Sentencias - 14 de Noviembre de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43243709

Sentencias

EmisorCorte Constitucional
Número de Boletín46452

¿ Sentencia número C-789 de 2006 (Expediente D-6199)

Magistrado ponente: Doctor Nilson Pinilla Pinilla.

Primero. Inhibirse de emitir pronunci amiento de fondo sobre la constitucionalidad de los segmentos normativos acusados de los artículos 39, inciso 1°; 74, numeral 2; 102, inciso 2° y 350, inciso 1° de la Ley 906 de 2004, por ineptitud sustancial de la demanda.

Segundo. Declarar exequible la expresión ¿registro personal¿ contenida en el artículo 208 de la Ley 906 de 2004, en el entendido que se trata de una revisión externa, superficial y no invasiva.

Tercero. Declarar exequible la expresión ¿registro de vehículos¿ contenida en el artículo 208 de la Ley 906 de 2004.

Cuarto. Declarar inexequibles las expresiones ¿inspección corporal¿ e ¿y otras diligencias similares¿ contenidas en el artículo 208 de la Ley 906 de 2004.

¿ Sentencia C-790 de 2006 (Expediente D-6219)

Doctor Alvaro Tafur Galvis.

Declarar exequible la expresión ¿Cada parte podrá tachar los testigos citados por la otra parte o por el juez¿, contenida en el artículo 218 del Decreto-ley 1400 de 1970, ¿por el cual se expide el Código de Procedimiento Civil¿.

¿ Sentencia C-791 de 2006 (Expediente D-6220)

Doctora Clara Inés Vargas Hernández.

Declarar exequibles, por los cargos examinados, las expresiones ¿cualquiera de los demandados¿ y ¿los otros comuneros o cualquiera de ellos pueden comprar los derechos¿ contenidas en los artículos 474 del Código de Procedimiento Civil y 2336 del Código Civil, respectivamente.

¿ Sentencia C-792 de 2006 (Expediente D-6242)

Magistrado ponente: Doctor Rodrigo Escobar Gil.

Declarar la exequibilidad de la expresión ¿¿ o cuando transcurrido un mes desde su presentación no ha sido resuelta¿, contenida en el Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, en el entendido que el agotamiento de la reclamación administrativa por virtud del silencio administrativo negativo, es optativo del administrado, de tal manera que si decide esperar la respuesta de la Administración, la contabilización del término de prescripción sólo se hará a partir del momento en que la respuesta efectivamente se produzca.

¿ Sentencia C-793 de 2006 (Expediente D-6277)

Doctor Alvaro Tafur Galvis.

Declarar se inhibida para decidir la demanda presentada contra el inciso final del artículo 7º del Decreto Extraordinario número 1201 de 2002, por ineptitud sustantiva de la demanda.

¿ Sentencia C-802 de 2006 (Expediente D-6158)

Doctor Manuel José Cepeda Espinosa

Declarar exequible, por el cargo analizado la Ley 996 de 2005.

¿ Sentencia C-803 de 2006 (Expediente D-6202)

Doctor Jaime Córdoba Triviño.

La Corte resolvió declararse inhibida para pronunciarse de fondo respecto a la constitucionalidad de los numerales 2 y 3 del artículo 152 del Decreto 01 de 1984 (Código Contencioso Administrativo), modificado por el artículo 31 del Decreto 2304 de 1989, por ineptitud sustancial de la demanda.

¿ Sentencia C-804 de 2006 (Expediente D-6178)

Doctor Humberto Antonio Sierra Porto.

Declarar inexequible el artículo 33 del Código Civil, salvo las expresiones ¿La palabra persona en su sentido general se aplica a la especie humana, sin distinción de sexo¿, que se declaran exequibles.

¿ Sentencia C-805 de 2006 (Expediente D-6284)

Doctor Alvaro Tafur Galvis.

Declarar exequibles las expresiones ¿podrá¿ del inciso 1°; ¿de acuerdo con los lineamientos establecidos por el Superintendente de Sociedades¿ del numeral 1; ¿cuando así lo delegue el Superintendente¿ del numeral 2; ¿de acuerdo con los parámetros establecidos por el Superintendente¿ del numeral 3 y ¿sean asignadas por el Superintendente de Sociedades¿ del numeral 5 que hacen parte del artículo 12 del Decreto 1080 de 1996.

¿ Sentencia C-819 de 2006 (Expediente D-6234/06)

Doctor Jaime Córdoba Triviño.

Primero. Declarar exequible, por el cargo analizado, el numeral 10 del artículo 34 de la Ley 1015 de 2006, en el entendido de que la conducta debe afectar los fines de la actividad policial y salvo las expresiones ¿que empañe o afecte el decoro, la dignidad, la imagen, la credibilidad, el respeto o el prestigio de la Institución¿, que se declaran inexequibles.

Segundo. Declarar exequible el numeral 12 del artículo 34 de la Ley 1015 de 2006, salvo la expresión ¿o sin estar en él¿, que se declara inexequible.

Tercero. Declarar exequible, por el cargo analizado, el numeral 18 del artículo 35 de la Ley 1015 de 2006, en el entendido de que la conducta debe afectar los fines de la actividad policial y salvo las expresiones ¿empañe o afecte el decoro, la dignidad, la imagen, la credibilidad, el respeto o el prestigio de la Institución¿, que se declaran inexequibles.

Cuarto. Declarar exequible el numeral 14 del artículo 36 de la Ley 1015 de 2006.

¿ Sentencia C-820 de 2006 (Expediente D-6224)

Doctor Marco Gerardo Monroy Cabra.

Declarar exequible el artículo 25 del Código Civil, por los cargos analizados, salvo las expresiones ¿con autoridad¿ y ¿solo¿ que se declaran inexequibles. La exequibilidad se condiciona en el sentido de entender que la interpretación que de la ley oscura hace la Corte Constitucional en ejercicio del control constitucional, dentro del ámbito de sus competencias, tiene carácter obligatorio.

¿ Sentencia C-821 de 2006 (Expediente D-6227)

Doctor Humberto Antonio Sierra Porto.

Declarar exequible, por el cargo estudiado, la expresión ¿se establecen las reglas que gobiernan la extinción de dominio¿ contenida en el título de la Ley 793 de 2002.

¿ Sentencia C-822 de 2006 (Expediente D-6238)

Doctor Manuel José Cepeda Espinosa.

Estarse a lo resuelto en la Sentencia C-355 de 2006.

¿ Sentencia C-823 de...

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