Resolución Ejecutiva número 00 318 de 2013, por medio de la cual se prorroga el término de la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para administrar la Unidad Básica de Atención Nuestra Señora del Carmen I Nivel ESE del municipio de Puerto Carreño, departamento del Vichada - 13 de Noviembre de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 476155354

Resolución Ejecutiva número 00 318 de 2013, por medio de la cual se prorroga el término de la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para administrar la Unidad Básica de Atención Nuestra Señora del Carmen I Nivel ESE del municipio de Puerto Carreño, departamento del Vichada

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín48973

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales, en especial la conferida en el inciso 3º del numeral 2 del artículo 116 del Decreto-ley número 663 de 1993, modificado por el artículo 22 de la Ley 510 de 1999, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con los artículos 48 y 49 de la Constitución Política, la Seguridad Social en su componente de atención en salud, es un servicio público de carácter obligatorio que se prestará bajo la dirección, coordinación y control del Estado, en sujeción a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad.

Que en virtud del artículo 154 de la Ley 100 de 1993, el Estado intervendrá en el servicio público de Seguridad Social en Salud, con el fin de garantizar los principios consagrados en nuestra Carta Política y en los artículos 2º y 153 de la citada ley, este último modificado por el artículo 3º de la Ley 1438 de 2011.

Que el numeral 42.8 del artículo 42 de la Ley 715 de 2001, reglamentado parcialmente por el Decreto número 3557 de 2008, determinó como competencia de la Nación en el sector de la salud lo siguiente: "Establecer los procedimientos y reglas para la intervención técnica y/o administrativa de las instituciones que manejan recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud, sea para su liquidación o administración a través de la Superintendencia Nacional de Salud en los términos que señale el reglamento (...)".

Que el inciso 3º del numeral 2 del artículo 116 del Decreto-ley número 663 de 1993, modificado por el artículo 22 de la Ley 510 de 1999, prevé que "Cuando no se disponga la liquidación de la entidad, la toma de posesión no podrá exceder del plazo de un (1) año, prorrogable (...) por un plazo no mayor de un año; si en ese lapso no se subsanaren las dificultades que dieron origen a la toma de posesión, (...) dispondrá la disolución y liquidación de la institución vigilada. Lo anterior sin perjuicio de que el Gobierno por resolución ejecutiva autorice una prórroga mayor cuando así se requiera en razón de las características de la entidad". (Se subraya).

Que la Superintendencia Nacional de Salud mediante la Resolución número 2856 del 24 de octubre de 2011, ordenó "la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para administrar la Unidad Básica de Atención Nuestra Señora del Carmen I Nivel ESE de Puerto Carreño Vichada (...) con la finalidad de lograr la viabilidadfinanciera de la entidad..!", por un término no mayor de dos (2) meses prorrogables por el mismo término contados a partir de la toma de posesión, designando al doctor Humberto Moreno Giraldo identificado con cédula de ciudadanía número 19340555 de Bogotá, como Agente Especial Interventor, quien tomó posesión del cargo el día 16 de noviembre de 2011, tal y como consta en el Acta de Posesión S.D.M.E. 052 de 2011 y hasta la fecha es quien ostenta dicho cargo (Carpeta 1 folios 1 a 33 y 48).

Que dicha Superintendencia mediante las resoluciones que se señalan a continuación, prorrogó el término de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios, y la intervención forzosa administrativa de la Unidad Básica de Atención Nuestra Señora del Carmen I Nivel ESE del municipio de Puerto Carreño departamento del Vichada, así: 0057 del 16 de enero de 2012 por dos (2) meses contados a partir del 15 de enero de 2012 hasta 14 de marzo de 2012 (carpeta 7 folios 1239 a 1247), 0492 del 7 de marzo de 2012 por el término de un (1) año contado a partir de 14 de marzo de 2012 hasta el 13 de marzo de 2013 (carpeta 7 folios 1345 a 1352), 0391 del 12 de marzo de 2013 hasta el 14 de noviembre de 2013 (carpeta 7 folios 1353 a 1354).

Que mediante comunicación del 2 de octubre del año en curso, radicada en la Superintendencia Nacional de Salud bajo el número NURC 1-2013-083293, el doctor Humberto Moreno Giraldo, Agente Especial Interventor de la Unidad Básica de Atención Nuestra Señora del Carmen I Nivel ESE del municipio de Puerto Carreño departamento del Vichada, solicitó la prórroga del término de la toma de posesión de los bienes, haberes, negocios y de la intervención forzosa administrativa, exponiendo las razones que sustentan su solicitud, así:

".Prorrogar el actual proceso de intervención por el término de un año, garantizando la continuidad de los procesos de mejoramiento que a todo nivel de la Entidad se inició y fortalecer de los mismos, que permitan la viabilidad, administrativa,...

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