Resolución número 0739 de 2014, por la cual se asignan seiscientos ochenta y cuatro (684) Subsidios Familiares de Vivienda en Especie a hogares seleccionados enforma directa, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita en el proyecto Urbanización Lorenzo Morales del municipio de Valledupar en el departamento de Cesar - 6 de Julio de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 518793562

Resolución número 0739 de 2014, por la cual se asignan seiscientos ochenta y cuatro (684) Subsidios Familiares de Vivienda en Especie a hogares seleccionados enforma directa, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita en el proyecto Urbanización Lorenzo Morales del municipio de Valledupar en el departamento de Cesar

EmisorVarios - Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda
Número de Boletín49204

El Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y, en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8º del Decreto-ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en la Ley 1537 de 2012 y el artículo 17 del Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el numeral 3 del artículo del Decreto 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda), "3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones".

Que se expidió la Ley 1537 de 2012, "por la cual se dictan normas tendientes a facilitar y promover el desarrollo urbano y el acceso a la vivienda", cuyo objeto es "señalar las competencias, responsabilidades y funciones de las entidades del orden nacional y territorial, y la confluencia del sector privado en el desarrollo de los proyectos de vivienda de interés socialy vivienda de interés prioritario destinados a las familias de menores recursos, la promoción del desarrollo territorial, así como incentivar el sistema especializado de financiación de vivienda".

Que en el artículo 12 de la referida ley, se determina que las viviendas resultantes de los proyectos que se financien con los recursos destinados a otorgar subsidios familiares de vivienda por parte del Gobierno Nacional, se podrán asignar a título de subsidio en especie a los beneficiarios que cumplan con los requisitos de priorización y focalización que establezca el Gobierno Nacional.

Que el artículo 17 del Decreto 1921 de 2012 modificado por el artículo 11 del Decreto 2164 de 2013, establece que el Fondo Nacional de Vivienda expedirá acto administrativo de asignación del subsidio familiar de vivienda en especie, a los beneficiarios señalados en la resolución emitida por el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social (DPS).

Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 6º de la Ley 1537 de 2012 el Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda), celebró con Fiduciaria Bogotá el contrato de fiducia mercantil número 302 de 2012, con el objeto de constituir el patrimonio autónomo denominado Fideicomiso - Programa de Vivienda Gratuita, por medio del cual se realizará la administración de los recursos y otros bienes, para la ejecución de actividades en materia de vivienda de interés prioritario destinadas a la atención de hogares a los que se refiere la Ley 1537 de 2012 y el Decreto 1921 de 2012 y las normas que modifiquen, sustituyan, adicionen o reglamenten, y que para todos los efectos legales se tendrá como un Patrimonio Autónomo Matriz (PAM).

Que mediante Resolución número 0360 del 21 de noviembre de 2013, el Fondo Nacional de Vivienda, fijó fechas de apertura y cierre de la convocatoria para la postulación de hogares al subsidio familiar de vivienda en especie, para once (11) proyectos, entre los que se encuentra el denominado Urbanización Lorenzo Morales del municipio de Valledupar, en el departamento de Cesar, con fecha de cierre el 12 de marzo de 2014.

Que en cumplimiento de lo establecido en el Otrosí número 1 del Contrato de Encargo de Gestión número 0241 de 2012 suscrito entre el Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) y la Unión Temporal de Cajas de Compensación Familiar-CAVIS UT, se realizó la entrega de las postulaciones para el proyecto Urbanización Lorenzo Morales, mediante Acta Cavis UT 1816-2014 y alcance dado mediante Acta Cavis 1907-2014 cuya captura realizó la Caja de Compensación Familiar (Comfacesar), en el software en línea dispuesto por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio (Fonvivienda), para tal fin.

Que el contratista del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, encargado de ejecutar los procesos de validaciones y cruces en forma sistematizada, informó el resultado de los hogares que cumplen y no cumplen requisitos, mediante correo electrónico del día 11 de abril de 2014.

Que el citado proceso contó con el respectivo control de calidad realizado para los procesos sistematizados de creación de ambiente, validaciones y cruces, según correo electrónico del 11 de abril de 2014, emitido por el ingeniero de sistemas de la Subdirección del Subsidio Familiar de Vivienda, que lo realizó.

