Resolución número 216 de 2014, por la cual se modificay se adiciona disciplinas académicas para algunos cargos contenidos en la resolución número 182 de 2014 --Manual de Funciones, Requisitos, Equivalencias y de Competencias Laborales para los Empleos de la Planta de Personal de la Universidad Surcolombiana - 16 de Marzo de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 561558538

Resolución número 216 de 2014, por la cual se modificay se adiciona disciplinas académicas para algunos cargos contenidos en la resolución número 182 de 2014 --Manual de Funciones, Requisitos, Equivalencias y de Competencias Laborales para los Empleos de la Planta de Personal de la Universidad Surcolombiana

EmisorEntes Universitarios Autónomos - Universidad Surcolombiana
Número de Boletín49455

El Rector de la Universidad Surcolombiana, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, especialmente las consagradas en los artículos 6º y 7º del Acuerdo 042 de 1996, el artículo 19 de la Ley 909 de 2004 y los Decretos 770 y 2539 de 2005, Decreto 1785 de 2014, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante Acuerdo número 042 del 27 de junio de 1996, el Consejo Superior Universitario estableció la estructura y distribuyó la Planta Administrativa global de la Universidad Surcolombiana;

Que el artículo 7º del mencionado Acuerdo, establece que el Rector mediante resolución expedirá el Manual Específico de Funciones y Requisitos, conforme a la normatividad legal vigente;

Que en ejercicio de la anterior facultad la Rectoría mediante resolución número 182 del 23 de octubre de 2014, expidió el nuevo Manual de Funciones, requisitos, equivalencias y de Competencias laborales de los diferentes empleos de la planta de personal de la Universidad

Surcolombiana y a su vez derogó el antiguo manual de funciones y requisitos establecido en la resolución número 3183 de 1996.

Que el artículo 69 de la Constitución Política, reconoce en forma expresa la autonomía, como una garantía para que las Universidades puedan "...darse sus directivas y regirse por sus propios estatutos";

Que jurisprudencialmente la Autonomía Universitaria ha sido definida como "La capacidad de autorregulación filosófica y de autodeterminación administrativa de la persona jurídica que presta el servicio público de educación superior";

Que el Decreto 2772 del 10 de agosto de 2005, Por el cual se establecen las funciones y los requisitos generales para los diferentes empleos públicos de las entidades del orden nacional y se dictan otras disposiciones, en su artículo 24 establecía que para el ejercicio de los empleos que exijan como requisito el título o la aprobación de estudios en educación superior en cualquier modalidad, en los manuales específicos se determinarán las disciplinas académicas, teniendo en cuenta la naturaleza de las funciones del empleo o el área de desempeño;

Que el cargo de Profesional Especializado código 2028, grado 17 adscrito al área de Planeación Física de la Oficina Asesora de Planeación tiene como requisitos de estudios los de Título Profesional Universitario en Áreas de la Ingeniería Civil, Arquitectura y demás afines y título de posgrado en la modalidad de especialización;

Que de acuerdo con el oficio número 2.2-CI-0206 de diciembre 22 de 2014 emitido por el señor Carlos Javier Martínez González, Jefe de la oficina Asesora de...

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