Resolución número 222 de 2015, por la cual se presenta a los agentes de la cadena, usuarios y terceros interesados, las bases sobre las cuales la Comisión efectuará los estudios para determinar la metodología tarifaria para la remuneración del transporte de combustibles líquidos y GLP por ductos - 15 de Enero de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 591820718

Resolución número 222 de 2015, por la cual se presenta a los agentes de la cadena, usuarios y terceros interesados, las bases sobre las cuales la Comisión efectuará los estudios para determinar la metodología tarifaria para la remuneración del transporte de combustibles líquidos y GLP por ductos

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión De Regulación De Energía Y Gas
Número de Boletín49756

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en ejercicio de las atribuciones legales, en especial las conferidas por la Ley 142 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994, 4130 de 2011 y 1260 de 2013, y

CONSIDERANDO QUE:

El artículo 334 de la Constitución Política de Colombia, estableció la facultad del Estado para intervenir en la explotación de los recursos naturales como el petróleo, en la producción y distribución de bienes como son los combustibles líquidos derivados del petróleo, y en los servicios públicos y privados.

La Ley 142 de 1994, definió el gas combustible, como el servicio domiciliario y conjunto de actividades ordenadas a la distribución de gas combustible, por tubería u otro medio, desde un sitio de acopio de grandes volúmenes o desde un gasoducto central hasta la instalación de un consumidor final, incluyendo su conexión y medición. Así mismo, cobija las actividades complementarias de comercialización desde la producción y transporte de gas por un gasoducto principal, o por otros medios, desde el sitio de generación hasta aquel en donde se conecte a una red secundaria.

La misma norma atribuyó a la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), como el ente encargado de establecer las fórmulas para la fijación de las tarifas del servicio público domiciliario de gas combustible estableciendo además, los criterios y lineamientos que debía cumplir para llevar a cabo esta función.

En los artículos 87 y 91 de la mencionada ley, se establecieron los criterios bajo los cuales se debe definir el régimen tarifario de las empresas de servicios públicos.

Adicionalmente, se incluyó como condición calcular por separado, cuando fuera posible, una fórmula para cada una de las etapas del servicio con el fin de establecer las fórmulas tarifarias.

De conformidad con lo establecido en el artículo 126 de la Ley 142 de 1994, vencido el período de vigencia de las fórmulas tarifarias, estas continuarán rigiendo mientras la Comisión no fije las nuevas.

El Gobierno nacional reasignó algunas funciones del Ministerio de Minas y Energía (MME) a la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), mediante el artículo 3º del Decreto 4130 de 2011, incluyendo entre otras, la función de regular la actividad de transporte de combustibles líquidos.

Mediante el Decreto 1260 de 2013, se modificó la estructura de la CREG, y se determinó como función la de "definir la metodología y establecer las fórmulas para la fijación de precios y las tarifas del transporte de combustibles, terrestre y por poliductos".

Adicionalmente, a través del Decreto 1073 de 2015, el Gobierno nacional expidió el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Minas y Energía señalando en su artículo 2.2.1.1.2.2,1.3 como autoridad de regulación a la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) tal como se había establecido en el Decreto 4299 de 2005, artículo 3º, modificado por el Decreto-ley 4130 de 2010, artículo 3º numeral 5.

La CREG está facultada para expedir las fórmulas para la fijación de tarifas de transporte tanto en el sector de gas combustible como para el de combustibles líquidos, por lo cual se somete a consideración de los agentes, usuarios y terceros interesados las bases sobre las cuales se definirá la fórmula aplicable y la remuneración del transporte de combustibles líquidos y GLP por ductos.

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su Sesión número 692 del 4 de diciembre de 2015, acordó expedir la presente resolución,

RESUELVE:

Artículo 1º Someter a consideración de los agentes, usuarios y terceros interesados las bases sobre las cuales se efectuarán los estudios para determinar la metodología de remuneración del transporte de combustibles líquidos y GLP por ductos, contenidas en el Anexo General de esta resolución.
Artículo 2º Los agentes, usuarios y terceros interesados tendrán un plazo de dos (2) meses a partir de la publicación de esta resolución, para enviar a la Comisión comentarios

y sugerencias, escritas y sustentadas, sobre las bases contenidas en el anexo general de la presente resolución.

