Resolución número 193 de 2013, por la cual se resuelve el Recurso de Reposición interpuesto por Alcanos de Colombia S. A. E.S.P., contra la Resolución CREG 163 de 2013 - 15 de Enero de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 486707526

Resolución número 193 de 2013, por la cual se resuelve el Recurso de Reposición interpuesto por Alcanos de Colombia S. A. E.S.P., contra la Resolución CREG 163 de 2013

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión De Regulación De Energía Y Gas
Número de Boletín49034

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Ley 142 de 1994, y en desarrollo de los Decretos números 1524 y 2253 de 1994,

CONSIDERANDO QUE:

  1. Antecedentes

    El numeral 14.28 del artículo 14 de la Ley 142 de 1994, definió el servicio público domiciliario de gas combustible como el conjunto de actividades ordenadas a la distribución de gas combustible y estableció la actividad de comercialización como complementaria del servicio público domiciliario de gas combustible.

    Según lo dispuesto por el artículo 28 de la Ley 142 de 1994, la construcción y operación de redes para el transporte de gas, así como el señalamiento de las tarifas por uso, se regirán exclusivamente por esa ley.

    El artículo numeral 73.11 del artículo 73 de la Ley 142 de 1994, atribuyó a la Comisión de Regulación de Energía y Gas, la competencia para establecer las fórmulas para la fijación de las tarifas del servicio público domiciliario de gas combustible.

    El artículo 87 de la Ley 142 de 1994, estableció los criterios bajo los cuales se debe definir el régimen tarifario de las empresas de servicios públicos.

    Mediante Resolución CREG-011 de 2003 se adoptó la metodología y criterios generales para determinar la remuneración de las actividades de distribución y comercialización de gas combustible y las fórmulas generales para la prestación del servicio público domiciliario de distribución de gas combustible por redes de tubería.

    Mediante Resolución CREG 163 de 2013 la Comisión aprobó el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas combustible por redes de tubería a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por el municipio de Cajamarca ubicado en el departamento del Tolima, según solicitud tarifaria presentada por Edalgas S. A. E.S.P., OP&S Construcciones S. A. E.S.P. y Alcanos de Colombia S. A. E.S.P.

  2. Petición de Alcanos de Colombia S. A. E.S.P.

    Alcanos de Colombia S. A. E.S.P. mediante comunicación radicada en la CREG bajo el número E-2013-010815, recibida el 22 de noviembre de 2013, interpuso recurso de reposición contra la Resolución CREG 163 de 2013, con la siguiente petición:

    "Primera. Se modifique el componente Dm de Inversión descrito en el artículo 5º Cargo Promedio de Distribución de la Resolución número 163 de 2013 cuyo valor es de $237,19 pesos por metro cubico (componente inversión de empresa), en el sentido de modificar el valor reconocido en el citado acto administrativo y en su lugar se apruebe el cargo de distribución componente de inversión solicitado por la Empresa Alcanos de Colombia, valor que remunera las Inversiones de conformidad con los fundamentos en que se soporta el recurso"

  3. Argumentos del recurso Alcanos de Colombia S. A. E.S.P.

    Alcanos de Colombia S. A. E.S.P. argumenta lo siguiente:

    1. El municipio de Cajamarca, estuvo contemplado en tres solicitudes de cargos de distribución y comercialización, tal y como se describe a continuación:

    a) Una presentada por la Empresa Alcanos de Colombia S. A. E.S.P. mediante comunicación de fecha 13 de diciembre del año 2012, dentro de la cual a su vez se solicitaron cargos de distribución y comercialización de gas natural para los municipios de Cajamarca, Dolores, Suáres, Cunday, Villarica, Santa Isabel y Murillo en el departamento del Tolimay el Nilo, Nariño, Jerusalén, Guataquí, Beltrán, Venecia, Cabrera, Pandi, San Bernardo, Tibacuy, Pasca y Pulí en el departamento de Cundinamarca, proyecto que contó con visto bueno de la UPME mediante Oficio 20131500002231 de fecha 7 de mayo de 2013;

    b) La solicitada por la Empresa Edalgas S. A E.S.P.;

    c) Y otra, solicitada por OP&S Construcciones S. A. ESP.

    Por tal razón el mercado relevante que se tuvo en cuentapara el cálculo tarifario...

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