Resolución número 004272 de 2008, por la cual se establecen y unifican los requisitos y documentos soportes para el pago de las obligaciones contraídas por el ICBF. - 18 de Julio de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 61251956

Resolución número 004272 de 2008, por la cual se establecen y unifican los requisitos y documentos soportes para el pago de las obligaciones contraídas por el ICBF.

EmisorEstablecimientos Públicos
Número de Boletín47414

La Directora General del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, en uso de las facultades Legales y Estatutarias y en especial de las conferidas en el articulo 211 de la Constitucion Politica, el articulo 28 literal b) de la Ley 7ª de 1979, el articulo 78 de la Ley 489 de 1998 y el Decreto 3264 de 2002, y CONSIDERANDO:

Que es indispensable establecer los requisitos y documentos soportes necesarios para obligaciones contraidas por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar en desarrollo de su mision institucional.

Que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar suscribe diferentes modalidades de contratos tales como: de aporte (Decreto 2388 de 1979), de prestacion de servicio, de consultoria, de suministro de obra y concesion (Ley 80 de 1993) y de arrendamiento entre otros, conforme con las normas civiles, comerciales y demas que regulan la materia.

Que para el cumplimiento de sus obligaciones expide diferentes actos administrativos contenidos en resoluciones que autorizan el reconocimiento y pago de comisiones de servicio, de atencion en Hogares Sustitutos, de las participaciones economicas, de prestamos de vivienda y calamidad domestica y, de nomina y sus inherentes.

Que existe otro tipo de obligaciones que el ICBF debe pagar contra la presentacion liquidaciones tales como servicios publicos, gastos notariales e impuestos, entre otros.

Que el articulo 19 de la Ley 1150 del 16 de julio, establecio el Derecho de Turno, como medida para garantizar la eficiencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993.

Que se hace necesario unificar los requisitos y documentos soporte minimos para el tramite y pago de las obligaciones adquiridas por el ICBF, adicionales a las especificas contempladas en cada uno de los contratos.

2 Que en merito de lo expuesto, RESUELVE:

Articulo 1° Unificar el procedimiento, los requisitos y los documentos soporte que se debe aportar a las areas de Tesoreria de las Regionales, Seccionales y al Grupo Financiero Sede Nacional, con el fin de ser verificadas como soporte de pago.

Para tal efecto, se relacionan por cada tipo de contrato o modalidad de pago, los documentos a aportar: 1. CONTRATOS DE APORTE

  1. Para el primer pago, copia del contrato debidamente legalizado asi como de sus modificaciones si las hubiere.

  2. Copia actualizada del Registro Unico Tributario (RUT), la cual se pedira unicamente con la primera autorizacion de desembolso o se remitira con la legalizacion del contrato.

  3. Copia del Certificado de Registro Presupuestal.

  4. Oficio de perfeccionamiento y legalizacion del contrato expedido por el Grupo Juridico, en el cual se indique la fecha de inicio de ejecucion del mismo.

  5. Copia de la consignacion que acredite el pago de timbre, cuando haya lugar.

  6. Copia del formato de Autorizacion de Pago o Abono en Cuenta y certificacion de la titularidad de la cuenta expedida por la entidad bancaria.

  7. Copia de Acta de Inicio, cuando haya lugar y en los eventos requeridos.

  8. Certificacion en original y copia de cumplimiento expedida por el supervisor o interventor del contrato.

  9. Planilla de liquidacion firmada por el respectivo Coordinador del Centro Zonal en medio impreso y magnetico, de acuerdo con el reporte emitido por el aplicativo de servicios.

    1. CONTRATOS U ORDENES DE PRESTACION DE SERVICIOS Y CONSULTORIA a) Copia actualizada del Registro Unico Tributario (RUT), la cual se pedira unicamente con la primera autorizacion de desembolso o se remitira con la legalizacion del contrato.

  10. Copia de Certificado de Registro Presupuestal.

  11. Oficio emitido por el Grupo Juridico en el que certifique a partir de que fecha se encuentra completamente legalizado el contrato.

  12. Copia de la consignacion que acredite el pago de timbre y el de estampillas departamentales, cuando haya lugar.

  13. Copia de Acta de Inicio, si es del caso.

  14. Certificacion en Original y copia de Cumplimiento expedida por el Supervisor o Interventor del Contrato.

  15. Factura o su equivalente, si es el caso.

    Paragrafo 1°. Las personas que pertenecen al Regimen Comun, deberan cumplir con todos los numerales. Las que pertenecen al Regimen Simplificado deberan cumplir unicamente con los literales a), b), c), e), f) y g).

    Paragrafo 2°. La Factura debe cumplir con los requisitos establecidos en el articulo 617 del Estatuto Tributario. Asi mismo, si se ha pactado anticipo dentro del contrato, en la factura se debe relacionar la amortizacion correspondiente hasta agotar el valor anticipado.

    La equivalencia de la factura contemplada en la letra (g) hace referencia unicamente a lo estipulado en el articulo 616-2 del Estatuto Tributario.

    1. CONTRATOS DE OBRA PUBLICA Y CONCESION a) Copia actualizada del Registro Unico Tributario (RUT), la cual se pedira unicamente con la primera autorizacion de desembolso o se remitira con la legalizacion del contrato.

  16. Copia de Certificado de Registro Presupuestal.

  17. Oficio remitido por el Grupo Juridico en el que certifique a partir de que fecha se encuentra legalizado el contrato.

  18. Copia de la consignacion que acredite el pago de timbre y el de estampillas departamentales, cuando haya lugar. e) Copia de Acta de Inicio de Obra.

  19. Certificacion en original y copia de cumplimiento expedido por el interventor del contrato.

  20. Factura con los requisitos legales.

    1. CONTRATOS DE SUMINISTRO a) Copia actualizada del Registro Unico Tributario (RUT), la cual se pedira unicamente con la primera autorizacion de desembolso o se remitira con la legalizacion del contrato.

  21. Copia de Certificado de Registro Presupuestal.

  22. Oficio emitido por el Grupo Juridico en el que certifique a partir de que fecha se encuentra legalizado el contrato.

  23. Copia de la consignacion que acredite el pago de timbre y el de estampillas departamentales, cuando haya lugar. e) Certificacion en original y copia de Cumplimiento Supervisor o Interventor del Contrato. f) Factura de venta o su equivalente.

  24. Ingreso al Almacen para aquellos casos en que el ICBF compra bienes devolutivos o de consumo que son entregados en sus almacenes.

    1. CONTRATOS DE ARRENDAMIENTOS a) Copia actualizada del Registro Unico Tributario (RUT), la cual se pedira unicamente con la primera autorizacion de desembolso o se remitira con la legalizacion del contrato.

  25. Copia de Certificado de Registro...

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