Que en cumplimiento del artículo 15 del Decreto 1921 de 2012, Fonvivienda hizo entrega al DPS del listado de hogares postulantes que cumplen y no cumplen requisitos para ser beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, según comunicación del 11 de abril de 2014, radicada con el número 2014EE0030101.

Que el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social en cumplimiento de lo establecido en los artículos 15 y 16 del Decreto 1921 de 2012, expidió la Resolución número 0880 del 24 de abril de 2014 mediante la cual define el listado definitivo de hogares beneficiarios, seleccionados en forma directa para el proyecto Urbanización Lorenzo Morales del municipio de Valledupar en el departamento de Cesar.

Que de acuerdo con contrato de obra suscrito entre el oferente y Fidubogotá, el valor de las viviendas en el proyecto Urbanización Lorenzo Morales es de 66.5 smlmv.

Que en virtud del convenio interadministrativo número 26 de 2012 suscrito entre el Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda), el municipio de Valledupar y el Fondo de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana de Valledupar, este último aportará al Patrimonio Autónomo-Fideicomiso Programa de Vivienda Gratuita, la suma de 5 smlmv por vivienda transferida, para cofinanciar la adquisición de las viviendas y el aporte de Fonvivienda no superará los 61.5 smlmv.

Que el valor total de recursos asignados como Subsidios Familiares de Vivienda en Especie, destinados a la solución de vivienda de hogares que cumplieron los requisitos establecidos en el Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013, asciende a la suma de veinticinco mil novecientos doce millones seiscientos cincuenta y seis mil pesos m/cte. ($25.912.656.000).

Que cumpliendo lo estipulado en los artículos , y de la Ley 1537 de 2012, el presente acto administrativo no genera ejecución presupuestal y las imputaciones se harán de acuerdo a las reglas establecidas en esa normativa, afectándose los recursos depositados en el Fideicomiso-Programa de Vivienda Gratuita de Fiduciaria Bogotá.

Que para efectos de la culminación del presente proceso de asignación de subsidio familiar de vivienda en especie, son beneficiarios, aquellos hogares que se encuentran incluidos en la Resolución número 0880 del 24 de abril de 2014, expedida por el DPS que fueron seleccionados en forma directa, quedaron en los primeros renglones de priorización y cumplieron con los requisitos establecidos en el Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013.

Que Fonvivienda podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 12 del Decreto 1921 de 2012, de revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares postulantes y beneficiarios.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º

Asignar seiscientos ochenta y cuatro (684) Subsidios Familiares de Vivienda en Especie (SFVE), a hogares seleccionados en forma directa, que cumplieron requisitos y se encuentran en la Resolución número 0880 del 24 de abril de 2014, expedida por el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social (DPS), para el proyecto Urbanización Lorenzo Morales del municipio de Valledupar, Cesar, encabezados por las personas que se relacionan a continuación:

DEPARTAMENTO: CESAR

MUNICIPIO: VALLEDUPAR

PROYECTO: URBANIZACIÓN LORENZO MORALES

CÉDULA NOMBRES APELLIDOS PROYECTO
1 1065595693 MILEIBIS PATRICIA OÑATE ARIAS URBANIZACIÓN LORENZO MORALES
2 77160378 ALCIBIADES SÁNCHEZ RODRÍGUEZ URBANIZACIÓN LORENZO MORALES
3 1065637601 JORGE LUIS GONZÁLEZ ARIAS URBANIZACIÓN LORENZO MORALES
4 49788281 OMAIRA BARRERA MERINO URBANIZACIÓN LORENZO MORALES
5 26946387 SANDRA MILENA VEGA GUTIÉRREZ URBANIZACIÓN LORENZO MORALES
6 49766251 ROSA ISABEL GUTIÉRREZ NOGUERA URBANIZACIÓN LORENZO MORALES
7 49761137 MARÍA ELENA HERNÁNDEZ FORERO URBANIZACIÓN LORENZO MORALES
8 12694681 WILSON DE JESÚS SINING NÚÑEZ URBANIZACIÓN LORENZO MORALES
9 39463061 LUSNEIDA CLAVIJO CHINCHILLA URBANIZACIÓN LORENZO MORALES
10 9264712 IGNACIO MARÍN OSPINO URBANIZACIÓN LORENZO MORALES
11 49696999 DEICY ELENA MORALES MORÓN URBANIZACIÓN LORENZO MORALES
12 77025308
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