Artículo 3º Con la presente resolución se da inicio al impulso de la actuación administrativa y por ser un acto de trámite, previo a la expedición de las disposiciones definitivas, no deroga disposiciones regulatorias vigentes.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 4 de diciembre de 2015. El Presidente,

Carlos Fernando Eraso Calero,

Viceministro de Energía Delegado del Ministro de Minas y Energía.

El Director Ejecutivo (e),

Germán Castro Ferreira.

ANEXO GENERAL

BASES SOBRE LAS CUALES LA COMISIÓN EFECTUARÁ LOS ESTUDIOS

PARA DETERMINAR LAMETODOLOGÍA TARIFARIAPARA LA REMUNERACIÓN

DEL TRANSPORTE DE COMBUSTIBLES LÍQUIDOS Y GLP POR DUCTOS

CONTENIDO

1 OBJETIVO

2 ANTECEDENTES

2.1. REGULACIÓN DEL SECTOR

2.2. COMPETENCIA DE LA CREG

2.3. ESTUDIOS PREVIOS

2.3.1. Revisión de la metodología tarifaria para el transporte de derivados del petróleo en poliductos y establecimiento de la tasa de remuneración de los activos (Econometría, 2009)

2.3.2. Propuesta de un esquema de regulación económica para la actividad de transporte de derivados de petróleo por poliductos, (Sumatoria S.A.S, 2013)

2.3.3. Análisis base para definir la metodología de remuneración de transporte de combustibles líquidos por ductos. (SNC- Lavalin, 2014)

