Resolución número 2827 de 2015, por la cual se declaran concertados los asuntos ambientales concernientes al Proyecto de Revisión y Ajuste General del Esquema de Ordenamiento Territorial (EOT), del municipio de Nemocón (Cundinamarca) - 12 de Marzo de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 631434226

Resolución número 2827 de 2015, por la cual se declaran concertados los asuntos ambientales concernientes al Proyecto de Revisión y Ajuste General del Esquema de Ordenamiento Territorial (EOT), del municipio de Nemocón (Cundinamarca)

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
Número de Boletín49813

El Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), en uso de sus facultades legales, en especial de las que le confieren el artículo 29 (numeral 1) de la Ley 99 de 1993; el Acuerdo número 012 del 19 de mayo de 2015 emanado por el Consejo Directivo, el artículo 1º (parágrafo 6º) de la Ley 507 de 1999; y el artículo 42 (numeral 1) de la Resolución número 703 de 2003, expedida por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, por la cual se aprueban los Estatutos de la Corporación,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 28 de la Ley 388 de 1997, en concordancia con el parágrafo 6º del artículo 1º de la Ley 507 de 1999, asigna a la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) la competencia para concertar los asuntos ambientales de las propuestas de revisión de los planes de ordenamiento territorial de los entes de su jurisdicción;

Que el artículo 28 (numeral 4) de la Ley 388 de 1997 y el artículo 1º del Decreto número 2079 de 2003 establecen que las revisiones de los planes de ordenamiento territorial se someterán a los mismos trámites de concertación, consulta y aprobación previstos en los artículos 24 y 25 de la Ley 388 de 1997;

Que el Decreto número 1077 de 2015, que compiló en su artículo 2.2.2.1.2.6.1 el artículo 5º del Decreto número 4002 de 2004, establece el período para la presentación de la revisión y ajuste al Plan de Ordenamiento Territorial y los fundamentos para hacerlo y el artículo 9º del citado decreto dispone los documentos que se deben presentar y/o radicar ante la autoridad ambiental competente para dar inicio a la concertación de los asuntos ambientales;

Que mediante Acuerdo número 29 de diciembre 10 de 2000 "por el cual se adoptó el Plan de Ordenamiento Territorial para el municipio de Nemocón" el cual fue modificado a través del Acuerdo número 026 de diciembre 23 de 2009, "por el cual se adoptó la actualización y ajuste de los contenidos del Acuerdo Municipal número 029 de diciembre 10 de 2000, se...

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