RESOLUCIÓN NUMERO 0029 DE 2008 , (mayo 12) , por la cual se adjudica un terreno baldío . - 12 de Mayo de 2008 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 47000945

RESOLUCIÓN NUMERO 0029 DE 2008 , (mayo 12) , por la cual se adjudica un terreno baldío .

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, Incoder - Arauca
Número de Boletín47181

El Director Territorial del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural - Incoder - Arauca, en ejercicio de las facultades legales, estatutarias, y en especial las conferidas por el numeral octavo del artículo 21 de Ley 1152 del 25 de julio de 2007, Resolución número 205 del 29 de enero de 2008, Decreto Reglamentario número 230 del 30 de enero de 2008, y CONSIDERANDO: Que Neftalí Salvador Herrera Vivas, identificado con cédula de ciudadanía número 1189860 expedida en Arauca - Arauca, en su condición de ocupante presentó ante el Incoder.

el día 18 de septiembre de 2006, solicitud de adjudicación de un terreno baldío denominado La Musiúa , ubicado en la vereda El Musiú , jurisdicción del municipio de Puerto Rondón.

departamento de Arauca, con un área de ochenta (80) hectáreas (folio 1).

Mediante auto de fecha trece (13) de octubre de 2006, la Oficina de Enlace Territorial número 8 aceptó dicha solicitud y ordenó iniciar los procedimientos tendientes a la titulación del predio, para lo cual se conformó el expediente radicado bajo el número 8450823 y se or denó practicar la diligencia de inspección ocular al predio objeto de solicitud de adjudicación, para el día veinte (20) de noviembre de 2006 a las 10:00 a.

m. (folio 8).

Para dar cumplimiento a lo contemplado en el Decreto 982 de 1996, el trece (13) de octubre de 2006, se hizo la publicación en el Boletín del Programa de Titulación de Baldíos (folio 9), se fijó el aviso, en las Oficinas del Incoder y en la Alcaldía Municipal de Cravo Norte, por un término de 5 días hábiles (folios 10 y 11), el mismo aviso se publicó por dos veces, con intervalo no menor de cinco (5) días calendario, en la emisora radial Voz del Cinaruco (folio 12).

Mediante oficio de fecha trece (13) de octubre de 2006, se comunicó a la Corporación Autónoma Regional de la Orinoquia - Corporinoquia sede Arauca y al Ministerio Público, el auto de aceptación de la solicitud (folios 13 y 14).

En la fecha y hora antes indicadas, se practicó la diligencia de Inspección Ocular al predio, conforme a lo establecido en el artículo 19 del Decreto 2664 de 1994, según se observa en el acta respectiva (folios 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27 y 28), sin presentarse oposición.

En la diligencia de inspección ocular se estableció que la ocupación es adelantada direc tamente por el peticionario y este lleva cinco años o más, ocupando el predio LA Musiúa , de conformidad con lo previsto en el Decreto 2664 de 1994, artículo 8, inciso 2 y que a pesar de que la extensión del predio es inferior a la UAF definida por la Junta Directiva del Incora para la zona relativamente homogénea donde se ubica, el terreno es susceptible de adjudicar con base en la excepción establecida en el numeral cuarto del artículo primero del Acuerdo 014 de 1995, expedido por ese mismo organismo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR