Auto de 2012, por el cual se inicia actuación administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica del predio con Matrícula Inmobiliaria número 50S-470430 Expediente 014/2012. - 4 de Marzo de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 355878262

Auto de 2012, por el cual se inicia actuación administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica del predio con Matrícula Inmobiliaria número 50S-470430 Expediente 014/2012.

EmisorVarios
Número de Boletín48362
13
Edición 48.362
Domingo, 4 de marzo de 2012 D I A R I O O F I C I A L
AUTO NÚMERO 000011 DE 2012
(febrero 6)
por el cual se dispone el inicio de una actuación administrativa.
(TC 302-2011-2011-67805 - Expediente 06-2012 - 50N-1047453 - 50N2012ER06746)
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gotá Zona Norte, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas en el
CONSIDERANDO:
DISPONE:
Artículo 1°. Iniciar Actuación Administrativa tendiente a establecer la real situación
jurídica del Folio de Matrícula Inmobiliaria número 50N-1047453, encaminada especialmente
a incluir el acto de afectación a vivienda familiar consignado en Escritura número 4857 de
2008 Notaría 45 de Bogotá registrada en noviembre de 2008 bajo Radicación 2008-97373 y
en consecuencia de ello, dejar sin efectos la Anotación con Turno número 2011-67805 bajo
la cual se encuentra publicitado embargo ejecutivo con acción personal, de conformidad a
lo expresado en la parte motiva de este auto.
Artículo 2°. Comunicar el contenido del presente acto a Camilo Torres Camargo quien
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tarlo–, cuyas peticiones Radicadas con Turno C2011-12447 y Radicación 50N2012ER0746,
originan el inicio de esta actuación. De igual forma comunicar a Ivonne Adriana Morlones
Álvarez y Pedro Gonzalo Roa Pérez en su calidad de directamente interesados en las resultas
de la actuación que se inicia, por ser los actuales titulares del derecho de dominio sobre el
inmueble con matrícula 50N-1047453.
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presente providencia y los anexos a que haya lugar al Juzgado Cuarenta y Tres Civil del
Circuito de Bogotá en la carrera 10 N° 14-33 Piso 2 quien conoce del proceso ejecutivo
singular con Radicación 2011-0167 seguido por Lamitech S. A. contra Pedro Gonzalo Roa
Pérez, al interior del cual se decretó la cautela inscrita en agosto 26 de 2011 bajo Radi-
cación 2011-67805 sobre el Folio de Matrícula Inmobiliaria número 50N-1047453, cuya
revocatoria se ha solicitado mediante memorial radicado el 19 de enero de 2012 bajo el
Consecutivo 50N2012ER00746.
Artículo 4°. Citar a los terceros indeterminados que se consideren con derecho a in-
tervenir en el presente asunto, para lo cual se ordena la publicación de este proveído en el
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a costa de los interesados (artículos 14 y 15 Código Contencioso Administrativo).
Artículo 5°. Ordenar la práctica de pruebas y allegar las informaciones y documentos
necesarios para el perfeccionamiento de la presente Actuación Administrativa de conformidad
Artículo 6°. Mantener el bloqueo del Folio de Matrícula número 50N-1047453, con el
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tome decisiones contrarias y/o se inscriban documentos que de manera alguna puedan afectar
la decisión que deberá tomarse al interior de esta actuación. En el caso de la solicitud de
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de la presente actuación administrativa, con los datos básicos de esta.
Artículo 7°. Formar el expediente debidamente foliado, al cual se le asignará el número
Artículo 8°. Contra esta providencia no procede recurso en la vía gubernativa (artículo
Artículo 9°. Este auto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 6 de febrero de 2012.
La Registradora Principal,
Carmenza Jaramillo Roncancio.
(C. F.).
Oficina de Registro de Instrumentos Públicos
de Bogotá, Zona Sur
AUTOS
AUTO DE 2012
(febrero 15)
por el cual se inicia Actuación Administrativa tendiente a excluir un asiento Registral.
Expediente 161 de 2011.
El Registrador Principal de Instrumentos Públicos de Bogotá, Zona Sur, en uso de sus
facultades legales y en especial de las conferidas por el artículo 25 de la Resolución número
4174 de 1984 de la Superintendencia de Notariado y Registro y el Decreto-ley 1250 de 1970, y
CONSIDERANDO QUE:
DISPONE:
Artículo 1°. Iniciar Actuación Administrativa tendiente a establecer la real y verdadera
situación jurídica del Folio de Matrícula Inmobiliaria número 50S-707968, por contrariar
lo dispuesta en el artículo 82 del Decreto número 1250 de 1970 acorde con la parte consi-
derativa del presente auto.
Artículo 2°. Ordénese la práctica de pruebas y alléguense las informaciones que sean
necesarias, para el perfeccionamiento de la presente Actuación Administrativa de acuerdo
con lo establecido en los artículos 34 y 58 del Código Contencioso Administrativo. Téngase
en cuenta como pruebas las documentales apodadas con la solicitud y las que se anexen
dentro del trámite.
Artículo 3°. Cítese como terceros determinados a Rodríguez Lara Tomás Humberto y
al representante legal o a quien haga sus veces de Concasa hoy Banco Davivienda, para
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del presente auto en el -
culación nacional a costa de los interesados. (Artículos 14 y 15 del Código Contencioso
Administrativo).
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documentos o cualquier otra petición sean enviadas a la división jurídica o al Registrador
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dadanía número 9398021 de Sogamoso y T.P. 987.971 del Consejo Superior de Judicatura
para que acredite en calidad de que o quien actúa aportando el poder.
Artículo 6°. Comunicar del presente auto al Juzgado Séptimo Civil del Circuito de
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Artículo 7°. Formar el expediente correspondiente debidamente foliado (artículo 29 del
Código Contencioso Administrativo) y proceder al bloqueo del Folio de Matrícula Inmobi-
liaria número 50S-707968 según sentencia tutela del 26-11-2008 Consejo de Estado Sala
de lo Contencioso Administrativo Sección Primera.
Artículo 8°. Contra e/presente auto no procede ningún recurso en vía gubernativa.
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Notifíquese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 15 de febrero de 2012.
El Registrador Principal ORIP Bogotá, Zona Sur,
René Alejandro Vargas Laverde.
(C. F.).
AUTO DE 2012
(febrero 16)
por el cual se inicia actuación administrativa tendiente a establecer la real situación
jurídica del predio con Matrícula Inmobiliaria número 50S-470430 Expediente
014/2012.
El Registrador Principal de Instrumentos Públicos de Bogotá, Zona Sur, en uso de sus
facultades legales y en especial de las conferidas por el artículo 25 de la Resolución número
4174 de 1984 de la Superintendencia de Not6rado y Registro y el Decreto-ley 1250 de 1970, y
CONSIDERANDO QUE:
RESUELVE:
Artículo 1°. Iníciese Actuación Administrativa para establecer la real situación jurídi-
  
