Resolución número 3163 de 2013, por la cual se autoriza a Transelca S.A. E.S.P. para celebrar una operación de manejo de deuda pública interna - 30 de Septiembre de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 465388102

Resolución número 3163 de 2013, por la cual se autoriza a Transelca S.A. E.S.P. para celebrar una operación de manejo de deuda pública interna

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín48929

El Director General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales, en especial las que le confieren el artículo 6º de la Ley 781 de 2002, y el artículo 5º del Decreto número 2681 de 1993, y las Resoluciones números 2650 del 12 de noviembre de 1996, 2822 del 30 de diciembre de 2002 y 2563 del 9 de septiembre de 2011 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Oficio número 002605-2013 del 5 de julio de 2013, Transelca S.A. E.S.P. solicitó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público autorización para celebrar una operación de manejo de deuda pública interna entre Transelca S.A. E.S.P. y el Banco de Bogotá S.A., hasta por la suma de ciento veinte mil millones de pesos ($120.000.000.000) moneda legal colombiana;

Que en desarrollo de la Resolución número 1882 del 3 de julio de 2012, expedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Transelca S.A. E.S.P. y el Banco de Bogotá S.A. suscribieron el 5 de julio de 2012 un Contrato de Empréstito Interno, hasta por la suma de ciento veinte mil millones de pesos ($ 120.000.000.000) moneda legal colombiana, destinados de la siguiente manera: a) cien mil millones de pesos ($100.000.000.000) moneda legal colombiana para financiar el flujo de caja corporativo del año 2012, y b) veinte mil millones de pesos ($20.000.000.000) moneda legal colombiana para financiar parcialmente las inversiones del año 2012;

Que el artículo 6º de la Ley 781 de 2002 dispone que sin perjuicio de lo establecido en los artículos 31 y 32 de la Ley 142 de 1994 para otros actos y contratos, la gestión y celebración de los actos y contratos de que trata el Decreto número 2681 de 1993 y demás normas concordantes por parte de las empresas de servicios públicos domiciliarios oficiales y mixtas, así como de aquellas con participación directa o indirecta del Estado superior al cincuenta por ciento de su capital social, se sujetarán a las normas sobre crédito público aplicables a las entidades descentralizadas del correspondiente orden administrativo;

Que el artículo 5º del Decreto número 2681 de 1993 establece que constituyen operaciones propias del manejo de la deuda pública las que no incrementan el endeudamiento neto de la entidad estatal y contribuyan a mejorar el perfil de la deuda de la misma. Estas operaciones, en tanto no constituyen un nuevo financiamiento, no afectan el cupo de endeudamiento. Dentro de las anteriores operaciones se encuentran comprendidas, entre otras, la refinanciación, reestructuración, renegociación, reordenamiento, conversión o intercambio, sustitución, compra y venta de deuda pública, los acuerdos de pago, el saneamiento de obligaciones crediticias, las operaciones de cobertura de riesgos, la titularización de deudas de terceros, las relativas al manejo de la liquidez de la Dirección del Tesoro Nacional y todas aquellas operaciones de similar naturaleza que en el futuro se desarrollen;

Que Transelca S.A. E.S.P. es una empresa de servicios públicos mixta del orden nacional, constituida como sociedad anónima de carácter comercial, sometida al régimen jurídico establecido por la Ley de Servicios Públicos Domiciliarios (Ley 142 de 1994);

Que mediante el "Documento Técnico Operación de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR