Resolucion numero 002233 de 1999, por la cual se delegan unas funciones, se crean la Junta de Recomendaciones, los Grupos de Evaluación y se dictan otras disposiciones. - 25 de Mayo de 1999 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 59808172

Resolucion numero 002233 de 1999, por la cual se delegan unas funciones, se crean la Junta de Recomendaciones, los Grupos de Evaluación y se dictan otras disposiciones.

Número de Boletín43590

por la cual se delegan unas funciones, se crean la Junta de Recomendaciones, los Grupos de Evaluación y se dictan otras disposiciones.

El Director General del Instituto Nacional de Vías, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confieren el artículo 16 del Decreto 288 de 1995 y la autorización concedida por el Acuerdo No. 0005 del 28 de febrero de 1995 de la Junta Directiva del Instituto Nacional de Vías, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 12 de la Ley 80 de 1993 y artículo 14 del Decreto 679 de 1994, el Director General del Instituto Nacional de Vías, podrá delegar algunas funciones en los servidores públicos que desempeñan cargos en los niveles directivos, ejecutivo o en sus equivalentes, facultades otorgadas en razón de la potestad discrecional.

Que con el fin de dar agilidad a los trámites y lograr el cumplimiento oportuno y eficiente de las funciones del Instituto Nacional de Vías, sin perjuicio de las propias establecidas en los Decretos 288 y 1893 de 1995, se hace necesario hacer las siguientes delegaciones;

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

CAPITULO I Artículos 1 a 16

Delegaciones

Artículo 1º Delegar en el Secretario General Administrativo, las siguientes funciones:
  1. En relación con los asuntos referentes a la contratación administrativa:

    1. Celebrar contratos respecto de los asuntos de su competencia, hasta por el 100% de la menor cuantía establecida en el literal a) del numeral 1º del artículo 24 de la Ley 80 de 1993 y artículo 3º del Decreto Reglamentario 855 de 1994, aplicando el procedimiento Interno establecido por el Instituto Nacional de Vías;

    2. Suscribir contratos respecto de los asuntos de competencia de las Oficinas: Jurídica, Planeación, Comunicaciones, Sistemas y Control Interno;

    3. Designar dentro de los servidores públicos de la secretaria o de las oficinas antes citadas, Interventores o Supervisores de los contratos que suscriba, de conformidad con las disposiciones legales vigentes sobre la materia;

    4. Expedir certificaciones sobre los contratos celebrados por el Instituto Nacional de Vías, relacionados con los contratos que suscribe, así como de su ejecución y cumplimiento.

  2. En relación con los asuntos referentes a la gestión administrativa:

    1. Autorizar las comisiones, reconocer viáticos y gastos de viaje del Director General y de sus Asesores, Secretario General Técnico, Jefes de Oficina de la Dirección, Subdirectores Administrativo y Financiero y del personal de la Secretaría General Administrativa;

    2. Autorizar, en ausencia del Secretario General Técnico, las comisiones y reconocer viáticos y gastos de viaje de los Subdirectores, Jefes de Oficina, y demás personal de la Secretaría General Técnica;

    3. Dar posesión a los Directores Regionales, Subdirectores, Jefes de Oficina y Asesores;

    4. Efectuar, previo visto bueno del Jefe Inmediato, las reubicaciones de los servidores públicos del Instituto Nacional de Vías cuando estos obedezcan a solicitud o intercambio de los mismos, sin que ello implique modificación en el nivel salarial;

    5. Firmar conjuntamente con la Subdirección Administrativa, las convocatorias para los concursos de selección de personal y las resoluciones de lista de elegibles, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes sobre la materia;

    6. Conceder cuando medie justa causa, hasta tres (3) días de permiso remunerado al personal a su cargo, informando de ello a la División de Recursos Humanos.

  3. En relación con los asuntos referentes a la gestión presupuestal y financiera:

    1. Ordenar el pago, sin límite de cuantía de las cuentas y obligaciones a cargo de la entidad;

    2. Firmar las solicitudes de los desembolsos y reembolsos en los proyectos que se relacionen con recursos del crédito;

    3. Solicitar las propuestas de modificaciones, traslados y en general los ajustes al presupuesto en coordinación con la Oficina de Planeación.

Artículo 2º Delegar en el Secretario General Técnico las siguientes funciones:
  1. En relación con los asuntos referentes a la contratación administrativa:

    1. Celebrar contratos respecto de los asuntos de su competencia, hasta por el 100%, de la menor cuantía establecida en el literal a) del numeral 1o. del artículo 24 de la Ley 80 de 1993 y artículo tercero del Decreto Reglamentario 855 de 1994, aplicando el procedimiento interno establecido por el Instituto.

