Resolución orgánica 083 - 30 de Marzo de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43134527

Resolución orgánica 083

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Auditoría General de la República
Número de Boletín43954

DIARIO OFICIAL 43.954 RESOLUCIÓN ORGÁNICA 083 24/03/2000 por la cual se asignan competencias al interior de la Auditoría General de la República para adelantar la indagación preliminar y el proceso de responsabilidad fiscal y se dictan otras disposiciones. El Auditor General de la República, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el artículo 17 del Decreto 272 de 2000 y Resolución Orgánica número 080 de 28 de febrero de 2000, y CONSIDERANDO: Que los artículos 72 a 89 de la Ley 42 de 1993 establecen el marco jurídico del proceso de responsabilidad fiscal, señalando, además, que en lo no previsto por las citadas normas se aplicarán las disposiciones contenidas en el Código Contencioso Administrativo o de Procedimiento Penal, según el caso; Que según el numeral 11, del artículo 17 del Decreto 272 de 2000, al Auditor General de la República le corresponde establecer la responsabilidad que se derive de la gestión fiscal, imponer las sanciones pecuniarias que sean del caso, recaudar su monto y ejercer las jurisdicción coactiva sobre los alcances deducidos de la misma; Que conforme a los artículos 23, 25 y 32 del Decreto 272 de 2000, corresponde al Auditor Delegado para la Vigilancia de la Gestión Fiscal, al Director de Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva y a los Gerentes Seccionales adelantar los procesos de responsabilidad fiscal, de conformidad con la asignación de competencias y tareas internas que efectúe el Auditor General de la República; Que de acuerdo con el numeral 14 del artículo 17 del Decreto 272 de 2000, el Auditor General de la República está facultado para "Asignar a las distintas dependencias y funcionarios de la Auditoría General de la República las competencias y tareas necesarias para el cabal cumplimiento de las funciones constitucionales y legales, para lo cual podrá conformar equipos de trabajo y dictar los reglamentos internos que se requieran, así como delegar y desconcentrar las funciones a que hubiere lugar, con sujeción a las disposiciones constitucionales y legales vigentes." Que teniendo en cuenta lo expuesto, se hace necesario asignar competencias al interior de la Auditoría General de la República para adelantar el proceso de responsabilidad fiscal y dictar otras disposiciones relacionadas con el procedimiento a seguir, de conformidad con la ley, RESUELVE: TITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO 1 Normas generales Artículo 1º. Objeto. La presente resolución asigna las competencias al interior de la Auditoría General de la República para adelantar la indagación preliminar y el proceso de responsabilidad fiscal contra los funcionarios o ex funcionarios de las entidades objeto de su vigilancia y eventualmente de los particulares en los términos de la Constitución y la ley, y dicta disposiciones para el desarrollo de los mismos. artículo 2º. Naturaleza. El proceso de responsabilidad fiscal es resarcitorio, de naturaleza administrativa, cuya finalidad es determinar la responsabilidad que les corresponde a los servidores públicos y a los particulares, por la administración o manejo irregulares de los dineros o bienes públicos. Artículo 3º. Principios. La actuación tendiente a determinar la responsabilidad fiscal se fundamenta en los principios del debido proceso, legalidad, presunción de inocencia, contradicción, lealtad y reserva, así como en los principios consagrados en el artículo 209 de la Constitución Política. CAPITULO 2 De las competencias Artículo 4º. Titularidad de la acción fiscal. La acción fiscal corresponde al Estado y se ejerce, para efectos de la presente resolución, por la Auditoría General de la República sobre la Contraloría General de la República, las Contralorías Departamentales y, excepcionalmente, sobre las Contralorías Municipales y Distritales, de conformidad con la ley. Artículo 5º. Asignación de competencias. Son competentes para adelantar la indagación preliminar y el proceso de responsabilidad fiscal en la Auditoría General de la República: 1. En primera instancia: a) Las Gerencias Seccionales, por hechos o actos ocurridos en su jurisdicción, cuando no se conozca la cuantía del presunto detrimento patrimonial o cuando, conociéndose ésta, no exceda de doscientos (200) salarios mínimos mensuales legales vigentes al momento de iniciar la actu ación; b) La Dirección de Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción...

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