Decreto-ley 1278 de 2002 que iniciará trámites en el año 2016 y se desarrollará durante el año 2017:

Actividad Periodo de Ejecución
Definición de los instrumentos y las características de la evaluación. El Ministerio de Educación Nacional expedirá el acto que defina la información sobre
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