La suscrita Secretaria del Juzgado Veintidós de Familia de Bogotá, D. C. notifica al público del proceso de declarar en Interdicción Judicial a Ediltrudis Leguizamón Espitia - 14 de Febrero de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 52013014

La suscrita Secretaria del Juzgado Veintidós de Familia de Bogotá, D. C. notifica al público del proceso de declarar en Interdicción Judicial a Ediltrudis Leguizamón Espitia

EmisorVarios
Número de Boletín47263

de Familia de Bogota, D. C., NOTIFICA AL PUBLICO:

Que mediante sentencia de fecha veinte (20) de mayo de dos mil ocho (2008), confirmada por el honorable Tribunal Superior - Sala de Familia mediante sentencia de fecha veintiocho (28) de noviembre de dos mil ocho (2008), proferida dentro del proceso de Interdiccion numero 07-0603 de Ediltrudis Leguizamon Espitia, que en su parte pertinente dice: "Juzgado Veintidos de Familia de Bogota, D. C.

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En merito de lo expuesto, el Juzgado Veintidos de Familia de Bogota, D. C., administrando justicia en nombre de la Republica de Colombia y por autoridad de la ley, RESUELVE:

  1. Declarar en Interdiccion Judicial a Ediltrudis Leguizamon Espitia, identificada con la cedula de ciudadania numero 41366724 de Bogota, por Enfermedad Mental Sintomas de Trastorno Afectivo Bipolar, teniendo en cuenta las razones expuestas en la parte motiva de este proveido.

  2. Declarar que Ediltrudis Leguizamon Espitia no tiene la libre disposicion ni administracion de sus bienes.

  3. Designar como Curador Definitivo de la interdicta al señor Jairo Leguizamon Espitia, identificado con la cedula de ciudadania numero 19219844 de Bogota, en su calidad de hermano de Ediltrudis Leguizamon Espitia, con las funciones a que hizo referencia en la parte motiva de esta sentencia.

  4. Inscribase esta sentencia en el correspondiente Libro del Estado Civil, ordenando la publicacion de esta sentencia en la forma indicada en el articulo 659 del Codigo de Procedimiento Civil, notifiquese al publico mediante Aviso que debe insertarse en el Diario Oficial y en cualquiera de los...

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