  2. En relación con los asuntos referentes a la gestión administrativa:

    1. Autorizar las comisiones y reconocer viáticos y gastos de viaje del Secretario General Administrativo, Directores Regionales, Jefes de Oficina, Subdirectores, y del personal de la Secretaría General Técnica;

    2. Autorizar en ausencia del Secretario General Administrativo, las comisiones y reconocer viáticos y gastos de viaje del Director General del Instituto, de sus Asesores, de los Subdirectores, Jefes de Oficina y del personal de la Secretaría General Administrativa;

    3. Conceder cuando medie justa causa, hasta tres (3) días de permiso remunerado al personal a su cargo, informando de ello a la División de Recursos Humanos.

  3. En relación con los asuntos referentes a la gestión presupuestal y financiera:

    1. Conceptuar y refrendar en forma previa los ajustes del plan financiero de inversiones relacionados con los proyectos de concesiones;

    2. Ordenar las devoluciones por concepto de contribución de valorización.

  4. En relación con los asuntos referentes a la gestión técnica:

    1. Conceptuar previamente sobre los permisos especiales de transporte por carreteras nacionales de carga extrapesada y extralarga que conceda el Ministerio de Transporte.

Artículo 3º Delegar en los Directores Regionales las siguientes funciones:
  1. En relación con los asuntos de carácter jurídico:

    1. Ejercer la representación legal del Instituto Nacional de Vías en todos los asuntos judiciales y extrajudiciales dentro de su jurisdicción y en ejercicio de la misma constituir como mandatarios a los servidores públicos de la Regional o abogados externos, otorgar poderes, notificarse de los autos y las demás que se deriven de la misma.

  2. En relación con los asuntos referentes a la contratación administrativa:

    1. Celebrar contratos respecto de los asuntos de su competencia, hasta por la cuantía a que se refiere el literal a) del numeral 1º del artículo 24 de la Ley 80 de 1993, y artículo tercero del Decreto Reglamentario 855 de 1994;

    2. Liquidar los contratos celebrados por la Regional;

    3. Preparar los pliegos de condiciones y los términos de referencia para la contratación directa de actividades o servicios relacionados con la regional y evaluar las propuestas presentadas, para los contratos de su competencia.

  3. En relación con los asuntos referentes a la adquisición de inmuebles:

    1. Coordinar con la Subdirección del Medio Ambiente el apoyo logístico necesario para hacer ágiles y oportunos los trámites de la adquisición de los inmuebles y mejoras requeridos para la ejecución de las obras a cargo del Instituto Nacional de Vías;

    2. Suscribir promesas de compraventa, así como las respectivas escrituras públicas y celebrar los contratos con titulares de los derechos que recaigan sobre inmuebles y mejoras que se requieran para la ejecución de las obras adelantadas por el Instituto Nacional de Vías dentro de su jurisdicción y autorizar su pago, hasta la cuantía a que se refiere al literal a) del numeral 1º. del artículo 24 de la Ley 80 de 1993.

  4. En relación con los asuntos referentes a la gestión presupuestal y financiera:

    1. Llevar el registro de la ejecución del presupuesto asignado e informar mensualmente a las Secretarías Generales Técnica y Administrativa sobre la situación de su ejercicio;

    2. Suscribir mensualmente los balances generales, siguiendo las normas establecidas por la Contraloría General de la República y la Contaduría General de la Nación;

    3. Ordenar gastos todos los pagos necesarios dentro de los límites establecidos por las Secretarías Generales Técnica y Administrativa para la ejecución de los presupuestos de funcionamiento e inversión asignados a las regionales.

  5. En relación con los asuntos referentes a la gestión administrativa:

    1. Autorizar, de acuerdo con la reglamentación existente, las comisiones al personal de la Regional y reconocer viáticos y gastos de viaje correspondientes;

    2. Expedir y autenticar copias de documentos que reposan en los archivos de la Regional, cuando se trate de solicitudes externas.

  6. En relación con los asuntos referentes a la administración del recurso humano:

    1. Dar posesión a los servidores públicos de la Regional;

    2. Conceder, previo visto bueno del jefe inmediato, las vacaciones al personal de servidores públicos de la Regional;

    3. Autorizar licencias ordinarias no remuneradas y sus prórrogas, así como licencias por enfermedad, maternidad y accidentes de trabajo, constancias y certificaciones de tiempo de servicio y horas extras al personal de empleados públicos de la Regional;

    4. Expedir las autorizaciones para préstamos a los servidores públicos de la Regional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1º del Decreto 3074 de 1968;

    5. Conceder vacaciones excepto el pago de vacaciones en dinero y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR