Decreto número 3717 de 2010, por el cual se modifica el Decreto 2772 de 2005 y se dictan otras disposiciones. - 6 de Octubre de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 222833775

Decreto número 3717 de 2010, por el cual se modifica el Decreto 2772 de 2005 y se dictan otras disposiciones.

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Administrativo de la Función Pública
Número de Boletín47854
15
Edición 47.854
Miércoles, 6 de octubre de 2010 DIARIO OFICIAL
DECRETA:
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1° del Decreto 264 de 2007 el cual quedará así:
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3030"QÝekpc"Cuguqtc"fg"Rncpgcek„p"
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3050"QÝekpc"fg"Ukuvgocu"
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2.1. Dirección de Empleo Público
2.2. Dirección de Desarrollo Organizacional
2.3. Dirección de Control Interno y Racionalización de Trámites
2.4. Dirección Jurídica
3. Secretaría General
4. Órganos de Asesoría y Coordinación
4.1. Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno
4.2. Comisión de Personal
Artículo 2°. Despacho del Subdirector0"Uqp"hwpekqpgu" fgn"Fgurcejq" fgn"Uwdfktgevqt"
las siguientes:
1. Asistir al Director en sus relaciones con el Congreso de la República, vigilar el curso
de los proyectos de ley relacionados con el sector, cumplir las funciones que el Director le
fgngiwg"{"tgrtgugpvctnq"gp"ncu"cevkxkfcfgu"qÝekcngu"swg"ng"ug‚cng0"
2. Asesorar al Director en la formulación de políticas o planes de acción del sector y
asistirla en las funciones de dirección, coordinación y control que le corresponden.
3. Suplir las ausencias temporales del Director cuando así lo disponga el Presidente de
la República.
60"Cukuvkt"cn"Fktgevqt"gp"nc"Ýlcek„p"fg"ncu"rqnvkecu"fgn"Fgrctvcogpvq"gp"gn"ƒodkvq"kpvgt-
nacional y coordinar las actividades o gestiones interinstitucionales y en general, las que
deban adelantarse en el campo internacional.
5. Coordinar el seguimiento de la gestión de las áreas misionales del Departamento,
para garantizar el logro de los objetivos organizacionales y el adecuado cumplimiento de
los planes, programas y proyectos trazados por el Departamento.
6. Dirigir las acciones de divulgación y promoción de las actividades del Departamento.
7. Apoyar las actividades referentes a la generación de publicaciones producidas por el
Departamento con destino a las entidades de la Administración Pública.
8. Coordinar las relaciones con las entidades adscritas al Departamento para la adecuada
ejecución de los planes y programas sectoriales.
9. Velar por la aplicación del Plan de Desarrollo Administrativo del Sector.
10. Estudiar los informes que las dependencias internas o las entidades del sector deban
rendir al Director y presentarle las observaciones pertinentes.
11. Dirigir la elaboración de los informes y estudios especiales que sobre el desarrollo
de los planes y programas del ramo deban presentarse.
12. Representar al Director cuando este lo delegue en los Consejos Directivos y demás
ewgtrqu"eqngikcfqu"{"ewornkt"ncu"cevkxkfcfgu"qÝekcngu"swg"ng"ug‚cng0"
13. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Artículo 3°. Secretaría General. Son funciones de la Secretaría General las siguientes:
1. Dirigir, coordinar y controlar la ejecución de los programas y actividades relacionados
eqp"nqu"cuwpvqu"Ýpcpekgtqu."fg"cfokpkuvtcek„p"fg"rgtuqpcn." fg"eqpvtcvcek„p"{"fg"ugtxkekqu"
administrativos.
2. Representar al Departamento, por delegación de la Dirección del mismo, en los actos
de carácter administrativo que así lo disponga.
3. Velar por el funcionamiento del Área de Servicio al Ciudadano y la atención de
quejas y reclamos que presenten los ciudadanos sobre el desempeño de las dependencias o
personas que laboran en el Departamento.
4. Trazar las políticas y programas de administración de personal, bienestar social,
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dirigir su gestión.
5. Coordinar las actividades de control interno disciplinario para el cumplimiento de lo
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6. Dirigir y coordinar el servicio de Gestión Documental del Departamento.
7. Preparar y consolidar el anteproyecto de presupuesto de funcionamiento del Departamento
y las solicitudes de adición y traslado presupuestal, para su presentación ante la Dirección
General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
8. Presentar al Ministerio de Hacienda y Crédito Público el Programa Anual de Caja,
