Resolución número 000374 de 2013, por medio de la cual se delega transitoriamente la facultad para la celebración de los contratos y ordenación del gasto respecto de servicios de salud para atención integral de pacientes con enfermedad renal crónica y cáncer pertenecientes a los afiliados a Caprecom y/o a la población especial del Inpec - 12 de Abril de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 431507926

Resolución número 000374 de 2013, por medio de la cual se delega transitoriamente la facultad para la celebración de los contratos y ordenación del gasto respecto de servicios de salud para atención integral de pacientes con enfermedad renal crónica y cáncer pertenecientes a los afiliados a Caprecom y/o a la población especial del Inpec

EmisorEstablecimientos Públicos - Caja de Previsión Social de Comunicaciones (Caprecom)
Número de Boletín48759

La Directora General de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones "Capre-com", en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias y en especial las conferidas por los numerales 1, 23 y 30 del artículo 21 del Acuerdo número 24 de 1996 proferido por la Junta Directiva de la Entidad y aprobado por el Decreto número 456 del 25 de febrero de 1997, en concordancia con el Acuerdo número 008 del 4 de septiembre de 2003 también de la Junta Directiva, y

CONSIDERANDO:

  1. Que el Director General como representante legal tiene en la entidad la atribución de celebrar contratos, según lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 21 del Acuerdo número 024 de 1996, expedido por la Junta Directiva y aprobado por el Decreto número 456 de 1997.

  2. Que conforme al numeral 23 del mismo precepto, el Director General también tiene la facultad de "Ordenar y reconocer los gastos y los pagos de Caprecom, dentro de un programa que garantice el cumplimiento de los compromisos de la Empresa de manera ordenada y ajustada a los flujos de caja, y delegar esta función de acuerdo con las normas legales vigentes"...

  3. Que igualmente el Director General, según el numeral 30 del citado artículo 21, está facultado para "Delegar en los servidores públicos de Caprecom, las funciones propias de su cargo, cuando lo requieran las necesidades del servicio".

  4. Que el artículo 4º de la Ley 489 de 1998, establece que: "La función administrativa del Estado busca la satisfacción de las necesidades generales de todos los habitantes, de conformidad con los principios, finalidades y cometidos consagrados en la Constitución Política.".

  5. Que en virtud del inciso 2º, del artículo , de la Ley 489 de 1998, en las entidades públicas su representante legal puede: ".delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivos y asesor vinculados al organismo correspondiente con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y en la presente ley".

  6. Que el Decreto Extraordinario número 2150 de 1995, artículo 37, señala: "De la delegación para contratar. Los jefes y los representantes legales de las entidades estatales podrán delegar total o parcialmente la competencia para la...

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