conformidad con la parte considerativa de esta providencia.
Artículo 2°. Ordénese la práctica de pruebas y alléguense las informaciones que sean
necesarias para el perfeccionamiento de la presente actuación administrativa, de acuerdo
con lo establecido en los artículos 34 y 58 del Código Contencioso Administrativo.
Artículo 3°. Cítense como terceros determinados a Osorio Belalcázar Jorge Alberto,
Torres Parra Carlos Andrés, Torres Pedraza Luis Carlos, Riveros Delgado Luis Alfredo,
Vera Barreto Pedro, Lizcano Supelano Jorge Enrique, Martínez de Díaz Zoila Dora, para
que se hagan parte en la actuación administrativa dentro de los cinco (5) días siguientes a
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edicto y publicación de esta providencia en el 
un diario de amplia circulación nacional a costa de los interesados (artículos 14 y 15 del
Artículo 4°. Remítase copia de este proveído al Juzgado Diecisiete Laboral del Circuito,
para que obre en el Proceso Ejecutivo número 0371/05 instaurado por Luis Alfredo Riveros
Delgado contra Luis Carlos Torres Pedraza.
Artículo 5°. Formar el expediente correspondiente debidamente foliado (artículo 29
del Código Contencioso Administrativo) y proceder al bloqueo del Folio de Matrícula In-
mobiliaria número 50S-470430 según Sentencia Tutela del 26-11-2008 Consejo de Estado
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que decida la actuación administrativa que se inicia.

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