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9. Dirigir la elaboración y ejecución del Plan de Compras del Departamento.
10. Dirigir, coordinar, controlar y evaluar las actividades relacionadas con proveedores,
la adquisición, almacenamiento, custodia, distribución e inventarios de los elementos, equi-
pos y demás bienes necesarios para el funcionamiento normal del Departamento, velando
especialmente porque se cumplan las normas vigentes sobre estas materias.
11. Adelantar el proceso de contratación de bienes y servicios requeridos por el De-
partamento.
12. Diseñar los procesos de organización, estandarización de métodos, elaboración de
manuales de funciones y todas aquellas actividades relacionadas con la racionalización de
procesos administrativos del Departamento.
13. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Artículo 4°. Modifícase el numeral 10 del artículo 8° del Decreto 188 de 2004, el cual
quedará así:
“10. Participar, en coordinación con la Secretaría General, en la elaboración del antepro-
yecto de presupuesto de funcionamiento, del programa anual de compras, del programa anual
de caja y de las solicitudes de adiciones y traslados presupuestales que la entidad requiera.”
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en lo pertinente el Decreto 188 de 2004 y deroga el artículo 1° del Decreto 264 de 2007.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 6 de octubre de 2010.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Carlos Echeverry Garzón.
La Directora del Departamento Administrativo y de la Función Pública,
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DECRETO NÚMERO 3716 DE 2010
(octubre 6)
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Cfokpkuvtcvkxq"fg"nc"Hwpek„p"R¿dnkec0
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales
y legales, en especial las conferidas por el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución
Política, y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
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de personal encontrándolo ajustado técnicamente.
Swg"rctc"nqu"Ýpgu"fg"guvg"fgetgvq."nc"Fktgeek„p"Igpgtcn"fgn"Rtguwrwguvq"R¿dnkeq"Pcekqpcn"
del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó viabilidad presupuestal.
DECRETA:
Artículo 1°. Créase en la planta de personal del Departamento Administrativo de la
Función Pública, el siguiente cargo:
No. Car-
gos
Denominación del empleo
Planta Global
Código Grado
1 (uno) Secretario General de Departamento Administrativo 0035 22
Ctvewnq"4̇0"Gn"rtgugpvg"fgetgvq" tkig"c"rctvkt"fg"nc"hgejc"fg" uw"rwdnkecek„p"{"oqfkÝec"
en lo pertinente el Decreto 189 de 2004 y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 6 de octubre de 2010.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Carlos Echeverry Garzón.
La Directora del Departamento Administrativo y de la Función Pública,
Gnk¦cdgvj"Tqftiwg¦"Vc{nqt0
DECRETO NÚMERO 3717 DE 2010
(octubre 6)
rqt"gn"ewcn"ug"oqfkÝec"gn"Fgetgvq"4994"fg"4227"{"ug"fkevcp"qvtcu"fkurqukekqpgu0
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le con-
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770 de 2005 y el Decreto-ley 274 de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto 2772 de 2005 se establecieron las funciones y requisitos
generales para los diferentes empleos públicos de los organismos y entidades del orden
nacional, incluido los Ministerios.
Que mediante el Decreto 1663 de 2010 se reglamentó el literal a) del artículo 61 del
Decreto-ley 274 de 2000.
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gn"fgugorg‚q"fg"cniwpqu"gorngqu"fg"nc"rncpvc"fg"ectiqu"fgn"Okpkuvgtkq"fg"Tgncekqpgu"Gz-
vgtkqtgu."vgpkgpfq"gp"ewgpvc"ncu"gurgekÝekfcfgu"fgn"ugtxkekq"gzvgtkqt"eqnqodkcpq0"
DECRETA:
Artículo 1°. Adiciónase al artículo 21 del Decreto 2772 de 2005, el siguiente parágrafo:
ÐRctƒitchq"4̇0"Nqu"tgswkukvqu"rctc"nqu"gorngqu"fg"Cwzknkct"fg"Okuk„p"Fkrnqoƒvkec."E„fkiq"
6:72."fgn"ugtxkekq"gzvgtkqt"eqnqodkcpq."ew{cu"hwpekqpgu"ug"ectcevgtkegp"rqt"gn"rtgfqokpkq"
de actividades manuales y la ejecución de tareas de servicio directo a los Jefes de Misión
Fkrnqoƒvkec"{1q"QÝekpc"Eqpuwnct."uqp<"
Grado Requisitos
26 Aprobación de educación básica primaria y veinticuatro (24) meses de experiencia laboral
23 Aprobación de educación básica primaria y veintiún (21) meses de experiencia laboral
20 Aprobación de educación básica primaria y dieciocho (18) meses de experiencia laboral

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