Resolución organizacional número ogz-0170-2015 de 2015, por la cual se establece el Manual de Funciones para los cargos de la Planta Temporal de Empleos de la Contraloría General de la República creada mediante Decreto-ley 1539 de 2012 en su artículo 1º, prorrogado por el artículo 39 de la Ley 1744 de 2014 y se establece los requisitos para el desempeño de los mismos - 11 de Febrero de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 556966270

Resolución organizacional número ogz-0170-2015 de 2015, por la cual se establece el Manual de Funciones para los cargos de la Planta Temporal de Empleos de la Contraloría General de la República creada mediante Decreto-ley 1539 de 2012 en su artículo 1º, prorrogado por el artículo 39 de la Ley 1744 de 2014 y se establece los requisitos para el desempeño de los mismos

EmisorVarios - Contraloría General de la República
Número de Boletín49422

El Contralor General de la República, en uso de sus atribuciones Constitucionales y legales; especialmente lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 35 del Decreto 267 de 2000 y el Decreto-ley 269 de 2000 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 122 de la Constitución Política de Colombia de 1991, señala: "No habrá empleo público, que no tenga funciones detalladas en ley o reglamento";

Que el artículo 7º del Decreto-ley 269 de 2000 establece: "El Contralor General de la República expedirá el Manual de Funciones y Requisitos Específicos para cada uno de los empleos teniendo en cuenta la naturaleza de las dependencias, los procesos y los procedimientos que deben ejecutarse para el cumplimiento eficiente, eficaz y efectivo de la misión y objetivos de la Contraloría General de la República";

Que el artículo 152 de la Ley 1530 de 2012, establece: "Vigilancia y control fiscales. En desarrollo de sus funciones constitucionales, la Contraloría General de la República ejercerá la vigilancia y el control fiscales sobre los recursos del Sistema General de Regalías. Con el fin de alcanzar una mayor eficacia de esta función, el Sistema de Monitoreo, Seguimiento, Control y Evaluación incorporará las metodologías y procedimientos que se requieran para proveer información pertinente a la Contraloría General de la República, en los términos que señale el reglamento";

Que de conformidad con lo dispuesto en el parágrafo 1º del artículo 152 de la Ley 1530 de 2012, acorde con lo dispuesto en el numeral 10 del artículo 150 de la Constitución Política, revístese al Presidente de la República de precisas facultades extraordinarias para que, en el término hasta de seis (6) meses contados a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, expida normas con fuerza de ley para crear los empleos en la Contraloría General de la República que sean necesarios para fortalecer la labor de vigilancia y el control fiscales de los recursos del Sistema General de Regalías.

Así mismo, en el parágrafo 2º del artículo en cita, dispone que para garantizar el adecuado ejercicio de las funciones de que trata el presente artículo, los gastos que se generan en virtud de lo previsto en el parágrafo anterior y de los contratos que se celebren para el fortalecimiento institucional de la Contraloría General destinado a la correcta vigilancia y control fiscales de los recursos del Sistema General de Regalías, se financiarán exclusivamente con cargo a los recursos previstos en el artículo 103 de la presente ley;

Que el Decreto-ley 1539 del 17 de julio de 2012, expedido en desarrollo de las facultades extraordinarias contempladas en el parágrafo 1º del artículo 152 de la Ley 1530 de 2012 estableció la Planta Temporal de Empleos en la Contraloría General de la República;

Que los empleos de carácter temporal de la planta de personal de la Contraloría General de la República, creados por el artículo 1º del Decreto-ley 1539 del 17 de julio de 2012, han de sujetarse al sistema de nomenclatura y clasificación de los ya existentes definidos en los Decretos números 267 y 269 de 2000;

Que el artículo 39 de la Ley 1744 de 2014 establece que: "... Los empleos temporales de la planta de personal requerida para el cumplimiento de las funciones de la Contraloría General de la República, son de libre nombramiento y remoción, independientemente del nivel y dependencia a los cuales pertenezcan. Por tanto, no se sujetarán a las disposiciones previstas en la Ley 909 de 2004. En las condiciones establecidas en el inciso anterior, se prorrogan hasta el 31 de diciembre de 2016, los empleos de carácter temporal en la planta de la Contraloría General de la República, creados mediante Decreto-ley 1539 de 2012...";

Que mediante la Resolución Organizacional número 016 de 2014 se redistribuyó la Planta Temporal de Empleos de la Contraloría General de la República, se reorganizó la conformación de los Grupos Internos de Trabajo y se determinan los propósitos, actividades y responsabilidades de quienes los integran;

Que el artículo 27 del Decreto-ley 267 de 2000 dispone que "... El Contralor General de la República, mediante acto administrativo, podrá delegar funciones generales o específicas del ejercicio de la vigilancia y del control fiscal, así como las atribuidas a la Contraloría General de la República por las que deba responder, con excepción de los casos de que trata el artículo 29 del presente decreto. Esta delegación podrá hacerse en los servidores públicos de los niveles directivo y asesor de la Contraloría General de la República...". En consonancia con lo anterior, el inciso primero del artículo 152 de la Ley 1530 de 2012 hace énfasis en las atribuciones de vigilancia y control fiscal de los recursos que integran el Sistema General de Regalías, como elemento esencial para fortalecer las funciones de dicho Órgano de Control.

Que por consiguiente, en la distribución de los empleos temporales creados mediante Decreto-ley 1539 de 2012 y prorrogados por el artículo 39 de la Ley 1744 de 2014, se hace indispensable complementar y fortalecer las funciones misionales de la Contraloría General de la República, en procura de lograr de manera efectiva el adecuado control sobre los recursos del mencionado Sistema. Propósito para el cual resulta idóneo acudir al mecanismo de delegación de funciones transcrito;

Que de acuerdo a la nueva distribución de la Planta Temporal de Empleos que se integra a la estructura de la Contraloría General de República, es necesario establecer el Manual de Funciones de acuerdo a las actividades y responsabilidades que se señalan en los Grupos Internos de Trabajo que para el efecto se creen, así como las funciones y requisitos mínimos requeridos para el ejercicio de los empleos establecidos en la Planta Temporal de Empleos de la Contraloría General de la República creados por el Decreto-ley 1539 del 17 de julio de 2012 y prorrogados por el artículo 39 de la Ley 1744 de 2014;

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE: CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1º Objeto.

La presente resolución se expide con el objeto de establecer las funciones y requisitos mínimos para la Planta Temporal de Empleos de la Contraloría General de la República, creados por el artículo 1º Decreto-ley 1539 del 17 de julio de 2012 y prorrogado por el artículo 39 de la Ley 1744 de 2014.

Artículo 2º Del campo de aplicación.

Las funciones y requisitos mínimos que se establecen en la presente resolución regirán para la Planta Temporal de Empleos, creados por el Decreto número 1539 de 2012 para la Contraloría General de la República, cuya denominación y grado se rigen por lo establecido en el Decreto-ley 269 de 2000.

Artículo 3º Clasificación de los empleos.

Según la naturaleza de sus funciones, la índole de sus responsabilidades y los requisitos exigidos para su desempeño los empleos a los cuales

se refiere la presente resolución están clasificados en los siguientes Niveles Administrativos, en concordancia con lo establecido por el Decreto-ley 269 de 2000:

- Directivo

- Asesor

- Ejecutivo

- Profesional

- Técnico

- Asistencial.

Artículo 4º Naturaleza general de las funciones.

Las funciones generales de los empleos creados por el Decreto-ley 1539 de 2012 y prorrogados por el artículo 39 de la Ley 1744 de 2014, se definen, de acuerdo a los niveles administrativos y los parámetros señalados en el artículo 4º del Decreto-ley 269 de 2000.

CAPÍTULO II Artículos 5 a 39

Funciones y requisitos mínimos de la planta temporal de empleos

Artículo 5º Cargos de la Planta Temporal de Empleos:

Contralor Delegado Intersectorial, Nivel Directivo, Grado 04.

Asesor de Despacho, Nivel Asesor, Grado 02.

Asesor de Gestión, Nivel Asesor, Grado 01.

Coordinador de Gestión, Nivel Ejecutivo, Grado 03.

Profesional Especializado, Nivel Profesional, Grado 04.

Profesional Especializado, Nivel Profesional, Grado 03.

Profesional Universitario, Nivel Profesional, Grado 02.

Profesional Universitario, Nivel Profesional, Grado 01.

Tecnólogo, Nivel Técnico, Grado 01.

Secretario Ejecutivo, Nivel Asistencial, Grado 06.

Secretario, Nivel Asistencial, Grado 04.

Auxiliar Administrativo, Nivel Asistencial, Grado 03.

Artículo 6º Establecer las funciones y requisitos mínimos para el cargo de Contralor Delegado Intersectorial, Nivel Directivo, Grado 04, adscrito a la Unidad de Investigaciones Especiales contra la Corrupción del Despacho del Contralor General de la República para el conocimiento y trámite de procesos de responsabilidad fiscal relacionados con el Sistema General de Regalías.

I. IDENTIFICACIÓN DEL CARGO
NIVEL Directivo
DENOMINACIÓN DEL EMPLEO Contralor Delegado Intersectorial
GRADO 04
DEPENDENCIA Unidad de Investigaciones Especiales contra la Corrupción.
CARGO JEFE INMEDIATO Contralor General de la República
  1. OBJETIVO PRINCIPAL DEL CARGO

    Dirigir y decidir acorde con las políticas, planes, programas y estrategias adoptadas el desarrollo de la vigilancia fiscal intersectorial y el proceso de responsabilidad fiscal, relacionados con el Sistema General de Regalías, que le sean asignados acorde con la competencia de la dependencia, para contribuir al cumplimiento de la misión institucional, de conformidad con la normatividad vigente.

  2. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES PARA EL CONOCIMIENTO Y TRÁMITE DE PROCESOS DE RESPONSABILIDAD FISCAL RELACIONADOS CON EL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS

    1. Dirigir en primera instancia, el conocimiento y trámite de los procesos de responsabilidad fiscal, relacionados con los recursos del Sistema General de Regalías, y que se declaren como de alto impacto, de conformidad con la ley y las demás disposiciones aplicables a la Unidad de Investigaciones Especiales contra la Corrupción.

    2. Adoptar medidas para que los procesos se desarrollen con sujeción a los...

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