Resolución número 23 de 2017, por la cual se reglamentan los requisitos de los Programas de Arqueología Preventiva para proyectos de Marinas - 9 de Febrero de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 664746301

Resolución número 23 de 2017, por la cual se reglamentan los requisitos de los Programas de Arqueología Preventiva para proyectos de Marinas

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de Antropología e Historia
Número de Boletín50142

El Director General del Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH), en ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las que le confieren la Ley 397 de 1997 - modificada y adicionada por las Leyes 1185 de 2008, 489 de 1998 y 1675 de 2013, el Decreto número 2667 de 1999, el Decreto Único Reglamentario del Sector Cultura número 1080 de 2015, Decreto número 1530 de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que los artículos y 72 de la Constitución Política establecen la obligación del Estado de proteger las riquezas naturales y el patrimonio cultural de la Nación.

Que el artículo 6º de la Ley 397 de 1997, modificado por el artículo 3º de la Ley 1185 de 2008 establece que el Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH) es la institución competente en el territorio nacional respecto del manejo del patrimonio arqueológico.

Que de acuerdo con el artículo 8º de la Ley 1675 de 2013, los proyectos que afecten el suelo o subsuelo en aguas internas, fluviales y lacustres, en el mar territorial, en la zona contigua, la zona económica exclusiva y la plataforma continental e insular, y otras áreas delimitadas por líneas de base, cuando impliquen el otorgamiento de licencia o autorización por otras autoridades públicas, se sujetarán a las disposiciones generales en materia de planes de manejo arqueológico y programas de arqueología preventiva, al tenor de lo consignado en el numeral 1.4 del artículo 11 de la Ley 397 de 1997, modificado por la Ley 1185 de 2008, previa aprobación del Ministerio de Cultura.

Que la intervención sobre el patrimonio arqueológico de la Nación requiere autorización del Icanh, y bajo ese entendido, el artículo 2.6.2.2 numeral 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Cultura número 1080 de 2015, modificado por el artículo 1º del Decreto número 1530 de 2016, que establece los tipos de intervención sobre patrimonio arqueológico, condiciona el inicio de obras o actividades a la puesta en marcha del Programa de Arqueología Preventiva y a aprobación del Plan de Manejo Arqueológico por parte del ICANH.

Que en concordancia con el artículo 2.7.1.2.2 del DUR 1080 de 2015, modificado por el artículo 4º del Decreto número 1530 de 2016, los proyectos de marinas que requieran licencia ambiental, registros o autorizaciones...

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