Resolución número 0639 de 2013, por la cual se autoriza el ajuste del valor de cuatrocientos cinco (405) Subsidios Familiares de Vivienda Urbana, otorgados a hogares damnificados por el fenómeno de La Niña 2010-2011 y aquellos ubicados en zonas de riesgo no mitigable, para ser aplicado en el proyecto 'El Remanso Sector B y C Etapa I' del municipio de Pereira en el departamento de Risaralda - 20 de Octubre de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 470478078

Resolución número 0639 de 2013, por la cual se autoriza el ajuste del valor de cuatrocientos cinco (405) Subsidios Familiares de Vivienda Urbana, otorgados a hogares damnificados por el fenómeno de La Niña 2010-2011 y aquellos ubicados en zonas de riesgo no mitigable, para ser aplicado en el proyecto 'El Remanso Sector B y C Etapa I' del municipio de Pereira en el departamento de Risaralda

EmisorVarios - Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda
Número de Boletín48949

El Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda, en ejercicio de las facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 3 del artículo 8º del Decreto-ley 555 de 2003, y de conformidad con lo establecido en el numeral 2 del artículo 20 del Decreto número 1920 de 2011 modificado por el Decreto número 430 de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el numeral 3 del artículo del Decreto número 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) "3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones";

Que el Gobierno Nacional en virtud de la facultad atribuida mediante el Decreto-ley 4580 del 7 de diciembre de 2010, expidió el Decreto-ley 4832 del 29 de diciembre de

2010, mediante el cual se dictaron disposiciones en materia de vivienda de interés social para ocuparse de la emergencia social y ecológica nacional generada como consecuencia del fenómeno de La Niña 2010-2011, estableciendo mecanismos e instrumentos efectivos que facultaron al Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda), para administrar y destinar recursos públicos con el objeto de atender la situación de desastre natural;

Que teniendo en cuenta lo anterior, mediante el Decreto número 1920 del 1º de junio de 2011 el Gobierno Nacional reglamentó lo dispuesto por el Decreto-ley 4832 de 2010 en lo relativo a la disposición, asignación y ejecución de recursos por parte del Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda), para la atención en vivienda de los hogares damnificados como consecuencia del fenómeno de La Niña y aquellos ubicados en zonas de riesgo no mitigable;

Que el inciso 2º y los numerales 1 y 2 del artículo 20 del Decreto número 2190 de

2011, modificado por el Decreto número 430 de 2012 establecen: "De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8º del Decreto-ley 4832 del 29 de diciembre de 2010, los hogares que con anterioridad a la entrada en vigencia de dicho decreto-ley hayan sido beneficiados con el subsidio familiar de vivienda de interés social en cualquiera de sus modalidades, cuyas viviendas resultaron afectadas por el fenómeno de La Niña 2010-2011 o se encuentren ubicados en zonas de riesgo en los términos de este decreto, tendrán derecho a acceder al subsidio familiar de vivienda de que trata dicho decreto, conforme a las siguientes reglas:

1. En caso de que el Subsidio Familiar de Vivienda otorgado haya sido asignado y legalizado ante el Fondo Nacional de Vivienda antes de la entrada en vigencia del Decreto-ley 4580 de 2010, y la vivienda para la que se asignó dicho subsidio haya sido totalmente destruida por los efectos delfenómeno de La Niña 2010-2011, el hogar tendrá derecho a solicitar el nuevo subsidio por el valor total indicado en el presente artículo.

2. Tratándose de Subsidios Familiares de Vivienda asignados con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto número 4580 de 2010 y no legalizados, el hogar beneficiario tendrá derecho a solicitar el ajuste del valor del subsidio asignado hasta alcanzar el monto indicado en el presente artículo";

Que existen hogares damnificados por el fenómeno de La Niña 2010-2011 y ubicados en zonas de riesgo no mitigable, que cuentan con subsidio familiar de vivienda urbana asignado por Fonvivienda con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto número 4580 de 2010 sin legalizar, que lo aplicarán en el Proyecto de Vivienda El Remanso Sector B y C Etapa I del municipio de Pereira del departamento de Risaralda;

Que con la Resolución número 660 del 3 de junio de 2006, se otorgaron 1.944 subsidios familiares de vivienda urbana correspondiente a hogares afectados por situación de desastre y calamidad pública, de los cuales 64 hogares serán objeto de ajuste del subsidio familiar de vivienda;

Que con la Resolución número 1715 del 20 octubre de 2006, se otorgaron 4.872 subsidios familiares de vivienda urbana correspondientes a hogares afectados por situación de desastre, calamidad pública y por emergencia que se presenten o puedan acaecer por eventos de origen natural y que por causa de estas situaciones quedaron en condición de alto riesgo no mitigable, de los cuales 304 hogares serán objeto de ajuste del subsidio familiar de vivienda;

Que con la Resolución número 031 de 5 de febrero de 2007, se otorgaron 306 subsidios familiares de vivienda urbana correspondientes a la aceptación de recursos de reposición interpuestos contra las Resoluciones números 138 y 660 de 2006 del Fondo Nacional de Vivienda, de los cuales 32 hogares serán objeto de ajuste del subsidio familiar de vivienda;

Que con la Resolución número 785 del 19 de octubre de 2009, se otorgaron 127 subsidios familiares de vivienda urbana correspondientes a la aceptación de recursos de reposición interpuestos contra las Resoluciones números 144, 148 y 278 de 2008 del Fondo Nacional de Vivienda familiares de vivienda urbana correspondiente a hogares afectados por situación de desastre y calamidad pública, de los cuales 1 hogar será objeto de ajuste del subsidio familiar de vivienda;

Que con la Resolución número 901 del 17 de diciembre de 2009, se asignaron recursos dirigidos a población desplazada dentro de la convocatoria "Desplazados 2007", de los cuales 1 hogar será objeto de ajuste del subsidio familiar de vivienda;

Que con la Resolución número 304 del 9 de abril de 2010, se autorizó el valor adicional y actualización del Subsidio Familiar de Vivienda asignado a algunos hogares beneficiarios de la Bolsa Especial de Población Desplazada de Fonvivienda, en concordancia con lo establecido en el Decreto número 4911 de 2009 y la Resolución número 472 de 2010, de los cuales 1 hogar será objeto de ajuste del subsidio familiar de vivienda;

Que con la Resolución número 784 del 24 de junio de 2010, se autorizó el valor adicional y actualización del Subsidio Familiar de Vivienda asignado a algunos hogares beneficiarios de la Bolsa Especial de Población Desplazada de Fonvivienda en concordancia con lo establecido en el Decreto número 4911 de 2009 y la Resolución número 472 de 2010, de los cuales 1 hogar será objeto de ajuste del subsidio familiar de vivienda;

Que con la Resolución número 1371 del 1º de diciembre de 2010, se autorizó el valor adicional y actualización del Subsidio Familiar de Vivienda asignado a algunos hogares beneficiarios de la Bolsa Especial de Población Desplazada de Fonvivienda, en concordancia con lo establecido en el Decreto número 4911 de 2009 y la Resolución número 472 de 2010, de los cuales 1 hogar será objeto de ajuste del subsidio familiar de vivienda;

Que mediante Resolución número 801 del 22 de octubre de 2012, el Fondo Nacional de Vivienda determinó los cupos de recursos, entre otros para el siguiente plan de vivienda urbana de interés social nueva, que atenderá a los hogares damnificados por el fenómeno de La Niña 2010-2011 y aquellos ubicados en zonas de riesgo no mitigable, que fueron viabilizados por Findeter, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos y del Decreto número 1920 de 2011:

Departamento Municipio Nombre del proyecto Resolución de determinación de cupos a los proyectos Modalidad Nºde cupos determinados
1 Risaralda Pereira EL Remanso Sector B y C Etapa I Resolución 0801-2012 Adquisición de Vivienda Nueva 762

Que mediante Resolución número 0104 de 4 de marzo 2013, el Fondo Nacional de Vivienda, fijó fecha de apertura de la convocatoria para la postulación al Subsidio Familiar de Vivienda Urbana, para hogares damnificados por el fenómeno de La Niña 2010-2011 y aquellos ubicados en zona de riesgo no mitigable para aplicar en el proyecto relacionado en el cuadro anterior;

Que la recepción de postulaciones se efectuará hasta que la autorización del ajuste del valor de los subsidios familiares de vivienda asignados complete el número de cupos del proyecto de vivienda, establecidos en el artículo 1º de la Resolución número 801 del 22 de octubre de 2012;

Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 2º del Decreto número 1920 de 2011 el Fondo Nacional de Vivienda...

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