3 GENERALIDADES DEL TRANSPORTE DE COMBUSTIBLES LÍQUIDOS Y GLP POR DUCTOS

3.1. TRANSPORTE POR DUCTO EN LA CADENA DE VALOR

3.2. INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE POR POLIDUCTOS

3.3. MERCADO DE TRANSPORTE DE COMBUSTIBLES Y GLP

3.3.1. Transporte de GLP

3.3.2. Transporte por el sistema de poliductos

4 METODOLOGÍA TARIFARIA VIGENTE

4.1. METODOLOGÍA DE REMUNERACIÓN DE TRANSPORTE DE GLP

4.2. REMUNERACIÓN DEL TRANSPORTE POR POLIDUCTOS DE COMBUSTIBLES LÍQUIDOS

4.2.1. Resolución 180088 de 2003

4.2.2. Modificaciones Resolución 180088 de 2003

5 COMPORTAMIENTO DE LAS TARIFAS PARA EL TRANSPORTE

5.1. TARIFAS APLICADAS PARA TRANSPORTE DE GLP

5.2. TARIFAS APLICADAS AL TRANSPORTE POR DUCTOS DE COMBUSTIBLES LÍQUIDOS DERIVADOS DEL PETRÓLEO

5.3. AJUSTES A TARIFAS DE TRANSPORTE MEDIANTE RESOLUCIÓN 181701 DE 2003

6 MARGEN DE CONTINUIDAD

6.1. PROCESO DE LIQUIDACIÓN

6.2. RESUMEN REGULACIÓN MARGEN DE CONTINUIDAD

7 TEMAS A ESTUDIAR

7.1. METODOLOGÍAS EN LA DETERMINACIÓN DE PRECIOS

7.2. ESQUEMA DE CARGOS

7.3. MODELO TARIFARIO

7.3.1. Valoración inversión

7.3.2. Fijación de la Tasa de Retorno

7.3.3. Definición Vida útil

7.3.4. Remuneración de inversiones almacenamiento operativo eficiente

7.3.5. Llenado de línea

7.4. AOM

7.5. DEMANDA, FACTOR DE USO Y EFICIENCIA

7.6. ESTRUCTURACIÓN DE CARGOS FIJOS Y VARIABLES

7.7. COMPETITIVIDAD VS. TRANSPORTE SUSTITUTO

7.8. INFORMACIÓN CONTABLE PARA LA REGULACIÓN

7.9. REMUNERACIÓN DE LAS PÉRDIDAS

7.10. SEÑALES TARIFARIAS Y EXPANSIONES AL SISTEMA

8 ANEXO 1. DETALLES DE LA INFRAESTRUCTURADE TRANSPORTE POR DUCTOS

8.1. INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE ZONA NORTE

8.2. INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE ZONA ESTE

8.3. INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE ZONA CENTRO

8.4. INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE ZONA OESTE

8.5. INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE ZONA SUR

8.6. INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE ZONA BOGOTÁ

8.7. INFRAESTRUCTURA DE ALMACENAMIENTO

8.8. CARACTERIZACIÓN DE LOS PRINCIPALES TRAMOS DE POLI-DUCTOS

8.8.1. Poliducto Pozos Colorados - Galán

8.8.2. Poliducto Cartagena - Baranoa

8.8.3. Poliducto Buenaventura - Yumbo

8.8.4. Poliducto Galán - Bucaramanga

8.8.5. Sistema Galán - Sebastopol

8.8.6. Sistema Sebastopol - Puerto Salgar

8.8.7. Propanoducto Galán - Salgar

8.8.8. Poliducto Salgar - Mansilla

8.8.9. Propanoducto Salgar - Mansilla 8"

8.8.10. Poliducto Mansilla - Puente Aranda

8.8.11. Poliducto Puente Aranda - El Dorado

8.8.12. Poliducto Sebastopol - Medellín

8.8.13. Poliducto Medellín - Cartago - Yumbo

8.8.14. Poliducto Odeca Salgar - Manizales - Cartago

8.8.15. Poliducto Cartago - Yumbo

8.8.16. Poliducto Salgar - Neiva

8.8.17. Poliducto Sebastopol - Tocancipá

8.8.18. Poliducto Sutamarchán - Apiay

9 ANEXO 2 ESTADÍSTICAS POR TRAMO

9.1. CARTAGENA - BARRANQUILLA

9.2. POZOS COLORADOS - GALÁN 14"

9.3. GALÁN - BUCARAMANGA

9.4. GALÁN - SEBASTOPOL 16"

9.5. GALÁN - SEBASTOPOL 12"

9.6. GALÁN - PUERTO SALGAR 8"

9.7. SEBASTOPOL - MEDELLÍN 12"

9.8. MEDELLÍN - CARTAGO

9.9. SEBASTOPOL - TOCANCIPÁ

9.10. SUTAMARCHÁN - APIAY

9.11. PUERTO SALGAR - CARTAGO

9.12. CARTAGO - YUMBO 10"

9.13. CARTAGO - YUMBO 6"

9.14. YUMBO - BUENAVENTURA

9.15. PUERTO SALGAR - GUALANDAY

9.16. GUALANDAY - NEIVA

9.17. PUERTO SALGAR - MANSILLA 10"

9.18. PUERTO SALGAR - MANSILLA 8"

9.19. MANSILLA - PUENTE ARANDA

9.20. PUENTE ARANDA - EL DORADO

10 BIBLIOGRAFÍA

LISTA DE TABLAS

Tabla 1 Principales normas. Cadena de Distribución de Combustibles Líquidos y gas licuado del petróleo por ductos

Tabla 2 Objetivos y conclusiones estudio ECONOMETRÍA 2009 Tabla 3 Objetivos y conclusiones estudio SUMATORIA 2013

Tabla 4 Objetivos y conclusiones estudio SNC Lavalin 2014

Tabla 5 Tarifas de transporte por poliductos Resolución Minminas 180088 de 2003

Tabla 6 Actualización tarifas Resolución Minminas 180088 de 2003

Tabla 7 Tarifas de transporte por poliductos Resolución Minminas 181701 de 2003

Tabla 8 Resumen resoluciones tarifas de poliductos 2006-2011

Tabla 9 Resumen regulación margen de continuidad

Tabla 10 Determinación de precios

Tabla 11...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR