Resolucón número 00002886 de 2012, por la cual se definen las entidades que harán parte de la Red Nacional de Fomento al Teletrabajo y se dictan otras disposiciones - 17 de Diciembre de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 412269514

Resolucón número 00002886 de 2012, por la cual se definen las entidades que harán parte de la Red Nacional de Fomento al Teletrabajo y se dictan otras disposiciones

EmisorMinisterio del Trabajo
Número de Boletín48647

El Ministro del Trabajo, en ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias, en especial de las establecidas en los artículos 4º, parágrafo, de la Ley 1221 de 2008 y 12 del Decreto 0884 de 2012 y

CONSIDERANDO:

Que al Ministerio del Trabajo como Coordinador General de la Red Nacional de Fomento al Teletrabajo, de conformidad con el Decreto 0884 de 2012 reglamentario de la Ley 1221 de 2008, le corresponde desarrollar actividades conjuntamente con las entidades señaladas en el artículo 4º de la mencionada ley.

Que una de las acciones de la Red Nacional de Fomento al Teletrabajo, prevista en el numeral 1 del artículo 12 del citado Decreto 0884 de 2012, es convocar la integración de mesas de trabajo considerando para ello aspectos tecnológicos, formativos, organizativos, legales y una mesa especial, sobre población vulnerable, las cuales deberán generar una agenda anual para el desarrollo de las actividades. Adicionalmente, trabajarán en la generación y desarrollo de las políticas definidas en la Ley 1221 de 2008 en cuanto al fomento del Teletrabajo, generación de incentivos y en la política especial de Teletrabajo en la población vulnerable.

Que la Red Nacional de Fomento al Teletrabajo coordinará con las Comisiones Departamentales de Competitividad y con las Subcomisiones Departamentales de Concertación de Políticas Salariales y Laborales, la formulación de las políticas públicas a favor del Teletrabajo, dado que a dichas Subcomisiones corresponde fijar de manera concertada la política laboral mediante planes estratégicos en el Departamento, en concordancia con lo que al respecto haya fijado la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1 Objeto.

El objeto de la presente resolución es definir las entidades que harán parte de la Red Nacional de Fomento al Teletrabajo, las actividades que le compete desarrollar y su funcionamiento.

Artículo 2º Integrantes de la Red Nacional de Fomento al Teletrabajo.

La Red Nacional de Fomento al Teletrabajo está conformada por mesas de trabajo, que se denominan "comisiones técnicas", integradas cada una de ellas por las siguientes organizaciones:

1. Comisión técnica de fomento y difusión legal y organizacional

  1. Por parte del Ministerio del Trabajo, por los funcionarios que desempeñen los siguientes cargos:

    - El Viceministro de Relaciones Laborales e Inspección o su delegado.

    - El Viceministro de Empleo y Pensiones o su delegado y,

    - El Director de Derechos Fundamentales del Ministerio del Trabajo.

  2. Por parte del Ministerio de Comercio Industria y Turismo, por los funcionarios que desempeñen los siguientes cargos:

    - El Viceministro de Desarrollo Empresarial y,

    - El Director de Productividad y Competitividad.

  3. Por parte del Departamento Administrativo de la Función Pública, el funcionario que desempeñe el cargo de Director Jurídico.

  4. Por parte de la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales, un Representante de las centrales sindicales y un Representante de los empleadores.

  5. Por parte del Departamento Nacional de Planeación, el funcionario que desempeñe el cargo de Director de Evaluación de Políticas Públicas.

  6. Por parte de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), el funcionario que desempeñe el cargo de Director de General o su delegado.

  7. Por parte de la Presidencia de la República, el representante de la Alta Consejería Presidencial para la Gestión Pública y Privada.

  8. Por parte de la Comisión Intersectorial para la Gestión del Recurso Humano, un representante.

    2. Comisión técnica de formación y capacitación

  9. Por parte del Ministerio del Trabajo, el funcionario que desempeñe el cargo de Director de Movilidad y Formación para el Trabajo.

  10. Por parte del Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, el funcionario que desempeñe el cargo de Director de Apropiación...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR