Resolución número 4 0539 de 2015, por la cual se modifica la fecha de puesta en operación del Proyecto objeto de la Convocatoria Pública UPME-01-2008 - Subestación Nueva Esperanza y Líneas de Conexión Asociadas - 8 de Mayo de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 569536010

Resolución número 4 0539 de 2015, por la cual se modifica la fecha de puesta en operación del Proyecto objeto de la Convocatoria Pública UPME-01-2008 - Subestación Nueva Esperanza y Líneas de Conexión Asociadas

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín49505

El Viceministro de Energía Encargado de las Funciones del Despacho del Ministro de Minas y Energía, en uso de las facultades legales y reglamentarias, en especial las contenidas en el artículo 18 de la Ley 143 de 1994, artículo 5º del Decreto 381 de 2012 y el artículo 16 de la Resolución 18 0924 del 15 de agosto de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el numeral 3.8 del artículo 3 de la Ley 142 de 1994, constituye un instrumento de intervención estatal, entre otros, el estímulo a la inversión de los particulares en los servicios públicos.

Que el numeral 8.3 del artículo 8º de la Ley 142 de 1994 establece que es competencia de la Nación asegurar que se realice en el país, por medio de empresas oficiales, mixtas o privadas, la actividad de interconexión a las redes nacionales de energía eléctrica.

Que el artículo 7º de la Ley 143 de 1994 señala que en las actividades del sector podrán participar diferentes agentes económicos, públicos, privados o mixtos, los cuales gozarán de libertad para desarrollar sus funciones en un contexto de libre competencia, de conformidad con los artículos 333, 334 y 336 de la Constitución Política.

Que el artículo 85 de la Ley 143 de 1994 señala que las decisiones de inversión en generación, interconexión, transmisión y distribución de energía eléctrica constituyen responsabilidad de aquellos que las acometan, quienes asumen en su integridad los riesgos inherentes a la ejecución y explotación de los proyectos.

Que mediante Resolución 18 1315 de 2002 modificada por la Resolución 18 0925 de agosto de 2003, el Ministerio de Minas y Energía delegó en la Unidad de Planeación Minero Energética - UPME las gestiones administrativas necesarias para la selección, mediante convocatoria pública, de inversionistas que realicen en los términos del artículo 85 de la Ley 143 de 1994, los proyectos definidos y aprobados en el Plan de Expansión de Transmisión del Sistema Interconectado Nacional.

Que mediante Resolución 18 2149 del 28 de diciembre de 2007, el Ministerio de Minas y Energía adoptó el Plan de Expansión de Referencia de Generación y Transmisión 20082022, en el cual se incluyeron los proyectos denominados:

· Subestación Nueva Esperanza, transformador de 450 MVA 500/230 kV, ubicada en el sur de la ciudad de Bogotá y construcción de una línea a 500 kV entre la subestación existente Bacatá y Nueva Esperanza.

· Construcción de una línea a 230 kV entre la subestación existente Guavio y Nueva Esperanza, requerida en operación en noviembre de 2010.

Que la Unidad de Planeación Minero-Energética UPME, llevó a cabo la Convocatoria Pública UPME - 01 - 2008 con el objeto de seleccionar un inversionista para el diseño, adquisición de suministros, construcción, administración, operación y mantenimiento de la Subestación Nueva Esperanza (transformador de 450 mva 500/230 kV) y las líneas de transmisión asociadas, en la cual por cumplir con todos los requisitos establecidos al efecto resultó seleccionada Empresas Públicas de Medellín S.A. E.S.P.

Que de acuerdo con los documentos de selección de la Convocatoria UPME 01-2008, la fecha inicial de puesta en operación del mencionado proyecto sería el 31 de agosto de 2012.

Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) mediante Resolución 075 de 2010, oficializó los ingresos anuales esperados para Empresas Públicas de Medellín E.S.P. por el diseño, suministro, construcción, operación y mantenimiento de la subestación Nueva Esperanza 500/230 kV y las líneas de transmisión asociadas, previendo como fecha de puesta en operación del proyecto la definida en los Documentos de Selección de la Convocatoria UPME-01-2008.

Que por solicitud de Empresas Públicas de Medellín S.A. E.S.P. presentada el 31 de enero de 2012, y efectuadas en su momento las verificaciones del caso, el Ministerio de Minas y Energía mediante Resolución 18 1471 del 30 de agosto de 2012, modificó la fecha de puesta en operación del Proyecto objeto de la Convocatoria Pública UPME 01-2008, y estableció como nueva fecha oficial de entrada en operación del proyecto el 22 de noviembre de 2013.

Que posteriormente, mediante Resolución 100 de 2012, la referida Comisión de Regulación de Energía y Gas, modificó parcialmente la Resolución CREG 075 de 2010 con fundamento en la modificación de la fecha de entrada en operación del proyecto, aprobada por el Ministerio de Minas y Energía a través de la Resolución 18 1471 del 30 de agosto de 2012.

Que con ocasión de los retrasos en el proceso de licenciamiento ambiental en la fase de Diagnóstico Ambiental de Alternativas (DAA), por situaciones de fuerza mayor relacionadas con un rescate por hallazgo arqueológico en el área destinada a la Subestación 500/230 kV, y demoras en la expedición de la licencia ambiental, Empresas Públicas de Medellín S.A. E.S.P., mediante escrito radicado en este Ministerio con el número 2013055052, el día 4 de septiembre de 2013, solicitó otra modificación a la fecha de puesta en operación del proyecto Subestación Nueva Esperanza 500/230 kV (Transformador 45OMVA - 500/230kV) y las líneas de transmisión asociadas.

Que en respuesta a la nueva solicitud presentada por Empresas Públicas de Medellín S.A. E.S.P., el día 14 de septiembre de 2013, y efectuado el correspondiente estudio jurídico por parte del Ministerio de Minas y Energía, mediante Resolución 9 1009 del 21 de noviembre de 2013, confirmada mediante Resolución 9 0177 del 7 de febrero de 2014, se modificó de nuevo la fecha correspondiente a la puesta en operación del proyecto objeto de la Convocatoria UPME-01-2008, estableciendo el día 10 de mayo de 2015 como fecha oficial de entrada en operación del respectivo Proyecto.

Que a su vez la Comisión de Regulación de Energía y Gas, mediante Resolución CREG 176 de 2013, modificó parcialmente la Resolución CREG 075 de 2010, de conformidad con lo dispuesto por el Ministerio de Minas y Energía a través de la Resolución 9 1009 del 21 de noviembre de 2013.

Que Empresas Públicas de Medellín S.A. E.S.P., mediante escrito radicado en el Ministerio de Minas y Energía con el número 2014077178...

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