Resolución número 2726 de 2016, por medio de la cual se decreta el desistimiento tácito y archivo del proceso de concer-tación de los asuntos ambientales de la revisión general del Esquema de Ordenamiento Territorial del municipio de Nimaima (Cundinamarca) - 3 de Enero de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 657010193

Resolución número 2726 de 2016, por medio de la cual se decreta el desistimiento tácito y archivo del proceso de concer-tación de los asuntos ambientales de la revisión general del Esquema de Ordenamiento Territorial del municipio de Nimaima (Cundinamarca)

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
Número de Boletín50105

El Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), en uso de sus facultades legales, en especial de las que le confiere el artículo 29 (numeral 1) de la Ley 99 de 1993; el artículo 42 (numeral 27) de los Estatutos de la Corporación, el artículo 4º (numeral 29) del Acuerdo CAR número 022 de 2014, y el artículo 17 de la Ley

1755 del 30 de junio de 2015, por la cual se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso-Administrativo,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 28 de la Ley 388 de 1997 asigna a la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), la competencia para concertar los asuntos ambientales de las propuestas de revisión y/o ajustes de los planes de ordenamiento territorial de los entes de su jurisdicción.

Que el citado artículo 28 (numeral 4) de la Ley 388 de 1997, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 810 de 2003 y el artículo 1º del Decreto 2079 de 2003, compilado en el Decreto 1077 de 2015, establecen que las revisiones y ajustes a los planes de ordenamiento territorial, se someterán a los mismos trámites de concertación, consulta y aprobación previstos en los artículos 24 y 25 de la Ley 388 de 1997.

Que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio expidió el Decreto 1807 del 19 de septiembre de 2014, compilado en el Decreto 1077 de 2015, por el cual se reglamentó el artículo 189 del Decreto 0198 de 2012, en lo relativo a la incorporación de la gestión del riesgo en los planes de ordenamiento territorial.

Que el municipio de Nimaima (Cundinamarca) adoptó el Esquema de Ordenamiento Territorial, mediante Acuerdo número 029 del 23 de diciembre de 2000.

Que mediante Radicado número 20141104378 del 14 de febrero de 2014, el municipio de Nimaima presentó ante la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) solicitud para adelantar el proceso de concertación de los asuntos ambientales, respecto de la revisión de su esquema de ordenamiento territorial.

Que a través del Radicado número 20142105640 del 5 de marzo de 2014, la CAR informó las razones por las cuales no era procedente adelantar la concertación respectiva y señaló la necesidad de estructurar nuevamente la propuesta para la revisión del EOT.

Que, posteriormente, el municipio presentó nueva documentación con la propuesta de revisión del EOT, con el Radicado número 20141120325 del 25 de julio de 2014.

Que en respuesta a esta solicitud, la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) envió requerimientos de información a la propuesta de...

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