Resolución organizacional número ogz-0191-2015 de 2015, por la cual se ordena la delegación en materia de contratación estatal, administración del Talento Humano y otras actividades administrativas; se reglamenta la Junta de Adquisiciones; y se dictan otras disposiciones en materia de contratación al interior de la Contraloría General de la República - 11 de Febrero de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 556966346

Resolución organizacional número ogz-0191-2015 de 2015, por la cual se ordena la delegación en materia de contratación estatal, administración del Talento Humano y otras actividades administrativas; se reglamenta la Junta de Adquisiciones; y se dictan otras disposiciones en materia de contratación al interior de la Contraloría General de la República

EmisorVarios - Contraloría General de la República
Número de Boletín49422

El Contralor General de la República, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las contenidas en el numeral 2 del artículo 35 del Decreto-ley 267 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que el inciso cuarto del artículo 267 de la Constitución Política preceptúa que la Contraloría General de la República es una Entidad de carácter técnico con autonomía administrativa y presupuestal.

Que el artículo 209 ibídem determina que "La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidady publicidad, mediante la descentralización, la delegacióny la desconcentración defunciones. Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley. ".

Que el artículo 111 del Decreto 111 del 15 de enero de 1996, "por el cual se compilan la Ley 38 de 1989, la Ley 179 de 1994 y la Ley 225 de 1995 que conforman el estatuto orgánico del presupuesto" establece que "para garantizar la independencia que el ejercicio del control fiscal requiere, la Contraloría General de la República gozará de autonomía presupuestal para administrar sus asuntos según lo dispuesto por la Constitucióny esta ley".

Que como lo establece el artículo 9º de la Ley 489 de 1998, las autoridades administrativas en virtud de lo dispuesto en la Constitución y la ley, podrán transferir mediante acto de delegación, el ejercicio de sus funciones a los colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarios.

Que el artículo 6º del Decreto-ley 267 de 2000 determina que en ejercicio de la autonomía administrativa, le corresponde a la Contraloría General de la República definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones en armonía con los principios consagrados en la Constitución y la ley.

Que los numerales 2 y 4 del artículo 35 del Decreto-ley 267 de 2000 señalan como atribuciones del Contralor General las de adoptar las políticas, planes, programas y estrategias necesarias para el adecuado manejo administrativo y financiero de la Contraloría General de la República, en desarrollo de la autonomía administrativa y presupuestal otorgada por la Constitución y la ley y la de dirigir como autoridad superior las labores administrativas y de vigilancia fiscal de las diferentes dependencias de la Contraloría General de la República, de acuerdo con la ley.

Que el artículo 26 del Decreto-ley 267 de 2000 faculta al Contralor General de la República, para que mediante acto administrativo delegue las funciones de ejecución presupuestal, ordenación del gasto y contratación, y para el caso de contratación, la delegación procederá en los términos autorizados por la Ley 80 de 1993.

Que la Ley 80 de 1993, modificada por la Ley 1150 de 2007, contempla el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y señala los principios que rigen los contratos estatales, así como las modalidades de contratación.

Que con la expedición de la Ley 1474 de 2011 y el Decreto 019 de 2012, el Gobierno Nacional dispuso diversas normas con el propósito de fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de la corrupción, y la efectividad del control de la gestión pública.

Que con la promulgación del Decreto 1510 de 2013, se dispuso que resultaba necesario incorporar a la reglamentación las mejores prácticas internacionales en la planeación de la contratación y la compra pública, ajustar la reglamentación del sistema de compras y contratación pública a Colombia Compra Eficiente y que resultaba conveniente mantener en un solo instrumento la reglamentación aplicable al sistema de compra y contratación pública.

Que a través de la Resolución Reglamentaria 65 del 11 de abril de 2008, la Contraloría General de la República implementó acciones de mejora a la reglamentación de la Junta de Licitaciones y Concurso de Méritos, los Comités de Contratación, se delegó la ordenación del gasto en materias contractual y de administración del Talento Humano, y se dictaron medidas de orden administrativo y financiero.

Que la precitada Resolución Reglamentaria fue modificada por la Resolución Reglamentaria 165 de 2012, la Resolución Reglamentaria 186 de 2012, la Resolución Reglamentaria

219 de 2013 y la Resolución 096 de 2014.

Que con la Resolución Reglamentaria 65 de 2008 se estableció la conformación de la Junta de Licitaciones y Concurso de Méritos, del Comité de Contratación Abreviada en el Nivel Central, del Comité de Contratación Directa de Mínima Cuantía en el Nivel Central y de los Comités de Contratación Abreviada y de Mínima Cuantía en el Nivel Desconcentrado, así como determinó sus funciones, sesiones y funcionamiento, entre otros, y precisó otras disposiciones.

Que la Contraloría General de la República adoptó el Manual de Contratación, el cual tuvo su última actualización el 30 de julio de 2014 y se encuentra armonizado con el Sistema Integrado de Gestión y Control de Calidad.

Que mediante Resolución Organizacional OGZ-0096-2014 se efectuó la delegación de la ordenación del gasto y la celebración de contratos al Gerente Administrativo y Financiero en el Nivel Central de los recursos recibidos del presupuesto general de la Nación y del Sistema General de Regalías, de manera integral comprendiendo las etapas precontractual, contractual y poscontractual.

Que en desarrollo de los principios constitucionales de economía y eficacia, y en aras de fomentar el mejoramiento continuo y la optimización de la gestión administrativa de la Contraloría General de la República dirigidas a garantizar la transparencia en los procesos de selección de los contratistas se considera adecuado unificar los órganos de asesoría y coordinación como lo son las Juntas de Licitación y los diferentes comités de contratación, siendo viable conformar y reglamentar la Junta de Adquisiciones del Nivel Central y el del Nivel Desconcentrado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 11, numeral 21, y 20 del Decreto 267 de 2000.

Que en la presente resolución se hace necesario establecer los lineamientos a tener en cuenta frente a la supervisión e interventoría de contratos, con estricto apego a las normas legales que regulan estos conceptos.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE: TÍTULO I CAPÍTULO I

De la junta de Adquisiciones en el Nivel Central

Artículo 1º Reglamentar la Junta de Adquisiciones del Nivel Central como órgano de coordinación y asesoría de la actividad precontractual, contractual y poscontractual al interior de la Contraloría General de la República.
Artículo 2º Integración.

La Junta de Adquisiciones del Nivel Central de la Contraloría General de la República estará conformado así:

  1. El (La) Delegado(a) o representante del Contralor General, quien será un funcionario de nivel directivo o asesor.

  2. El (La) Gerente de Gestión Administrativa y Financiera o su delegado quien será un funcionario del nivel asesor o ejecutivo, que presidirá la Junta.

  3. El (La) Director(a) de la Oficina de Planeación, o su delegado quien será un funcionario del nivel asesor o ejecutivo.

  4. El (La) Director(a) de Recursos Físicos.

  5. El (La) Director(a) de Recursos Financieros.

  6. El (La) Director(a) de la Oficina Jurídica, o su delegado quien será un funcionario del nivel asesor o ejecutivo.

  7. El (La) Director(a) de la dependencia que genera la necesidad de contratación y por lo tanto suscribe los estudios previos, con voz pero sin voto.

  8. El (La) Coordinador(a) de Gestión de la Gerencia de Gestión Administrativa y Financiera de la Dirección de Recursos Físicos, quien actuará como Secretario Técnico del Comité, con voz pero sin voto.

  9. El (La) Director(a) de la Oficina de Control Interno, o su delegado quien será un funcionario del nivel asesor o ejecutivo, que actuará con voz pero sin voto.

El Presidente de la Junta de Adquisiciones del Nivel Central podrá decidir en qué eventos será necesaria y obligatoria la asistencia de los Directores de Oficina y no sus delegados.

Parágrafo. Podrán asistir a las reuniones de la Junta de Adquisiciones del Nivel Central, con voz pero sin voto, los directores de otras áreas, así como funcionarios o contratistas de la Contraloría General de la República, quienes por sus conocimientos específicos, experiencia laboral y calidades profesionales contribuyan a informar, explicar o dar claridad, técnica, financiera, jurídica o de cualquier otra índole sobre los temas que se van a tratar en la respectiva reunión.

Artículo 3º Funciones.

La Junta de Adquisiciones del Nivel Central de la Contraloría General de la República tendrá las siguientes funciones:

  1. Revisar y analizar la viabilidad de los procesos de selección y recomendar su inicio y apertura en las modalidades de licitación pública, selección abreviada, concurso de méritos y contratación directa para los casos previstos en los literales b), c), e), g) e i) del numeral 4 del artículo de la Ley 1150 del 2007, de acuerdo con lo dispuesto en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, la normatividad vigente, el Manual de Contratación y los estudios previos presentados.

  2. Formular recomendaciones tendientes a ajustar...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR