Resolución número 000516 de 2013, por medio de la cual se prorroga el término de la medida cautelar preventiva de vigilancia especial adoptada contra la EPSS Convida, identificada con NIT 899.999.107-9 - 15 de Mayo de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 436646282

Resolución número 000516 de 2013, por medio de la cual se prorroga el término de la medida cautelar preventiva de vigilancia especial adoptada contra la EPSS Convida, identificada con NIT 899.999.107-9

EmisorSuperintendencias - Superintendencia Nacional de Salud
Número de Boletín48791

El Superintendente Nacional de Salud, en uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las que le confieren el artículo 230 de la Ley 100 de 1993, el numeral 1 del artículo 113 del Decreto-ley número 663 de 1993 y el Decreto número 1018 de 2007,

CONSIDERANDO:

Mediante Resolución número 002639 del 24 de agosto de 2012, la Superintendencia Nacional de Salud adoptó Medida Cautelar Preventiva de Vigilancia Especial, como Instituto de Salvamento y Protección de la Confianza Pública, a la EPSS Convida, como consecuencia del incumplimiento en el margen de solvencia y patrimonio mínimo.

Por Resolución número 002981 del 2 de octubre de 2012, la Superintendencia Nacional de Salud modificó los artículos 1º y parágrafo 5º del artículo 3º de la Resolución número 002639 del 24 de agosto de 2012.

En cumplimiento del requerimiento del artículo 3º de la Resolución número 002639 del 24 de agosto de 2012, a la EPSS Convida, presentó el Plan de Acción con número 1-2012093408 del 11 de octubre de 2012.

Mediante Resolución número 00286 del 28 de febrero de 2013, la Superintendencia Nacional de Salud prorrogó la medida cautelar de vigilancia especial de la EPSS Convida, por el término de un (1) mes hasta el 31 de marzo de 2013.

La Superintendencia Delegada para las Medidas Especiales con el concurso de las Delegadas de Atención en Salud, Generación y Gestión de Recursos Económicos para la Salud y Protección del Usuario y Participación Ciudadana, realizó evaluación al Plan de Acción.

La EPSS Convida, presentó el ajuste al Plan de Acción, mediante oficio identificado con el número 1-2012-112777 del 8 de enero de 2013.

La Superintendencia Nacional de Salud en ejercicio de sus funciones expidió la Circular Única número 047 de 2007, mediante la cual impartió instrucciones a sus entidades y sujetos vigilados y estableció los formatos, condiciones y términos para el suministro de la información, determinando que el plazo de envío de información financiera de las Entidades Administradoras de Planes de Beneficio (EAPB), es el siguiente:

Fecha de corte Fecha de reporte
31 de marzo 30 de abril
30 de junio 31 de julio
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